Hacienda ha advertido a 437.000 autónomos, durante esta campaña de la renta, sobre operaciones realizadas a través de plataformas digitales, como Wallapop, Vinted, Milanuncios, Airbnb o marketplaces de prestación de servicios. La Agencia Tributaria ha confirmado a este diario que dichos mensajes afectan a actividades comunicadas por terceros, en aplicación de la directiva europea DAC7, que obliga a determinadas plataformas a informar sobre la actividad de sus usuarios.
Para los autónomos y pequeñas empresas que trabajan vía web, la principal novedad es comprobar hasta qué punto Hacienda utiliza ya esa información, antes incluso de que se presente la declaración. Y es que la medida no afecta solo a quienes venden artículos de segunda mano en internet. Alcanza a quienes prestan servicios, alquilan inmuebles o ceden medios de transporte mediante plataformas digitales; un ámbito en el que operan numerosos profesionales por cuenta propia.
Y aunque la Agencia Tributaria insiste en que estos avisos tienen un carácter preventivo y no implican necesariamente una deuda tributaria, su aparición en los datos fiscales demuestra que el fisco dispone de cada vez más herramientas para contrastar la información declarada por los autónomos. En la práctica, cualquier profesional que obtenga ingresos a través de internet debería revisar con atención si esos tienen que declararse y bajo qué concepto.
- Las plataformas de segunda mano informan a Hacienda sobre determinados usuarios
- No todas las ventas generan impuestos
- Hacienda puede considerar que existe actividad empresarial en las ventas
- Más de 8.500 millones de euros en operaciones
Las plataformas de segunda mano informan a Hacienda sobre determinados usuarios
El mensaje de la Agencia Tributaria forma parte del esquema general de prevención de errores que se despliega cada año durante la campaña de la renta. En esta primera fase, los mensajes aparecen incorporados en los propios datos fiscales del contribuyente para recordar que Hacienda lo sabe: que ha recibido determinada información que podría tener relevancia tributaria.
Superar las 30 operaciones anuales no convierte automáticamente al vendedor en empresario. Ese umbral sirve para la comunicación de información por parte de las plataformas, pero la existencia de una actividad económica depende de otros factores que Hacienda analiza caso por caso.
La información procede tanto de declaraciones de terceros como de mecanismos de intercambio de datos entre administraciones tributarias. Gracias a este sistema, la agencia puede conocer operaciones realizadas a través de plataformas digitales y advertir al contribuyente antes de que confirme o modifique su declaración. El objetivo es que el contribuyente revise la información disponible antes de cometer errores que puedan dar lugar a comprobaciones posteriores.
La base jurídica de este sistema es DAC7, una normativa europea diseñada para aumentar la transparencia fiscal en la economía digital. Las plataformas deben comunicar información sobre determinados usuarios, cuando se superan ciertos umbrales de actividad o ingresos. Lo que permite que las autoridades tributarias dispongan de datos mucho más completos que hace apenas unos años.
Sin embargo, recibir uno de estos avisos no significa automáticamente que exista una obligación de pagar impuestos adicionales. La propia Agencia Tributaria recuerda que la información recibida es parcial y que cada caso debe analizarse individualmente. Por eso, la recepción del mensaje no implica por sí sola una irregularidad fiscal.
No todas las ventas generan impuestos
Una de las dudas más frecuentes entre los usuarios de plataformas digitales tiene que ver con la venta de productos de segunda mano. Muchas personas creen que cualquier operación realizada en internet debe declararse, cuando en realidad la situación es más compleja.
En la mayoría de las ventas entre particulares no existe una ganancia patrimonial. Un ordenador, un teléfono móvil o un mueble suelen venderse por un importe inferior al que costaron originalmente, debido al desgaste y al paso del tiempo. Cuando eso ocurre, no existe beneficio económico y, por tanto, tampoco una ganancia patrimonial que tribute en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Lo importante es poder acreditar que la venta se realizó con pérdidas respecto al precio de compra.
La situación cambia cuando el vendedor obtiene un beneficio. Puede ocurrir con artículos de colección, objetos que se han revalorizado o productos adquiridos específicamente para su posterior reventa. En esos casos sí puede existir una ganancia patrimonial sujeta a tributación.

Por este motivo, los asesores fiscales recomiendan conservar facturas, tiques y cualquier documento que permita demostrar el valor de adquisición de los bienes vendidos. Esta documentación puede resultar fundamental si Hacienda solicita aclaraciones sobre una operación concreta o si el contribuyente necesita justificar el importe por el que compró el producto años atrás.
Hacienda puede considerar que existe actividad empresarial en las ventas
La cuestión adquiere una dimensión diferente cuando las operaciones dejan de ser ocasionales y pasan a formar parte de una actividad económica organizada. En ese escenario, Hacienda puede considerar que no se trata de simples ventas entre particulares, sino de una actividad profesional o empresarial.
Para determinarlo, la Administración suele analizar factores como la habitualidad, el volumen de operaciones, la existencia de medios organizados o la intención de obtener beneficios de forma continuada. Cuando concurren estas circunstancias, los ingresos pueden tener que declararse como rendimientos de actividad económica y no como simples ganancias patrimoniales.
Esta posibilidad afecta sobre todo a profesionales que utilizan plataformas digitales para captar clientes, comercializar productos o prestar servicios. El crecimiento de la economía digital ha multiplicado este tipo de situaciones y ha hecho que muchas actividades que antes se desarrollaban fuera de internet ahora queden registradas y documentadas. Por eso resulta importante diferenciar una venta ocasional de una actividad desarrollada con carácter habitual.
Los avisos vinculados a DAC7 tampoco se limitan a la compraventa de objetos. La información comunicada por las plataformas puede referirse a prestaciones de servicios, alquileres de inmuebles o alquileres de vehículos, ámbitos donde la presencia de autónomos es muy significativa.
Más de 8.500 millones de euros en operaciones
El interés de Hacienda por este mercado se explica también por su enorme crecimiento durante los últimos años. Según datos de Milanuncios y Appinio, el mercado de segunda mano mueve más de 8.500 millones de euros anualess, y el 96% de los españoles ha utilizado alguna vez este tipo de plataformas.
Estas cifras muestran hasta qué punto las operaciones realizadas por internet forman ya parte de la economía cotidiana. Millones de personas compran, venden, alquilan o prestan servicios a través de aplicaciones y páginas web, generando un volumen de actividad que resulta imposible de ignorar para las autoridades tributarias.
La incorporación de 437.000 avisos en los datos fiscales refleja precisamente esa realidad. Hacienda no está enviando requerimientos ni sanciones de forma automática, pero sí está utilizando la información disponible para recordar que determinadas operaciones pueden tener consecuencias fiscales. El mensaje es claro: cada vez quedan menos transacciones fuera del radar de la Administración tributaria.
Las sanciones por incumplir las obligaciones fiscales pueden partir de los 300 euros, además de los recargos e intereses que correspondan en cada caso. Por ello, quienes obtengan ingresos a través de plataformas digitales deberían comprobar con detenimiento cuál es su situación tributaria y asegurarse de que la información incluida en la declaración refleja correctamente la actividad realizada.





