Los autónomos pueden conocer en qué punto exacto se encuentra su devolución de la rentae incluso anticipar cuándo recibirán el ingreso. Según explicaron a este medio fuentes de la Agencia Tributaria, una vez que la declaración ha sido tramitada y el resultado es a devolver, el sistema permite consultar el día estimado de pago en la mayoría de los casos. 

A través del apartado específico en la web de la Agencia Tributaria o de su aplicación oficial para dispositivos móviles, los trabajadores por cuenta propia pueden seguir en tiempo real los diferentes estados por los que pasa su devolución: desde si se encuentra aún en tramitación, hasta si ya ha sido ordenado el pago o se haya en fase de comprobación, entre otros.

Para esta campaña de 2026 se prevé la presentación de 25,2 millones de declaraciones, de las que 15,7 millones, es decir, más de la mitad, saldrán a devolver, por un importe total de 13.271 millones de euros. Esto situaría la devolución media en torno a 875 euros por contribuyente. Aunque en Hacienda matizaron que, en el caso de quienes desarrollan actividades económicas, el porcentaje de declaraciones con resultado a devolver suele ser menor. 

  1. Los autónomos pueden conocer paso a paso en qué fase está su devolución
  2. Si se presenta la renta con resultado a devolver puede pasar por estos estados
  3. Si todo está correcto, la devolución puede ser ingresada en pocos días
  4. Las devoluciones de algunos autónomos pueden tardar algo más en ingresarse
  5. Según Hacienda, es más común que las declaraciones de los autónomos salgan a ingresar
  6. Errores de los autónomos que pueden provocar retrasos en las devoluciones

Los autónomos pueden conocer paso a paso en qué fase está su devolución 

Los autónomos que hayan presentado su declaración con resultado a devolver pueden consultar en cualquier momento en qué punto se encuentra su devolución. Para ello, la Agencia Tributaria dispone de un apartado específico dentro de su sede electrónica, tal y como explicaron fuentes del organismo, donde se puede seguir todo el proceso paso a paso. 

Esta información está también disponible a través de la aplicación móvil oficial, que permite acceder al expediente de forma sencilla sin necesidad de entrar en la web. En ambos casos, el contribuyente debe acceder al servicio de tramitación del borrador o declaración (Renta WEB) o a su expediente personal para comprobar el estado actualizado. 

Una vez dentro, el sistema muestra los distintos estados por los que puede ir pasando la devolución. Cuando esta ya ha sido revisada y validada por Hacienda, aparece uno de los hitos clave: la emisión de la devolución. En ese momento, según explicaron en la Agencia Tributaria, el sistema puede indicar incluso el día exacto en el que se realizará el pago, expresado en días hábiles. 

Así, uno de los mensajes más tranquilizadores que puede recibir el contribuyente es que “su devolución ha sido emitida el día X”.  A partir de ahí, el propio sistema puede añadir información adicional sobre el tiempo restante hasta el ingreso efectivo, que dependerá ya de los plazos del circuito bancario. 

Tal y como detallaron fuentes de Hacienda, esta previsión de días hasta el cobro aparece “a partir de que la Agencia Tributaria termina la tramitación de la devolución, cuando ya depende de los tiempos del circuito bancario”. Es decir, una vez que el organismo ha ordenado el pago, el proceso queda en manos de la entidad financiera. 

En la mayoría de los casos, la devolución se efectúa mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la declaración. No obstante, en la Agencia Tributaria precisaron que este sistema de seguimiento con estimación de días no se aplica en todos los supuestos. Dado que existen determinadas situaciones en las que pueden intervenir comprobaciones adicionales u otros factores que alteren los plazos habituales. 

Si se presenta la renta con resultado a devolver puede pasar por estos estados 

El estado de una devolución no es único, ni lineal. Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este medio, “los posibles estados por los que puede pasar una devolución solicitada son muchísimos”. Además, “no quiere decir que una misma declaración tenga que pasar por todos ellos”. 

Aun así, existen una serie de fases habituales que permiten a los autónomos identificar en qué punto se encuentra su solicitud: 

  • Los datos no coinciden: el sistema detecta discrepancias y puede sugerir presentar una declaración rectificativa.  
  • En comprobación: Hacienda está revisando la información presentada. Esta fase puede alargar los plazos, sobre todo en declaraciones más complejas.  
  • En tramitación: la declaración está siendo procesada por la Agencia Tributaria. 
  • Tramitada: Hacienda ha finalizado la revisión y ya puede determinar el resultado de la devolución.  
  • Devolución estimada (o no estimada): se confirma si procede o no el ingreso solicitado.  
  • Devolución emitida: se ha ordenado el pago en una fecha concreta y comienza la fase final del proceso.
Hacienda permite conocer si el pago ya ha sido emitido y cuándo se cobrará
Hacienda permite conocer si el pago ha sido ya emitido y cuándo se cobrará.

A partir de este último estado, como explicaron en la Administración, el ingreso queda pendiente de los plazos bancarios hasta que se haga efectivo en la cuenta del contribuyente. 

Si todo está correcto, la devolución puede ser ingresada en pocos días 

Los plazos de devolución pueden variar en función de cada caso. Aunque cuando la declaración no presenta errores ni requiere comprobaciones adicionales, el ingreso suele realizarse con bastante rapidez. 

Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, “si no hay ninguna problemática en particular, las devoluciones son rápidas”. Hasta el punto de que “podrían llegar a ser en 24 horas” en determinados supuestos. De hecho, añadieron que “las declaraciones con resultado a devolver se empiezan a devolver a las 24 horas” desde su presentación. 

A partir de ahí, el tiempo exacto depende principalmente de la complejidad del expediente. “Depende mucho de si es de más complejidad o de menos complejidad, si hay que revisarlo o no”, señalaron en Hacienda. En este sentido, cuando todo está correcto y la información coincide con los datos que maneja la Administración, “se suele hacer rápida la devolución”. 

En cualquier caso, la normativa establece un plazo máximo. La Agencia Tributaria dispone de hasta seis meses desde el final de la campaña de la renta, o desde la fecha de presentación, si se realizó fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional y efectuar la devolución correspondiente. 

Las devoluciones de algunos autónomos pueden tardar algo más en ingresarse 

No obstante, este ritmo ágil no siempre se cumple en el caso de los trabajadores por cuenta propia. Tal y como reconocieron en la Agencia Tributaria, “en actividades económicas, como suele ser un poco más complejo, suelen tardar un poco más en hacer la devolución”. 

La razón es que este tipo de declaraciones suelen requerir más comprobaciones, al incluir rendimientos de actividad, gastos deducibles o posibles deducciones específicas. Además, “es difícil decir fechas y cifras concretas ya que es muy casuístico”, apuntaron las mismas fuentes. 

En este sentido, los plazos finales dependerán de factores como el tipo de revisión que deba realizar Hacienda o la existencia de errores en la declaración. “Irán en función del tipo de comprobaciones que se tienen que hacer y si se ha cometido algún error también al presentar”, concluyeron. 

Según Hacienda, es más común que las declaraciones de los autónomos salgan a ingresar

Aunque millones de contribuyentes reciben cada año una devolución en la campaña de la renta, este escenario es menos habitual entre los autónomos. La razón principal está en cómo se calculan sus pagos a cuenta y en la menor presencia de retenciones en sus ingresos. 

Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, “en actividades económicas no es tan fácil que te salga a devolver” cuando la mayor parte de los rendimientos proceden del propio negocio. Esto se debe, en gran medida, a que muchos trabajadores por cuenta propia no tienen retenciones o las que aplican son inferiores a su tributación final. 

En los casos más habituales, “si es un contribuyente cuya renta proviene fundamentalmente de actividades económicas, es muy típico que no tengan retención o tengan una retención inferior a la tributación efectiva final”. Como consecuencia, lo más frecuente es que el resultado de la declaración sea a ingresar. 

Incluso en actividades donde sí existen retenciones, como ocurre en determinados servicios profesionales (abogados, arquitectos y otros perfiles similares), estas suelen ser fijas y, en muchos casos, insuficientes para cubrir la carga fiscal real. Tal y como señalaron en Hacienda, “esa retención fija suele ser más baja que la tributación efectiva final”, lo que vuelve a inclinar el resultado hacia un pago adicional. 

Por este motivo, que la declaración salga a devolver en el caso de los autónomos suele depender de circunstancias adicionales, como la aplicación de deducciones, la existencia de otros rendimientos con retención o la posibilidad de compensar pérdidas. 

Además, en la Agencia Tributaria recordaron que, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, en estos casos “los datos los tiene que incorporar el propio contribuyente”. Lo que también puede influir en el resultado final de la declaración y en la posibilidad de que exista un saldo a devolver. 

Errores de los autónomos que pueden provocar retrasos en las devoluciones 

Los errores en la declaración son uno de los principales motivos por los que se retrasa el cobro de la devolución. Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, uno de los fallos más habituales es “una deducción de gastos mayor de la que consideramos correcta”, lo que obliga a revisar el expediente. 

También pueden producir demoras la aplicación incorrecta de bonificaciones o deducciones, ya que estos casos requieren comprobaciones adicionales por parte de Hacienda antes de autorizar el pago. 

En estos supuestos, la devolución no se paraliza, pero sí puede tardar más tiempo en tramitarse hasta que la Agencia Tributaria verifica que todos los datos son correctos.