1. Estas serán las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que deberán pagar los autónomos este año
  2. Miles de autónomos adelantan a Hacienda dinero que luego se les devuelve

Con la entrada del 2025, como ocurre cada año, Hacienda ha publicado los tipos de las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que deberán aplicar los autónomos, dependiendo de su situación, durante los próximos meses.

Como confirmaron a este diario fuentes de la propia Agencia Tributaria, para este año se mantendrán todos los porcentajes que, dependiendo del caso, los autónomos tendrán que retener de sus rendimientos netos e ingresarlos a Hacienda por anticipado. Sin embargo, estos tipos podrían ir cambiando a lo largo del 2025.

Las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sirven a los autónomos para ir adelantando a Hacienda parte de los impuestos que tendrán que pagar en la próxima declaración de la RENTA por su actividad. En la mayoría de los casos, deben presentar el Modelo 190 trimestralmente.

Además, habitualmente serán los clientes de los autónomos quienes tendrán que retener este dinero para su posterior abono a Hacienda. Y, en el lado opuesto, muchos autónomos que reciban una factura de otro trabajador por cuenta propia serán quienes deban descontar este dinero y pagárselo al Fisco cuando corresponda.

El mantenimiento de las retenciones se produce mientras la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) lleva tiempo reclamando una reducción de los tipos, teniendo en cuenta que Hacienda termina devolviendo este dinero en muchos casos. En este sentido, su presidente, Lorenzo Amor, afirmó en una entrevista concedida a este diario que el colectivo estaría actuando como “banco o financiera del Estado”.

Estas serán las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que deberán pagar los autónomos este año

Por los ingresos correspondientes a su actividad económica

  • Con carácter general, se aplicará un 15%.
  • Por determinadas actividades profesionales, recogidas en la Ley del IRPF, se permite una retención del 7%.
  • Nuevos autónomos, durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes: 7%.
  • Rendimientos derivados “de la cesión del derecho a la explotación de la imagen, cuando éstos tengan para su perceptor la calificación de rendimientos derivados de su actividad profesional”: 24%.
  • Actividades agrícolas y ganaderas en general: 2%.
  • Actividades de engorde de porcino y avicultura: 1%.
  • Actividades forestales: 2%.
  • Determinades actividades empresariales en estimación objetiva -o módulos-: 1%.
  • Rendimientos por la cesión de derechos de imagen: 24%.

Por las rentas del trabajo

Por otro lado, algunos de los rendimientos que pueden recibir los autónomos corresponden a las rentas del trabajo. Es decir, por las que tributan los asalariados. Son las siguientes:

  • Consejeros y administradores de sociedades con una cifra de negocios superior a 100.000 euros: 35%.
  • Consejeros y administradores de entidades con una cifra de negocios inferior a 100.000 euros: 19%.
  • Cursos, conferencias, coloquios, seminarios o similares: 15%.

Por otros rendimientos

Por último, Hacienda también ha confirmado otros tipos de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que los autónomos podrían tener que realizar este año, dependiendo de sus circunstancias. Son los siguientes

  • Aprovechamientos forestales en montes públicos: 19%.
  • Transmisión de derechos de suscripción: 19%.
  • Transmisión de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva: 19%.
  • Arrendamientos o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos: 19%.

Miles de autónomos adelantan a Hacienda dinero que luego se les devuelve

La cuestión de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF ha sido motivo de queja por parte de las asociaciones de autónomos, como ATA, en los últimos meses. En este sentido, explicaron que, aunque se trata de un procedimiento necesario para que los trabajadores por cuenta propia no tengan que pagar de golpe todo el impuesto en la RENTA, en muchos casos Hacienda termina devolviéndoles dinero.

Así, estas retenciones podrían estar generando graves problemas de liquidez para millones de autónomos en España. Según confirmaron a este diario en un artículo anterior los asesores fiscales, es un importante freno para el crecimiento de los negocios más pequeños, sobre todo durante sus primeros meses de vida.

Por ello, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha venido reclamando al Gobierno una reducción en los porcentajes que deben retener e ingresar a Hacienda los autónomos, puesto que los trabajadores por cuenta propia estarían “actuando de banco o financiera del Estado”, valoró.

“Efectivamente, luego sale a devolver cantidades que has tenido que ir anticipando a lo largo del año, pero supone una gran diferencia con los asalariados”, expresó a este medio María Dolores Ortega, vocal del Comité Ejecutivo de Asefiget. Para ella, la prueba más evidente se encuentra en un ejemplo: “Mientras un autónomo con rendimientos de 1.000 euros mensuales tiene que adelantar trimestralmente 600 euros, un asalariado con una nómina de 1.000 euros, habitualmente, no llega ni al 2% de retención”, concluyó.