- Estas son las bases de cotización mínimas y máximas para los autónomos en 2026
- Esto es lo que cobrarán los autónomos en 2026 por las prestaciones a las que tienen derecho
A partir del 1 de enero de 2026, los autónomos seguirán cobrando sus prestaciones de incapacidad temporal, permanente, nacimiento y cuidado del menor o cese de actividad con las mismas reglas de cálculo que en 2025.
Este año, las bases mínimas y máximas de cotización se mantienen sin cambios respecto al año anterior en casi todos los tramos, tanto en la tabla reducida como en la general, tras la prórroga de las cuotas anunciada por la Seguridad Social.
En un principio, y a expensas de que el Parlamento dé luz verde a la prórroga, la única modificación afectaría a los integrantes del colectivo con mayores ingresos, ya que la base máxima de los tramos 11 y 12 se actualiza al nuevo tope del sistema, fijado en 5.101,20 euros mensuales.
A pesar del encarecimiento de las cuotas por la subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), la mayoría las prestaciones seguirán intactas este año, ya que su cuantía depende únicamente de la base por la que esté cotizando alta el trabajador por cuenta propia. Es decir, un autónomo que cotice por 1.200 euros seguirá cobrando lo mismo en 2026 que en 2025 si se da de baja, aunque su cuota suba.
Como ocurre desde la implantación del sistema por rendimientos reales, cada trabajador por cuenta propia puede elegir su base dentro del tramo que le corresponde. Si decide subirla, también aumentará su cuota mensual, pero a cambio mejorará el importe de las ayudas que pueda llegar a percibir en caso de baja, incapacidad o cese de actividad. Por el contrario, quienes opten por la base mínima recibirán ayudas más ajustadas.
Estas son las bases de cotización mínimas y máximas para los autónomos en 2026
Tras la aprobación del Real Decreto Ley 16/2025, las tablas de cotización para autónomos se mantienen en 2026 con los mismos importes que en 2025, tanto en la tabla reducida como en la general.
La única corrección relevante afecta a los tramos 11 y 12 de la tabla general, cuya base máxima se actualiza al nuevo tope del sistema, fijado en 5.101,20 euros al mes.
El BOE establece este límite máximo de cotización y ordena adaptar a él las bases de los trabajadores por cuenta propia con mayores ingresos, sin modificar el resto de tramos.
Tabla reducida (2026)
|
Tramo |
Rendimientos netos (euros/mes) |
Base mínima |
Base máxima |
|---|---|---|---|
|
1 |
≤ 670 |
653,59 € |
718,94 € |
|
2 |
> 670 y ≤ 900 |
718,95 € |
900,00 € |
|
3 |
> 900 y < 1.166,70 |
849,67 € |
1.166,70 € |
Tabla general (2026)
|
Tramo |
Rendimientos netos (euros/mes) |
Base mínima |
Base máxima |
|---|---|---|---|
|
1 |
≥ 1.166,70 y ≤ 1.300 |
950,98 € |
1.300,00 € |
|
2 |
> 1.300 y ≤ 1.500 |
960,78 € |
1.500,00 € |
|
3 |
> 1.500 y ≤ 1.700 |
960,78 € |
1.700,00 € |
|
4 |
> 1.700 y ≤ 1.850 |
1.143,79 € |
1.850,00 € |
|
5 |
> 1.850 y ≤ 2.030 |
1.209,15 € |
2.030,00 € |
|
6 |
> 2.030 y ≤ 2.330 |
1.274,51 € |
2.330,00 € |
|
7 |
> 2.330 y ≤ 2.760 |
1.356,21 € |
2.760,00 € |
|
8 |
> 2.760 y ≤ 3.190 |
1.437,91 € |
3.190,00 € |
|
9 |
> 3.190 y ≤ 3.620 |
1.519,61 € |
3.620,00 € |
|
10 |
> 3.620 y ≤ 4.050 |
1.601,31 € |
4.050,00 € |
|
11 |
> 4.050 y ≤ 6.000 |
1.732,03 € |
5.101,20 € |
|
12 |
> 6.000 |
1.928,10 € |
5.101,20 € |
Estas bases de cotización son las que determinan tanto la cuota mensual como las prestaciones que perciben los autónomos cuando causan baja, sufren una incapacidad o acceden al cese de actividad.
Esto es lo que cobrarán los autónomos en 2026 por las prestaciones a las que tienen derecho
Aunque en 2026 sube el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y se actualiza el tope máximo de cotización, las reglas de cálculo de las prestaciones se mantienen, ya que están fijadas por la Ley General de la Seguridad Social.

Por tanto, como hasta ahora, la cuantía que perciba cada autónomo dependerá de la base que haya elegido dentro de su tramo.
Este punto es muy relevante, ya que, como señaló María Orea, fundadora y CEO de Tuplanfiscal.org, si un trabajador por cuenta propia cotiza por debajo del tramo que le corresponde, cobrará menos prestación de la que merece por ingresos, pero la Seguridad Social acabará regularizándole, haciéndole pagar el importe de las cuotas que debe. En el caso de la prestación, esta no se regulariza.
Incapacidad temporal
Como contó este diario en anteriores ejercicios, la prestación por incapacidad temporal de los autónomos se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora:
- 60% entre el cuarto y el vigésimo día de baja.
- 75% a partir del día 21.
Además, si la incapacidad se produce por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación asciende al 75% desde el día siguiente a la baja.
Atendiendo a esta fórmula, y a la base por la que hayan decidido cotizar según sus ingresos reales, los trabajadores por cuenta propia ya pueden estimar cuánto cobrarán en 2026 si necesitan solicitar esta prestación.
Por ejemplo, un profesional que cotice por una base de 1.200 euros al mes percibirá:
- 720 euros mensuales entre el cuarto y el vigésimo día de baja.
- 900 euros al mes a partir del día 21.
Incapacidad permanente
De la misma forma, los autónomos que sufran una incapacidad permanente deben aplicar un porcentaje sobre su base asignada para conocer la cuantía de su pensión. En función del grado reconocido, las cantidades son distintas:
- Incapacidad permanente parcial: indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora.
- Incapacidad permanente total: 55% de la base reguladora, con posible incremento si se cumplen los requisitos de la total cualificada.
- Incapacidad permanente absoluta: 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez: se aplica el porcentaje correspondiente a la total o absoluta, incrementado con un complemento.
Por tanto, un autónomo con una base reguladora de 1.200 euros cobraría en 2026, si sufre una incapacidad permanente total, alrededor de 660 euros al mes.
Prestación por nacimiento y cuidado del menor
En el caso de los autónomos que sean padres o madres, éstos tienen derecho a recibir una prestación durante el periodo legalmente establecido, que con carácter general es de 16 semanas.
La cuantía de esta prestación corresponde al 100% de la base reguladora.
Por tanto, el importe dependerá de la base por la que haya cotizado el autónomo en el mes anterior al inicio de la baja. Si el trabajador por cuenta propia decide ajustar su base dentro de su tramo, ese cambio puede reflejarse directamente en la prestación que perciba.
Cese de actividad
Por último, la prestación por cese de actividad también se calcula aplicando un porcentaje sobre la base escogida por el autónomo.
En este caso, la ayuda asciende al 70% de la base reguladora, que se obtiene a partir de la media de las bases de cotización de los 12 meses anteriores.
El tipo de cotización por cese de actividad se mantiene en el 0,90%, lo que afecta a la cuota mensual, pero no modifica el cálculo de la prestación.
Así, un profesional con una base de 1.200 euros percibiría una prestación por cese de actividad de aproximadamente 840 euros al mes.
La duración de la ayuda depende de los periodos cotizados y, para acceder a ella, deben cumplirse determinados requisitos, como acreditar causas económicas u otras situaciones protegidas por la normativa.





