El nuevo paquete de medidas aprobado en los últimos días por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la guerra en Irán vuelve a colocar el foco en el empleo. Entre las condiciones para percibir las subvenciones o los ERTES, el decreto incluye una vez más la conocida prohibición de que los autónomos y pequeñas empresas, despidan si han recibido alguna de estas ayudas públicas.
La medida ha quedado recogida en el Real Decreto-ley 7/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 21 de marzo, y ha entrado en vigor un día después, el 22 de marzo. Desde ese momento, cualquier negocio que acceda a subvenciones, bonificaciones o apoyos energéticos aprobados en este marco asume una obligación clara: mantener el empleo mientras dure la vigencia de la ayuda, al menos hasta el 30 de junio de 2026, salvo que el Ejecutivo decida prorrogarla.
Esta prohibición de despedir por circunstancias económicas ligadas a la crisis ya estuvo presente durante toda la pandemia y también durante la crisis energética a raíz de la Guerra en Ucrania.
- Las pymes que reciban ayudas no podrán despedir por causas ligadas a la crisis
- ¿Cómo afecta esta medida al día a día del empleo en pymes?
Las pymes que reciban ayudas no podrán despedir por causas ligadas a la crisis
Según figura en el nuevo Real Decreto, las empresas beneficiarias de ayudas públicas no podrán alegar causas económicas vinculadas a la guerra de Irán para despedir a sus propios trabajadores. En la práctica, esto incluye el aumento del coste de la energía, las dificultades de aprovisionamiento o la caída de márgenes directamente relacionada con el conflicto.
De hecho, el texto deja claro que se impide utilizar las circunstancias económicas ocasionadas por la guerra en Oriente Medio como causa objetiva de despido, al tiempo que refuerza el uso de alternativas como los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, es decir, los ERTES, para absorber el impacto sin destruir puestos de trabajo de manera definitiva.
Según el calendario previsto, la medida estará vigente hasta el 30 de junio de 2026, aunque el propio decreto deja abierta la puerta a una prórroga si la situación económica no mejora. Ahora bien, es importante recordar que al tratarse de un real decreto-ley, el Congreso dispone de 30 días para convalidarlo o derogarlo.
No se prohíben todos los despidos, pero sí por causas vinculadas a la subida de precios
Desde Ceca Magán Abogados advirtieron de que esta restricción no prohíbe todos los despidos, pero sí estrecha considerablemente el margen de actuación. Las empresas podrán seguir extinguiendo contratos por causas disciplinarias, por finalización de contratos temporales correctamente celebrados o por motivos totalmente ajenos a la crisis.
No obstante, cualquier decisión deberá estar muy bien documentada. En ese sentido, Ana Gómez, socia del área laboral de Ceca Magán Abogados, recordó que la experiencia de crisis anteriores demuestra que los tribunales suelen analizar con especial rigor estos despidos. Si se acredita que la causa real está vinculada a los costes energéticos o a la situación económica derivada del conflicto, el despido podría ser declarado improcedente o incluso nulo.
A ello se suma una consecuencia clave: la devolución íntegra de las ayudas recibidas. Porque el decreto establece expresamente que el incumplimiento de las condiciones laborales asociadas al apoyo público obliga a reintegrar las subvenciones o bonificaciones, lo que puede suponer un golpe serio para la tesorería de muchas pymes.

¿Cómo podría afectar la prohibición de despido a las pymes?
Más allá del plano jurídico, es importante saber que la nueva prohibición tiene un impacto directo en cómo los autónomos y las pequeñas empresas van a ir planificando su actividad. La ayuda pasa a convertirse en una decisión que condiciona la estructura del negocio a medio plazo, según argumentaron desde Garriges Abogados.
La inspección de trabajo y los juzgados pueden revisar con lupa los despidos producidos durante la vigencia del decreto, especialmente en sectores específicos de energía o más expuestos a los efectos de la guerra en Oriente Medio.
De hecho, según explicó Jesús Fernández-Bravo, del Consejo General de Economistas, en el caso de situaciones similares en conflictos internacionales anteriores, la medida refuerza una idea clave, que es la de priorizar mecanismos de ajuste interno frente al despido. Pero lo cierto es que las ayudas no son neutras, ya que además de aliviar costes imponen condiciones de comportamiento empresarial.
Además, desde la CEOE aseguran que el impacto será desigual. Por ejemplo, los autónomos con pocos empleados y las pymes con márgenes de beneficio más ajustados tendrán menos capacidad de absorber el aumento de costes sin recurrir a ajustes de personal. Y, por otra parte, a las empresas dedicadas a sectores donde la energía tiene un peso importante, como es el caso de la industria o el comercio, así como de la hostelería, la limitación también afectará más.
Es evidente que en términos de empleo, la medida busca ganar tiempo y evitar una destrucción inmediata de puestos de trabajo, pero al introducir algunas rigideces, es probable que muchos negocios opten por posponer nuevas contrataciones indefinidos.





