1. Nuevo límite para devolver el exceso de cotización a los autónomos en pluriactividad
  2. ¿A qué autónomos en pluriactividad les corresponderá devolución del exceso de cotización del ejercicio 2026?
  3. Doble ajuste en la cotización de los autónomos en pluriactividad
  4. ¿Cuándo obtienen este año los autónomos la devolución del exceso por su cotización de 2024?

La Seguridad Social ha vuelto a elevar el tope a partir del que devolverá la mitad del exceso de cotización a los trabajadores por cuenta propia en régimen de pluriactividad, por las cuotas que paguen durante este año. Según uno de los últimos boletines publicados en Red durante este mes de febrero, la cuantía límite marcada para este año es de 17.323,68 euros en cotizaciones. 

Este tope marca la cantidad a partir de la que la Tesorería comienza a devolver parte del exceso que hayan abonado en el ejercicio por contingencias comunes, como resultado de cotizar en este régimen especial y en el Régimen General por cuenta ajena.

El incremento va en consonancia con la actualización de los topes mínimo y máximo de las bases de cotización. Un ajuste que lleva a cabo en cada ejercicio acorde a esos cambios, si bien el resto de las bases se mantienen como en 2025 tras la prórroga de las tablas para este año. 

Según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, aunque la pluriactividad ha sido tradicionalmente una opción minoritaria, cada vez es más frecuente entre las personas que deciden emprender, con un aumento de más del 45 % desde el año 2020. 

El nuevo límite para devolver el exceso de cotización a los autónomos en pluriactividad es de 17.323 euros

El Boletín Red recoge en detalle este cambio, de la siguiente forma:

  • Las personas trabajadoras autónomas que, en razón de un trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad, y lo hagan durante el año 2026, teniendo en cuenta tanto las cotizaciones efectuadas en este régimen especial como las aportaciones empresariales y las correspondientes a la persona trabajadora en el régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad por cuenta ajena, tendrán derecho al reintegro del 50 por ciento del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 17.323,68 euros con el tope del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.”

Tanto el Estatuto del Trabajador Autónomo, como la Ley General de Seguridad Social, regulan la pluriactividad, que permite que el autónomo pueda compatibilizar el trabajo por cuenta propia con un contrato como asalariado. 

La pluriactividad se puede definir como la situación en la que una persona realiza varias actividades laborales que la obligan a cotizar en diferentes regímenes de la Seguridad Social. En este caso, pagan cuotas en el Régimen General y también en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Para aquellos que hayan cotizado a través de este régimen durante este ejercicio, cobrarán el 50% del exceso de cuotas que abonen a la Seguridad Social cuando sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 17.323,68 euros, frente al tope del ejercicio 2025, situado en los 16.672,66 euros.

Este incremento se equipara a los ajustes que han experimentado las cuotas, ya que se trata de lo que ha subido la base máxima. A partir de ahí, los demás parámetros se indexan a esa subida.

¿A qué autónomos en pluriactividad les corresponderá devolución del exceso de cotización del ejercicio 2026?

Como ejemplo, un autónomo trabaja como asalariado con una base de cotización máxima de 5.101,20 euros y, a la vez, desarrolla una actividad por cuenta propia, como autónomo societario, cotizando por una base de 1.000 euros. 

  • Trabajo por cuenta ajena: 5.101,20 euros x 28,30% = 1.443,63 euros/mes. De esta forma, 1.443,63 x 12 = 17.323,56 euros anuales.
  • Trabajo por cuenta propia: 1.000 euros/mes x 28,3% (contingencias comunes del tipo total de cotización, del 31,4%) = 238 euros/mes. De esta forma, 238 x 12 = 2.856 euros anuales.

Con estos resultados de la cotización anual en los dos regímenes, ahora se realiza la suma de las cuotas abonadas en su totalidad por contingencias comunes a la Tesorería: 

  • 17.323,56 + 2.856 = 20.179,56 euros.

Esta suma de las cotizaciones supera el nuevo límite de 17.323,68 euros, por lo que le correspondería devolución de la Seguridad Social. La cuantía de la devolución se calcula de la siguiente forma:

  • 20.179,56 – 17.323,68 = 2.855,88 euros.

A esos 2.855,88 euros se les aplica el 50%, ya que la normativa establece recibir la mitad del exceso de cotización abonado. Por tanto, este trabajador por cuenta propia recibiría 1.427,94 euros en 2025, sin tener en cuenta otros ajustes de cotización que la Seguridad Social haya podido practicar durante el año.

A qué autónomos en pluriactividad les corresponderá devolución del exceso de cotización del ejercicio 2026
¿A qué autónomos en pluriactividad les corresponderá devolución del exceso de cotización del ejercicio 2026?

Doble ajuste en la cotización de los autónomos en pluriactividad

Actualmente, estos trabajadores por cuenta propia sufren un doble ajuste en su cotización debido a que la Seguridad Social primeramente les regulariza como si solo estuvieran cotizando a través del régimen de autónomos por todos sus ingresos, como ya explicó este diario. 

En la regularización de este año, correspondiente al ejercicio 2024, muchos de estos trabajadores por cuenta propia están recibiendo la resolución de su regularización a pagar, pese a que cotizan por el régimen de autónomos y, adicionalmente, por bases altas en el Régimen General. 

Tras este primer ajuste, en el que deben abonar dinero a la Tesorería, la Seguridad Social pasa a realizar un segundo ajuste más adelante, a partir del que devuelve el 50% del exceso de cotización mencionado, pero tras el primer cálculo inicial con las resoluciones a pagar.

Esta incidencia en el procedimiento ha sido denunciada tanto por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) como por los graduados sociales, quienes pusieron en conocimiento de la Dirección Provincial de la Seguridad Social de Madrid el asunto, sin que se haya solucionado por el momento el problema.

¿Cuándo obtienen este año los autónomos la devolución del exceso por su cotización de 2024?

Asimismo, pese a que la fecha límite para finalizar el procedimiento de la regularización es, al igual que el año pasado, el próximo 30 de abril, durante el ejercicio pasado, que se resolvió la regularización de 2023, estos trabajadores por cuenta propia no comenzaron a percibir su exceso hasta finales de mayo. 

Por el momento, según explicó a este medio Juan José Carmelo, del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Madrid, la Tesorería les explicó que devolverían los importes conforme vayan resolviendo este año, frente al ejercicio pasado, donde se devolvieron en su mayoría “de golpe”. 

Sin embargo, ni los graduados ni la Seguridad Social han podido asegurar a este medio ninguna fecha tope para conocer cuándo comenzarán a recibir sus cuotas este año. “Confiamos en esa fecha tope, pero no hay nada confirmado”, añadió Carmelo.