El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en el que se establece un nuevo aval para cubrir impagos eventuales cuando los arrendadores hayan alquilado la vivienda a jóvenes o a personas pertenecientes a colectivos vulnerables.
La cobertura aprobada por el Gobierno podrá sufragar, además de los impagos del alquiler, los de suministros, o los daños ocasionados a la vivienda.
Sin embargo, para poder acceder a estos avales, entre los requisitos que deberán cumplir los arrendadores se encuentra que la renta de alquiler cobrada no supere el índice estatal de referencia, limitando el número de arrendadores que podrán acceder a esta ayuda estatal.
Requisitos para acceder al nuevo aval de impago de alquileres
Según afirmó el Gobierno, la medida, que parte de una petición de Junts, pretende facilitar que estos colectivos puedan acceder al alquiler de una piso. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, señaló que esta compensación para los propietarios sirve para “dar garantías” en caso de que se produzca algún tipo de impago.

Límites en el precio del alquiler y otras condiciones
La cobertura será gestionada por las comunidades autónomas, que podrán fijar criterios adicionales para su solicitud. Aunque, como requisitos mínimos, el ministerio ya ha fijado que los arrendadores deberán cumplir los siguientes:
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Firmar un contrato con menores de 35 años o personas vulnerables –según lo establecido en cada comunidad autónoma–.
- Cobrar una renta del alquiler que no supere el índice estatal de referencia.
- Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler, y sus correspondientes actualizaciones.
- Suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, de acuerdo al modelo aprobado por la Administración.
- Adicionalmente, para poder beneficiarse de la medida, será necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La línea presupuestaria para financiar la medida se dará a conocer en “próximas fechas”. Los precios medios de alquiler de vivienda en capitales de provincia, a los que tendrían que estar adaptados los arrendadores que quieran solicitar la futura cobertura, pueden revisarse en el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (Serpavi), donde es posible consultar los rangos de valores a partir de la referencia catastral.
¿Qué supuestos cubre el nuevo aval por impagos?
El aval da cobertura cubre, principalmente, el impago de rentas de alquiler, pero también los daños causados a la vivienda o el coste de los suministros debidos.
Además, las compensaciones pueden ser para las personas arrendadoras de las viviendas, pero también para las comunidades autónomas si han suscrito un seguro.
La línea presupuestaria y el importe de los avales aún se desconoce, pero estará limitada a impagos y daños eventuales para contratos que se encontraran vigentes a 30 de enero de 2025.
Asimismo, las comunidades autónomas tendrán la obligación de remitir de manera semestral la información de los avales aplicados al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.




