El marco europeo que establece un nuevo sello distintivo para proteger los productos artesanales e industriales de los autónomos ha entrado en vigor. Mediante este sello, de Indicación Geográfica (IG), los productos artesanales o industriales serán distinguidos por su calidad, renombre y origen geográfico en nuestro país, reforzando su valor económico y cultural dentro y fuera de España.

Con la nueva norma europea (Reglamento UE 2023/241), se armoniza esta figura en todo el territorio para otorgar a los productos artesanales e industriales una protección similar a la que ofrecen el sello de Denominación de Origen Protegida (DOP). O las propias Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), que se dan a diferentes alimentos y bebidas en nuestro país. 

De hecho, España ya se encuentra adaptando su legislación a través de un proyecto de Real Decreto, puesto en marcha por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), adjunta al Ministerio de Industria y Turismo. Éste servirá como trampolín para adaptar esta normativa europea y respaldar la protección que se proporcione a estos productos mediante el sello de calidad.

  1. Se crea el nuevo sello de protección IGAI
  2. Los antiguos sellos de protección DOP e IGP no desaparecen
  3. ¿Cómo solicitar el sello de protección IGAI para productos artesanales e industriales?

Se crea el nuevo sello de protección IGAI

La OEPM señaló que la normativa ha creado un título único de protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales, independiente de los otros dos sellos. Esta figura es la Indicación Geográfica (IG), que aplicada al sector artesanal e industrial recibe el nombre de IGAI (Indicaciones Geográficas de Productos Artesanales e Industriales).

Mediante este sello, se otorgan varios atributos a estos productos:

  • Se potencia y resguarda la calidad del producto artesanal o industrial. De esta forma, tanto consumidores, como otros productores, pueden confiar en su calidad reconocida bajo el sello de indicación. 
  • Se protege al producto y los productores contra posibles falsificaciones, facilitando también los incentivos para invertir en estas manufacturas.
  • Se le proporciona protección en toda la UE y reconocimiento internacional.

Para poder recibir la protección, las agrupaciones de productores, o, en determinados casos, el productor único, tendrán que solicitar el sello. Esto permitirá que este tipo de reconocimiento sea válido tanto en España como en el resto de la Unión Europea. 

Los antiguos sellos de protección DOP e IGP no desaparecen

Las figuras ya existentes, como la Denominación de Origen Protegida (DOP) y la Indicación Geográfica Protegida (IGP), y que sellan diferentes productos alimenticios o bebidas, convivirán con este nuevo sello europeo, ampliando la protección de calidad de un mayor número de productos nacionales. 

“Los sistemas de DOP e IGP que existían y siguen existiendo en España, al margen de la llegada de las IGAI (…) no van a desaparecer. Estas figuras tienen su propia regulación europea y nacional, que es distinta e independiente de las IGAI”.

Para diferenciar, los productos DOP son los que tienen una serie de características o presentan una calidad que se debe al medio geográfico en el que se producen, y del que reciben el nombre, gracias a una serie de factores naturales y humanos. De esta forma, su producción, transformación y elaboración se circunscribe a una zona geográfica específica con determinadas condiciones.

Entra en vigor un nuevo sello para proteger y reconocer los productos artesanales e industriales 
Entra en vigor un nuevo sello europeo para reconocer y proteger los productos artesanales e industriales.

Por otro lado, los productos IGP presentan alguna cualidad o característica, o cuentan con una reputación, que puede atribuirse también a un origen geográfico determinado, donde se delimita su producción, su transformación, o su elaboración. 

Existe también un tercer sello, al margen de las nuevas IGAI, denominado Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG), que identifican a los productos que presentan una serie de características propias que los diferencian particularmente de otros productos de su misma categoría, y que se elaboran con materias primas y procesos de producción tradicionales.

El sello IGAI añade ahora una protección e identificación análoga para productos que son artesanales o industriales armonizada en todo el territorio de la UE, especialmente, ante la regulación diversa o carente en los diferentes países para este tipo de artículos. “Tanto por esa dispersión normativa como por la falta de reconocimiento mutuo entre los Estados Miembros”. 

¿Cómo solicitar el sello de protección IGAI para productos artesanales e industriales?

En primer lugar, para que el nombre de un producto artesanal o industrial pueda acogerse a la protección de Indicación Geográfica, tiene que cumplir estas pautas, sin que se puedan presentarse nombres genéricos:

  • Debe ser originario de un lugar, región o país específico. 
  • Debe presentar una calidad, renombre u otra característica específica que venga atribuida a raíz de su origen geográfico. 
  • Al menos una de sus fases de producción debe llevarse a cabo en la zona geográfica en cuestión. 

Pasos para solicitar el sello de protección IGAI

Una vez cumplidos estos requisitos, los negocios dedicados a producir o elaborar artesanías o productos industriales deberán redactar un pliego de condiciones, con el que detallar sus características esenciales y el cumplimiento de los requisitos mencionados. Estos formarán parte de la solicitud, que puede presentarse desde el pasado 1 de diciembre.

En conjunto, la solicitud tendrá que estar compuesta de:

  • Una instancia.
  • El pliego de condiciones. 
  • Un documento único con el resumen o ficha del contenido del pliego. 

Presentadas las solicitudes, concurrirán en una primera fase a nivel nacional para su examen y, posteriormente, serán analizadas en una segunda, que llevará a cabo la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). 

En el caso de aquellos productores o agrupaciones de productores que obtengan un informe favorable en la primera fase, pasarán a depender de la valoración de la EUIPO en la segunda, que decidirá finalmente si registra o no el nombre.