La digitalización de la facturación de las pymes y los autónomos ha entrado, al fin, en una fase clave con los cambios normativos definidos por Hacienda desde el pasado 2025. Y el foco no está sólo en Verifactu, que es el sistema de control y transmisión de facturas para prevenir el fraude fiscal, sino también en el nuevo repositorio de facturas que la Agencia Tributaria va a implantar, en principio en 2027, y en cómo se relaciona y se diferencia de herramientas que ya existen, como es el caso de FACE: el Punto General de Entrada de Facturas de la Administración Pública.

A raíz de una encuesta elaborada por B2Brouter, una empresa dedicada a la facturación electrónica, que ha contado con las respuestas de más de 1.000 pequeñas y medianas empresas y autónomos, queda claro que existe una enorme confusión en torno a estos conceptos y normas de facturación.

Una de las dudas más recurrentes es, precisamente, qué pasará con las facturas enviadas a entidades públicas como ayuntamientos y ministerios, y si Verifactu viene a sustituir a FACE. Se trata de herramientas y plataformas diferentes, sujetas a normativas que también lo son, y que además convivirán a lo largo de 2027, cuando entren en vigor Verifactu y, con toda probabilidad, el nuevo repositorio.

  1. Qué es el nuevo repositorio de Hacienda: diferencias con Verifactu y el sistema FACE
  2. Así se aplicará Verifactu: esto es lo que deben preparar autónomos y pymes

Qué es el nuevo repositorio de Hacienda: diferencias con Verifactu y el sistema FACE

El nuevo repositorio de facturas que prepara la Agencia Tributaria es, ni más ni menos, un archivo centralizado donde se guardarán las facturas electrónicas que emitan los autónomos y las pymes una vez sea obligatorio su uso, previsiblemente a la vez que la llegada de Verifactu, en 2027. Y lo relevante es saber que esta obligación forma parte de un proceso aún mayor, que es la transición a la factura electrónica y a un sistema que haga el registro de facturas más transparente, trazable e inviolable con el fin de controlar, además, la evasión fiscal. Surge, para darle contexto, como consecuencia de la Ley Crea y Crece (18/2022).

Por su parte, Verifactu no es, en este caso, una plataforma de almacenamiento. Es un sistema de facturación en tiempo real, impulsado también por la Agencia Tributaria, en el marco de la Ley 11/2021 desarrollada por el Real Decreto 1007/2023, que establece criterios fijos para los programas informáticos de facturación.

Así, con Verifactu, cada factura tiene que generar un registro inalterable, firmado digitalmente y dotado de un identificador único y de un código QR que permite verificar su validez ante Hacienda. Esto evita que se puedan hacer manipulaciones posteriores sobre la factura y mejora el control fiscal de todas las facturas que emiten las empresas.

Y también está FACE, que, por su parte, es un sistema que existe desde 2015 y que ha venido obligando a todas las empresas que facturan a la Administración Pública a presentar esas facturas electrónicamente a través de un punto general de entrada. Es decir, cuando una pyme o un autónomo vende algo a un ayuntamiento, a un hospital público o a cualquier otro organismo estatal o local, la factura electrónica se envía a través de FACE en formato facturae, que es el estándar electrónico para facturas públicas en España.

Fuentes del Ministerio de Hacienda han aclarado en reiteradas ocasiones que el sistema FACE no va a desaparecer con la llegada del nuevo repositorio ni con Verifactu. Esto es porque FACE sigue siendo la vía por la que se remite la factura a un órgano público destinatario, mientras que el nuevo repositorio que está desarrollando Hacienda es otro sistema donde se almacenarán todas las facturas electrónicas de autónomos y pymes, independientemente de su destinatario, y que servirá de enlace para los envíos al Ministerio de Economía y al de Hacienda.

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Así se aplicará Verifactu: esto es lo que deben preparar autónomos y pymes

Uno de los puntos más relevantes para los autónomos es que Verifactu será obligatorio a partir de 2027, aunque iba a serlo para este 2026. Sin embargo, las fechas definitivas sitúan la entrada en vigor para el 1 de enero de 2027 para sociedades y empresas, y el 1 de julio de 2027 para autónomos y pymes que utilicen software de facturación en su actividad.

Este aplazamiento fue aprobado por el Gobierno para dar más tiempo a los negocios y proveedores de software para adaptarse a las exigencias de la normativa, que requieren que los sistemas informáticos de facturación cumplan con los estándares técnicos de Verifactu y que envíen registros a Hacienda de forma automática y segura.

Existen regímenes especiales, como el del Suministro Inmediato de Información (el SII), que ya obliga a día de hoy a ciertas empresas a remitir registros de IVA casi en tiempo real a Hacienda, y que las empresas acogidas al SII quedarán exentas de parte de los requisitos de Verifactu, ya que sus sistemas operan con principios muy similares de registro continuo.

Así las cosas, en la encuesta elaborada por B2Brouter había una tendencia a cuestionar qué sucedería con las facturas a la Administración, dado que son muchas las empresas que la tienen como uno de sus principales clientes, y que eran emitidas a través de FACE.

La realidad es que estas facturas seguirán enviándose por FACE, pero la obligación de disponer de sistemas compatibles con Verifactu también influirá en cómo se generan y registren esos documentos desde el punto de vista tributario.