1. El ERTE sigue disponible para pymes que pierdan ingresos por conflictos actuales y otras causas
  2. Paso a paso para que autónomos y pymes accedan a un ERTE en 2026

Las tensiones internacionales entre Estados Unidos e Irán, y el posible deterioro de las relaciones comerciales con España, han encendido las alarmas entre miles de empresas. Si el conflicto escala, podría tener efectos directos e indirectos sobre los ingresos de muchos autónomos y pequeños negocios, desde caídas de exportaciones hasta un aumento de los costes energéticos o problemas en las cadenas de suministro.

Ante este escenario, muchos negocios podrían ver reducida su facturación en los próximos meses. Sin embargo, lo que todavía desconocen muchos autónomos empleadores es que los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) siguen plenamente vigentes dentro del marco laboral actual y pueden activarse en situaciones de dificultad económica sin necesidad de que el Gobierno apruebe ningún mecanismo extraordinario.

De hecho, tras la reforma laboral de 2022, los ERTE se consolidaron como una herramienta estructural para que las empresas ajusten temporalmente sus costes laborales sin tener que recurrir a despidos. Actualmente hay todavía miles de trabajadores acogidos a alguno de estos expedientes. Según los últimos datos de la Seguridad Social, en abril de 2025 había 18.828 empleados afectados por un ERTE, la mayoría por causas económicas.

Este mecanismo podría resultar especialmente útil si las tensiones geopolíticas terminan afectando a la economía española. Conflictos como el de Irán pueden repercutir en los negocios por diversas vías: una caída de las exportaciones a Estados Unidos, un aumento del precio del petróleo y la energía, problemas en el transporte internacional o un menor consumo por la incertidumbre económica. Todas estas circunstancias podrían provocar descensos de ingresos en algunos sectores, lo que permitiría a los autónomos solicitar un ERTE para aliviar temporalmente sus costes.

El ERTE sigue disponible para pymes que pierdan ingresos por conflictos actuales y otras causas

A diferencia de lo que ocurrió durante la pandemia, cuando el Gobierno aprobó el ERTE extraordinario para millones de trabajadores, el sistema actual funciona de forma permanente. Es decir, los negocios pueden recurrir a este mecanismo siempre que acrediten las causas que lo justifican, sin necesidad de que se apruebe ninguna medida especial; aunque no se descarta que se ponga en marcha alguna.

Actualmente existen tres grandes vías para acceder a un expediente de regulación temporal de empleo.

ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP)

Este es el mecanismo más habitual y el que podría utilizar la mayoría de autónomos si su negocio sufre una caída de ingresos derivada de factores económicos.

Los ERTE por causas Económicas, Técnicas, Organizativas o de Producción, conocidos como ERTE ETOP, se aplican cuando la empresa demuestra que atraviesa una situación económica complicada o prevé que sus ingresos van a caer.

Por ejemplo, podrían solicitarse en casos como:

  • una reducción significativa de la facturación.
  • pérdidas continuadas durante varios meses.
  • caída de pedidos o de la demanda.
  • dificultades en el suministro de materias primas.

Esto significa que, si las tensiones geopolíticas derivadas del bombardeo de Estados Unidos a Israel a Irán terminan afectando a determinados sectores –por ejemplo, exportadores, industriales o energéticos– los negocios podrían acogerse a este tipo de ERTE para reducir costes laborales temporalmente.

Según los datos de la Seguridad Social, alrededor del 70% de los ERTE activos corresponden a esta modalidad. En abril de 2025 había 11.926 trabajadores afectados a expedientes por causas económicas.

Este tipo de ERTE permite a las empresas:

  • suspender temporalmente los contratos de los empleados, o
  • reducir su jornada laboral.

Durante ese periodo, los trabajadores pasan a cobrar la prestación por desempleo y el negocio reduce el coste salarial de su plantilla.

Además, las empresas pueden beneficiarse de exoneraciones del 20% en las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores afectados, siempre que el expediente esté vinculado a medidas de formación.

ERTE por fuerza mayor

Otro tipo de expediente disponible es el ERTE por fuerza mayor, que se aplica cuando la actividad del negocio se ve afectada por un acontecimiento extraordinario que impide el normal funcionamiento de la empresa.

Tradicionalmente, este tipo de ERTE se ha utilizado en situaciones como:

  • incendios
  • inundaciones
  • catástrofes naturales
  • decisiones administrativas que obligan al cierre del negocio.

Durante la pandemia, este fue el mecanismo que permitió a millones de trabajadores suspender sus contratos mientras los negocios permanecían cerrados por las restricciones sanitarias.

En este caso, las exoneraciones de cuotas pueden llegar hasta el 90% de las cotizaciones, lo que supone un ahorro importante para el negocio.

Sin embargo, este tipo de expediente requiere que la autoridad laboral constate que existe realmente una situación de fuerza mayor que impide el desarrollo normal de la actividad.

Las pymes que se dedican a exportar o importan podrían verse especialmente afectadas por las tensiones con EEUU
Las pymes con comercio exterior podrían verse especialmente afectadas por las tensiones en Oriente Medio.

Mecanismo RED

El tercer sistema disponible es el llamado Mecanismo RED, que fue creado por la reforma laboral para sustituir a los ERTE extraordinarios en situaciones de crisis generalizadas.

Este sistema puede activarse por dos motivos:

  • causas cíclicas (crisis económica general)
  • causas sectoriales (problemas estructurales en un sector concreto).

A diferencia de los otros ERTE, el mecanismo RED sí requiere que el Gobierno lo active previamente en Consejo de Ministros.

Por este motivo, si un conflicto internacional como el de Irán afectara a la economía española, lo más probable es que las empresas recurran principalmente a los ERTE por causas económicas (ETOP).

Paso a paso para que autónomos y pymes accedan a un ERTE en 2026

Aunque los ERTE siguen vigentes, su procedimiento es más complejo que durante la pandemia, a no ser que se apruebe un mecanismo extraordinario a raíz de los conflictos internacionales. Aun así, continúan siendo una herramienta eficaz para que los negocios ajusten sus costes sin despedir a su plantilla.

Solicitud del ERTE ETOP

Para iniciar un ERTE por causas económicas, el autónomo debe seguir varios pasos.

El primero es comunicar a los trabajadores su intención de iniciar el expediente. Si la empresa tiene representantes legales de los trabajadores, deberá informarles directamente. En caso contrario, los propios empleados deberán designar a un representante para negociar.

Este representante será el encargado de participar en la comisión negociadora junto al empresario.

Después, el negocio deberá aportar toda la documentación que acredite las causas económicas, como por ejemplo:

  • balances contables
  • declaraciones fiscales
  • informes sobre caída de ingresos.

Una vez iniciada la negociación, se abre un periodo de consultas entre empresa y trabajadores que suele durar:

  • siete días en empresas de menos de 50 trabajadores,
  • quince días en empresas más grandes.

Durante este proceso, ambas partes deben negociar de buena fe las condiciones del ERTE, incluyendo si se aplicará una suspensión total del contrato o una reducción de jornada.

Cuando se alcanza un acuerdo, éste se remite a la autoridad laboral de la comunidad autónoma, que lo enviará a la Inspección de Trabajo para que emita un informe en un plazo aproximado de 15 días.

Solicitud de un ERTE por fuerza mayor

El procedimiento para solicitar un ERTE por fuerza mayor es más rápido.

En este caso, la empresa no necesita negociar con los trabajadores, sino que debe presentar directamente la solicitud ante la autoridad laboral competente.

 

Será la Administración la que deba verificar si existe realmente una causa de fuerza mayor que justifique el expediente.

La autoridad laboral dispone de cinco días para resolver la solicitud. Si no responde dentro de ese plazo, el silencio administrativo se considera positivo y se entiende que el expediente queda aprobado.

Una vez constatada la fuerza mayor, el negocio puede aplicar la suspensión de contratos o la reducción de jornada.