Los autónomos ya se encuentran en la cuenta atrás para la presentación del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF), cuya campaña comienza el próximo 8 de abril.
Entre las novedades que deben tener en cuenta para este año, se encuentran los últimos cambios introducidos por la Dirección General de Tributos (DGT) sobre cómo deben incluir los autónomos los resultados de la regularización de cuotas en sus declaraciones de Renta.
Es decir, cómo tendrán que computar las diferencias que surgieran de la regularización en función de su resultado, y en qué ejercicio deben incluirse. Para ello, se añaden dos nuevas casillas en la Renta de este año, que permitirán aplicar el último criterio de la DGT en cuanto a las cuotas que se abonan a la Seguridad Social.
- Los autónomos tienen que incluir su resultado de la anterior regularización en esta Renta
- Cómo imputar la diferencia de cuotas en la Renta de 2025
- Los autónomos pierden los intereses de demora
Los autónomos tienen que incluir su resultado de la anterior regularización en esta Renta
En concreto, los autónomos deberán incluir en la declaración de la Renta que presentan este año el resultado de la regularización de cuotas que la Seguridad Social les notificó el año pasado, correspondiente al ejercicio 2023.

Como explicó a este medio, Raquel Jurado, técnica del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Cuando entró en vigor el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, surgió la duda de cómo debían reflejar los autónomos en el IRPF el resultado de la regularización de cuotas. Finalmente, la Dirección General de Tributos (DGT) aclaró que estos ajustes deben reflejarse en la Renta del año en que la Seguridad Social notifica la regularización.
“Si el autónomo paga Seguridad Social en 2025, por ejemplo, X euros, según lo que estima ganar, y al año siguiente le regularizan y le toca pagar Y euros más, ¿qué hace? ¿Presentar complementaria del 2025 o deducir en el año siguiente? Esa era la duda. Tributos decidió que ni se hacían rectificativas ni se presentaban complementarias (del ejercicio correspondiente al año de regularización). Todo se introduce en el año en que llega el propio resultado de la regularización”.
En la práctica, esto significa que las diferencias de cotización no se imputan al ejercicio al que corresponden las cuotas, sino al año en que la Seguridad Social comunica el resultado de la regularización.

Cómo imputar la diferencia de cuotas en la Renta de 2025
En ese sentido, cabe recordar que los trabajadores autónomos tienen derecho a deducir las cotizaciones pagadas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), ya que es un gasto afecto al desarrollo de la actividad.
La regularización puede tener dos efectos. Si el autónomo tuvo que pagar más cotizaciones, esa diferencia se añade como mayor gasto deducible.
Si, por el contrario, la Seguridad Social le devolvió cuotas, esa cantidad se considera un ingreso adicional respecto a lo declarado inicialmente. Para reflejar este ajuste, la declaración de la Renta de este año incorpora por primera vez dos nuevas casillas específicas dentro del apartado de gastos deducibles de actividades económicas…
- Casilla 0196. Regularización cuotas RETA (si resulta una cantidad a ingresar).
- Casilla 0197. Regularización cuotas RETA (si resulta una cantidad a devolver).
- Si el importe que devuelve la Tesorería supera al de las cuotas totales que abonó el autónomo a la Seguridad Social, el exceso se consigna en otra casilla. La 0178 para Otros ingresos.
La consulta de Tributos fija que “no procederá la presentación de una rectificación de autoliquidación o de una declaración complementaria respecto a la declaración realizada en dicho año anterior, en el caso de que de la regularización efectuada en el ejercicio siguiente resulte un importe adicional a satisfacer o un importe a devolver, respectivamente, en concepto de cuotas del RETA”.
Los importes adicionales a satisfacer en el ejercicio siguiente deben tratarse “como un mayor gasto deducible por cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a ese ejercicio”, mientras que la cantidad a devolver se computa como una minoración del gasto del ejercicio por cuotas satisfechas. Estas operaciones se realizan mediante las casillas mencionadas.
Estos gastos, además, tendrán que estar correctamente justificados e incluidos en la contabilidad del negocio, como el resto de gastos deducibles.
Los autónomos pierden los intereses de demora
Como explicaron los fiscalistas a este medio, con este criterio de la DGT se limita que los trabajadores puedan percibir intereses de demora (del 4,06%) que les correspondieran por modificar las declaraciones de 2023 que resultaran a su favor.
Además, los autónomos no han podido imputar estas diferencias en el ejercicio en que pagaron las cuotas. Han tenido que esperar hasta la Renta de 2025 —que se presenta en 2026— para reflejar el ajuste.
Esto afectaría a las previsiones contables que los trabajadores por cuenta propia realizan cada ejercicio, ya que no pueden desgravar los gastos deducibles (en este caso, una parte de sus cotizaciones) hasta dos años después, que es la demora que toma el proceso de la regularización en resolverse.




