1. Rebaja del IVA de la luz para algunos autónomos y pymes
  2. Los autónomos podrán cambiar tantas veces como quieran de potencia eléctrica 
  3. El IVA del gas sí se rebaja en todos los casos del 21% al 10% y también se flexibilizan los contratos
  4. Expertos y asociaciones valoran las medidas, pero advierten de que pueden no ser suficientes 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado el Real Decreto-ley 7/2026, un nuevo paquete de medidas para paliar la subida de costes que están soportando miles de autónomos y pequeñas empresas a raíz del conflicto en oriente medio. La norma incluye distintos cambios y rebajas que podrían reducir la factura eléctrica de algunas pymes con poca potencia contratada.

Entre ellas, destaca una rebaja temporal del IVA de la electricidad del 21% al 10%, aunque con una limitación clave: sólo se aplicará a los suministros con una potencia inferior a 10 kW, lo que deja fuera a una parte importante de actividades con mayor consumo energético.  

Junto a esta medida, el decreto también establece la reducción del IVA del gas al 10% para todos los consumidores, y prorroga otras actuaciones ya utilizadas en crisis anteriores para aliviar la factura energética de empresas y hogares.  

Sin embargo, el plan no se limita a la fiscalidad. La norma incorpora también medidas de flexibilización en los contratos de suministro eléctrico y de gas natural, que permitirán a los negocios adaptar su consumo sin asumir penalizaciones, incluso aunque ya hubieran modificado sus condiciones en el último año. 

José Luis Riesgo, director de Servicios de la Gestoría Energética VIVOLT, valoró estas medidas como “muy positivas” e “interesantes”, aunque advirtió de que “quizás no sean suficientes si el conflicto se agrava o se prolonga durante varios meses”. 

Del mismo modo, tanto los expertos como las asociaciones representativas de los autónomos  recordaron que estas medidas aún tienen que ser convalidadas en el Parlamento para mantenerse en vigor, en un escenario marcado por la inestabilidad política. 

Rebaja del IVA de la luz para algunos autónomos y pymes

El nuevo paquete de medidas aprobado por el Gobierno para hacer frente al encarecimiento energético ha incluido -al igual que ocurrió con la Guerra en Ucrania- una rebaja fiscal en la electricidad. En concreto, el Real Decreto-ley 7/2026 establece una reducción temporal del IVA del 21% al 10% en determinados suministros eléctricos, con efectos, en principio, hasta el 30 de junio de 2026.  

Sin embargo, esta rebaja no será generalizada. Tal y como explicó el experto consultado, “la rebaja del IVA de la electricidad es sólo para los suministros de poca potencia”, es decir, aquellos con una potencia contratada inferior a 10 kW, tal y como recoge la propia norma.  

Por esta razón, muchos negocios habituales quedarán fuera de la medida. Es el caso de bares, restaurantes, talleres, peluquerías con alto consumo o cualquier actividad que requiera potencias superiores para desarrollar su actividad con normalidad. En estos supuestos, el IVA seguirá aplicándose al tipo general del 21%, sin cambios. 

Además, la norma también contempla la aplicación del tipo reducido para los consumidores acogidos al bono social eléctrico en situaciones de vulnerabilidad severa. No obstante, este perfil tiene una incidencia muy limitada en el ámbito empresarial, por lo que su impacto entre autónomos y pequeños negocios será reducido.  

En la práctica, la rebaja beneficiará principalmente a autónomos que trabajan desde casa o a pequeños negocios con consumos eléctricos moderados, mientras que otros perfiles seguirán soportando el tipo general del 21%, en un contexto de elevada volatilidad de los precios energéticos. 

Otro aspecto relevante es que la medida tiene carácter temporal. Aunque está prevista hasta el 30 de junio de 2026, su continuidad dependerá de la evolución de los precios de la electricidad, ya que el propio decreto vincula su mantenimiento a determinados umbrales de precios en el mercado energético. 

El ahorro real será de unos 10 euros por cada 100 de consumo 

Según los expertos consultados, la rebaja del IVA sí tendrá un efecto directo en la factura eléctrica de los negocios que puedan acogerse. Al reducirse el tipo del 21% al 10%, el ahorro fiscal se traslada de forma inmediata al importe final que paga el autónomo o la pyme.  

«El ahorro dependerá, lógicamente, de lo que consuma cada uno. Más o menos, por cada 100 euros de factura mensual, habría unos 10 euros de descuento fiscal”, explicó José Luis Riesgo, director de Servicios de la Gestoría Energética VIVOLT. 

Esto significa que un pequeño negocio con una factura eléctrica de 400 euros al mes podría ahorrar en torno a 40 euros, mientras que otro con un consumo más reducido, de unos 200 euros, vería una rebaja aproximada de 20 euros mensuales. 

No obstante, este ahorro sólo se aplicará a aquellos suministros que cumplan con el límite de potencia exigido por la norma. En caso contrario, el negocio seguirá abonando el IVA al 21%, sin beneficiarse de esta reducción fiscal. 

Los autónomos podrán cambiar tantas veces como quieran de potencia eléctrica 

Más allá de la rebaja fiscal, el Real Decreto-ley 7/2026 introduce una medida clave para reducir costes: la flexibilización de los contratos de suministro eléctrico. En concreto, la norma permite a autónomos y empresas modificar las condiciones de su contrato sin las restricciones habituales, con el objetivo de adaptar el consumo a la situación real de la actividad.  

Los negocios que utilicen gas o carburantes sí se beneficiarán de la rebaja fiscal sin límites de consumO
Los negocios que utilicen gas o carburantes sí se beneficiarán de la rebaja fiscal sin límites de consumo.

En la práctica, esto supone que los negocios podrán cambiar la potencia contratada aunque ya lo hayan hecho en el último año, algo que en condiciones normales sólo está permitido una vez cada doce meses. 

Tal y como explicó José Luis Riesgo, director de Servicios de la Gestoría Energética VIVOLT, “se puede modificar la potencia contratada, aunque se haya hecho hace menos de un año. Normalmente, sólo se puede ajustar la potencia una vez al año. Dadas las circunstancias especiales, se permite hacerlo”. 

Este cambio cobra especial relevancia en un contexto de incertidumbre económica, ya que permite a muchos negocios reducir su potencia y, con ello, la parte fija de la factura eléctrica, especialmente en situaciones de caída de actividad o incluso de paralización temporal. “Esto es, sobre todo, para aquellos negocios que no fueran rentables ahora mismo y tengan que suspenderse, minimizando la potencia, que es la cuota fija que se paga siempre”, añadió el experto. 

El impacto económico de esta medida dependerá, en gran medida, del tipo de contrato. Según explicó Riesgo, “será ahorro real para el que tenga un contrato a precio fijo”, mientras que en los contratos a precio variable el efecto puede ser distinto, ya que las comercializadoras trasladarán las subidas del mercado. 

En estos casos, la rebaja del IVA puede actuar como un elemento de compensación parcial. “Los negocios que tengan un contrato de electricidad a precio variable, si tienen hasta 10 kW de potencia, tendrán la ayuda del Gobierno rebajando el IVA. Pero, si tienen contrato con precio variable, su compañía le va a ir repercutiendo las probables subidas de precio que ocurran”, explicó. 

El IVA del gas sí se rebaja en todos los casos del 21% al 10% y también se flexibilizan los contratos

A diferencia de lo que ocurre con la electricidad, el Real Decreto-ley 7/2026 establece una rebaja del IVA del gas natural del 21% al 10% aplicable a todos los consumidores, sin límites de potencia o consumo.  

Esto supone que cualquier autónomo o negocio que utilice gas podrá beneficiarse directamente de esta reducción fiscal, independientemente de su tamaño o nivel de consumo, lo que amplía notablemente el alcance de la medida frente a la electricidad. 

Además, la norma incorpora también medidas específicas para flexibilizar los contratos de suministro de gas, recogidas en su articulado. En concreto, permite a los negocios adaptar sus condiciones de consumo sin asumir penalizaciones, algo especialmente relevante en un contexto de incertidumbre y encarecimiento energético.  

Tal y como explicó José Luis Riesgo, director de Servicios de la Gestoría Energética VIVOLT, “el IVA del gas sí se rebaja para todos los casos del 21% al 10%”. Pero, además, subrayó que esta medida se complementa con otras herramientas que pueden generar ahorro adicional en determinados perfiles. 

En el caso de negocios con un consumo elevado -por ejemplo, restaurantes-, el experto apuntó que “para el que tenga un consumo alto, más de 50.000 kWh/año, que se llama RL.4 o RL.5, puede beneficiarse de ajustes en su contrato”. En estos supuestos, un autónomo puede incluso suspender temporalmente el suministro si la actividad no resulta rentable, sin que se le apliquen penalizaciones por cancelación. 

Asimismo, estos negocios pueden solicitar a su comercializadora una reducción en los peajes o costes fijos del contrato, lo que permite ajustar aún más la factura energética. “Si su suministro es de tipo RL.4, le aplicarían el de RL.3. Esto siempre es una ayuda”, explicó Riesgo. 

En conjunto, estas medidas permiten no sólo reducir la carga fiscal sobre el gas, sino también adaptar el contrato a la actividad real del negocio. 

Además, El decreto también rebaja del 21% al 10% el IVA aplicable a los carburantes y combustibles, aunque esta reducción, igual que en otros productos energéticos, queda sujeta a la evolución del IPC y podría decaer en junio. 

Expertos y asociaciones valoran las medidas, pero advierten de que pueden no ser suficientes 

Las medidas incluidas en el Real Decreto-ley 7/2026 responden a una demanda que tanto expertos como asociaciones de autónomos venían trasladando desde el inicio de la escalada de precios energéticos. En términos generales, la valoración es positiva, aunque con matices sobre su alcance real. 

En este sentido, José Luis Riesgo, director de Servicios de la Gestoría Energética VIVOLT, explicó que las medidas son “muy positivas” e “interesantes”, aunque advirtió de que “quizás no suficientes si la cosa se agrava o se prolonga”. 

En la misma línea se pronunció el presidente de ATA, Lorenzo Amor, quien señaló que “bajar impuestos y el IVA a luz, gas y carburantes es lo que estábamos demandando y habíamos solicitado al Gobierno, por lo que celebramos que el Consejo de Ministros lo apruebe”. 

No obstante, el presidente de ATA advirtió a través de la red social X de que estas medidas podrían quedarse cortas para algunos sectores especialmente afectados. “No será suficiente: autónomos del campo, la industria y el transporte necesitarán medidas adicionales. La situación se va complicando cada día que avanza el conflicto en Irán”, señaló. 

Además, tanto los expertos como las asociaciones recordaron que el paquete aprobado deberá ser convalidado en el Parlamento para mantenerse en vigor, en un contexto de elevada incertidumbre política que podría condicionar su continuidad.