1. ¿Qué es el borrador de la renta y cómo pueden obtenerlo los autónomos?
  2. En qué casos puede ofrecer Hacienda el borrador automáticamente
  3. Los autónomos deben revisar datos incompletos y hacer los ajustes necesarios
  4. Se puede acceder desde el 8 hasta el 30 de junio
  5. El borrador se puede consultar tanto en la web como el la aplicación de la AEAT
  6. El borrador incluye los datos de los que dispone la Agencia Tributaria
  7. Cómo modificar, confirmar y presentar la declaración del IRPF
  8. Acceder al borrador no sustituye la obligación de declarar

A partir de hoy, 8 de abril, los autónomos tendrán en sus manos una de las herramientas clave para preparar su declaración de la renta 2025: el borrador del IRPF. Ese mismo día arranca la campaña y, con ella, la posibilidad de revisar con antelación qué información maneja Hacienda sobre su actividad y cómo se traducirá en su factura fiscal.

“El borrador de la renta estará disponible a partir de mañana día 8, cuando comienza la campaña”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este medio. Este documento, que estará accesible hasta el 30 de junio, permite consultar, modificar o confirmar la declaración antes de presentarla. Pero no es un trámite menor.

En la práctica, se trata de una propuesta elaborada por Hacienda con los datos fiscales disponibles que, si se valida sin cambios, pasa a ser la declaración definitiva. “Aparecen una serie de datos ya incorporados o preparados para su volcado automático. Proceden de los datos fiscales”, señalaron las mismas fuentes.

Sin embargo, en el caso de los trabajadores por cuenta propia, este borrador rara vez refleja toda la realidad fiscal. Muchos ingresos, gastos deducibles, reducciones o ajustes no aparecen automáticamente, por lo que será necesario revisarlo en detalle y completarlo antes de confirmarlo.

Además, para poder acceder a este documento será imprescindible cumplir ciertos requisitos previos, como identificarse correctamente ante la Agencia Tributaria y verificar datos clave como el domicilio fiscal. También existen distintas vías para consultarlo y gestionarlo, tanto por Internet como desde el móvil o incluso por teléfono.

¿Qué es el borrador de la renta y cómo pueden obtenerlo los autónomos?

El borrador de la declaración del IRPF es una propuesta que elabora la Agencia Tributaria con los datos fiscales de cada contribuyente, con el objetivo de facilitar la presentación del impuesto. Tiene carácter meramente informativo, pero puede convertirse en la declaración definitiva si se confirma sin cambios.

Este documento se genera a partir de la información económica que terceros han comunicado a Hacienda (como empresas, bancos u otras entidades) junto con los datos personales que ya obran en poder de la Administración. Todo ello se integra en el servicio Renta WEB, desde donde se puede consultar y gestionar la declaración.

De hecho, “el borrador, en la práctica, es Renta Web”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, que añadieron que “lo que se traslada a Renta Web es, en realidad, la información que figura en los datos fiscales”.

Sin embargo, en el caso de los autónomos, este borrador debe interpretarse con cautela. A diferencia de otros contribuyentes, gran parte de su información fiscal no está completamente automatizada, por lo que es habitual que falten datos relevantes que deberán incorporar manualmente antes de confirmar la declaración.

En qué casos puede ofrecer Hacienda el borrador automáticamente

La Agencia Tributaria puede poner a disposición del contribuyente un borrador cuando dispone de información suficiente -como es el caso de los autónomos- y las rentas proceden exclusivamente de determinadas fuentes, como rendimientos del trabajo, del capital mobiliario sujetos a retención, ganancias patrimoniales también sometidas a retención o determinadas imputaciones de rentas.

También se incluyen supuestos como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual o los rendimientos derivados de letras del Tesoro, dentro de los límites que establezca la propia Administración en función de la información disponible.

Los autónomos deben revisar datos incompletos y hacer los ajustes necesarios

En el caso de los autónomos, es frecuente que el borrador no refleje correctamente toda su situación tributaria. Esto se debe a que muchos de los elementos clave de su declaración -como ingresos reales, gastos deducibles, reducciones o determinados ajustes fiscales- no siempre están completamente disponibles para la Agencia Tributaria en el momento de generar el documento.

“Los datos fiscales incluyen rendimientos y elementos censales. Las deducciones o reducciones no aparecen como tal, sino que son el resultado de los cálculos que se aplican posteriormente”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria.

Por este motivo, el propio sistema permite modificar el borrador, añadir datos económicos o corregir posibles errores. Revisarlo en detalle no es una opción, sino un paso imprescindible antes de presentarlo, ya que confirmar un borrador incompleto puede implicar declarar de forma incorrecta.

Se puede acceder desde el 8 hasta el 30 de junio

Los autónomos podrán acceder a su borrador de la declaración del IRPF correspondiente a 2025 desde el 8 de abril y hasta el 30 de junio de 2026, periodo en el que también podrán consultarlo, modificarlo y presentarlo.

Este acceso se realiza a través de los servicios habilitados por la Agencia Tributaria, principalmente mediante Renta WEB, la herramienta desde la que se gestiona toda la declaración.

Sistemas de identificación necesarios

Para consultar el borrador o los datos fiscales será necesario utilizar alguno de los sistemas de identificación admitidos por Hacienda. Entre ellos se encuentran el certificado electrónico reconocido, el sistema Cl@ve Móvil, el número de referencia facilitado por la propia Administración o, en su caso, el sistema eIDAS para ciudadanos de la Unión Europea.

Además, será imprescindible disponer de NIF y estar correctamente identificado en el censo de obligados tributarios.

Requisitos previos antes de acceder

Antes de entrar al borrador, será necesario verificar determinados datos personales. Entre ellos, destaca la obligación de ratificar o modificar el domicilio fiscal, que se muestra de forma separada antes de acceder al contenido de la declaración.

En el caso de trabajadores por cuenta propia dados de alta en el censo de empresarios, profesionales o retenedores, cualquier cambio en el domicilio fiscal deberá realizarse mediante la correspondiente declaración censal.

El borrador se puede consultar tanto en la web como el la aplicación de la AEAT

El borrador y los datos fiscales pueden consultarse a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).

También existe la posibilidad de acceder a los datos fiscales y a un resumen del borrador mediante la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, siempre que se utilice alguno de los sistemas de identificación habilitados.

Hacienda permite modificar el borrador para añadir datos incorrectos o faltantes
Hacienda permite modificar el borrador para añadir datos incorrectos o faltantes.

Desde estos mismos canales, los obligados podrán revisar su información, introducir modificaciones o proceder directamente a la confirmación y presentación de la declaración si consideran que es correcta.

El borrador incluye los datos de los que dispone la Agencia Tributaria

El borrador de la declaración del IRPF se elabora a partir de la información que la Agencia Tributaria tiene disponible en cada caso. Esto incluye, por un lado, los datos económicos facilitados por terceros a través de declaraciones informativas –como pagadores o entidades financieras– y, por otro, la información personal que ya consta en la Administración. “El borrador aparece con datos ya incorporados o preparados para su incorporación automática, pero en algunos casos requieren revisión previa”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria.

El objetivo es facilitar la confección de la declaración, ofreciendo una base previa sobre la que trabajar. Sin embargo, este contenido no siempre refleja la situación real completa, especialmente en el caso de los trabajadores por cuenta propia.

Se pueden modificar o añadir datos inexactos o incorrectos

El sistema permite modificar el borrador en cualquier momento antes de su presentación. Esto incluye tanto la corrección de datos erróneos o inexactos como la incorporación de información que no haya sido incluida inicialmente.

“Hay casos en los que aparece un aviso para que el contribuyente valore la información antes de incorporarla. Depende de cada situación”, añadieron las mismas fuentes. Esto resulta especialmente relevante para los autónomos, ya que muchos de los elementos clave de su tributación no figuran automáticamente en los datos fiscales y deben ser incorporados manualmente.

Siempre hay que revisarlo bien antes de enviarlo

Los expertos advierten de que confirmar el borrador sin revisarlo puede suponer presentar una declaración incompleta o incorrecta. Aunque el documento haya sido elaborado por la Agencia Tributaria, su contenido depende de la información disponible en ese momento, que puede ser parcial.

Por este motivo, revisar cada dato y completar la información necesaria es un paso imprescindible antes de confirmar la declaración, especialmente para quienes desarrollan una actividad económica y tienen una mayor complejidad fiscal.

Cómo modificar, confirmar y presentar la declaración del IRPF

Una vez revisado el borrador, los autónomos pueden optar por modificarlo, confirmarlo o proceder directamente a su presentación. Si el contenido refleja correctamente su situación tributaria, la confirmación del borrador tendrá la consideración de declaración del IRPF a todos los efectos.

En caso contrario, será necesario introducir los cambios oportunos antes de presentarlo, ya sea para añadir información que falta o corregir datos inexactos.

Vías disponibles para modificar el borrador

La modificación del borrador puede realizarse a través de distintos canales habilitados por la Agencia Tributaria. Para los autónomos en estimación directa:

  • Por Internet, accediendo a la Sede electrónica mediante el servicio Renta WEB, utilizando alguno de los sistemas de identificación admitidos.

A la anterior vía, para los autónomos en módulos se suman las siguientes opciones:

  • Por teléfono, comunicando el NIF y el número de referencia.
  • De forma presencial, solicitando cita previa en las oficinas de la Agencia Tributaria o en aquellas habilitadas por las administraciones autonómicas y locales.

En todos los casos, la Agencia Tributaria aplica medidas de control para garantizar la identidad de quien realiza la modificación.

El borrador pasa a ser declaración oficial sólo si se confirma y presenta

El borrador adquiere carácter definitivo en el momento en que se confirma y se presenta. Desde ese instante, tiene la misma validez que cualquier otra declaración del IRPF.

Si la presentación se realiza correctamente, la Agencia Tributaria genera un justificante con un código seguro de verificación, en el que consta la fecha y hora de presentación, que debe conservarse como comprobante.

Formas de presentación según el resultado

La forma de presentar la declaración puede variar en función de su resultado:

  • Si el resultado es a ingresar, se podrá optar por distintas opciones de pago, como la domiciliación bancaria, el pago electrónico mediante NFC o el ingreso en una entidad colaboradora.
  • Si el resultado es a devolver o negativo, bastará con indicar el número de cuenta bancaria para recibir la devolución, en su caso.

Como es bien sabido, en determinados supuestos, también será posible solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago, así como otras opciones como la compensación o el reconocimiento de deuda, que deberán tramitarse de forma específica tras la presentación.

Acceder al borrador no sustituye la obligación de declarar

En la Agencia Tributaria recuerdan que acceder o no al borrador no altera las obligaciones fiscales. Aunque no se consulte o no se obtenga, los autónomos deberán presentar la declaración del IRPF si están obligados a ello.

Por este motivo, el borrador debe entenderse como una herramienta de ayuda, no como una garantía de que la declaración está completa o es correcta. La responsabilidad final sigue recayendo en quien presenta el impuesto.