1. El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que obligará a los autónomos a emitir facturas electrónicas 
  2. Confirmado el calendario para que empiece a aplicarse la factura electrónica obligatoria
  3. ¿Cómo funcionará la factura electrónica obligatoria para autónomos y pymes?
  4. Plazo de transición hasta que la mayoría de autónomos y pymes deban usar factura electrónica

El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto de la factura electrónica, que obligará a todas las empresas y autónomos a emitir facturas electrónicas en sus operaciones con otros negocios.

El texto obliga a los trabajadores por cuenta propia a enviar y recibir facturas digitales con un formato específico en todas sus operaciones B2B (Business to Business). Una obligación implementada a través del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa para reducir la morosidad y los tiempos de pago.

Como comunicó el Ministerio de Economía, la entrada en vigor dependerá del Ministerio de Hacienda. Fuentes de la Agencia Tributaria confirmaron a este diario que las fechas ya están cerradas y esta plataforma se activará a mediados del año que viene.

Por lo tanto, confirmaron estas mismas fuentes, la entrada en vigor de la obligación de emitir facturas electrónicas se producirá, para los empresarios y profesionales con un volumen de operaciones superior a los 8 millones de euros, a partir de julio de 2027, y para autónomos y empresas con volumen de facturación inferior a los 8 millones de euros, a partir de julio de 2028.

La esperada norma se complementa con el Reglamento de Programas de Facturación o Reglamento Verifactu –que se implementa a través del Ministerio de Hacienda– para establecer los requisitos que tendrán que tener los programas que se utilicen para facturar digitalmente. 

Dado que este último retrasó su entrada en vigor al año que viene, ambas normativas comenzarán a implementarse de manera obligatoria a partir de 2027, coincidiendo en el tiempo. Precisamente, el presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, pidió en una entrevista a este diario que Hacienda y Economía se coordinaran para que la factura electrónica y los programas de facturación obligatorios entraran en vigor al mismo tiempo, con el fin de simplificar la adaptación para los autónomos.  

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que obligará a los autónomos a emitir facturas electrónicas 

Con este texto, se desarrolla una parte de la Ley Crea y Crece, pasando España a alinearse con la estrategia europea de digitalización del IVA (iniciativa VIDA).

El Ministerio de Economía publicará el Real Decreto para controlar más de cerca los impagos. En España, el plazo medio de pago se encuentra cerca de los 80 días, frente al límite marcado por la Ley de morosidad, que establece un período máximo de 60 días. 

Con la nueva factura electrónica B2B, la Administración podrá vigilar cuándo se emite, se acepta y se abona cada factura y monitorear el cumplimiento real de los tiempos de pago. Por otro lado, autónomos y pymes también tendrán un mayor control sobre cuando cobran y pagan sus facturas, siendo los autónomos y pequeños negocios los que experimentan las peores consecuencias por la morosidad. 

Aprobado este Real Decreto, sólo quedaba que se confirmara cuándo entraría en vigor el repositorio universal de facturas que depende de Hacienda. Y al parecer, el calendario para la creación de esta plataforma ya está cerrado.

De este modo, lo más seguro es que la obligación de emitir facturas electrónicas entre en vigor junta a la obligación de usar programas de facturación electrónica, más conocida como el reglamento Verifactu.

Confirmado el calendario para que empiece a aplicarse la factura electrónica obligatoria

En principio, la factura electrónica entraría en vigor  a partir de julio de 2027. En concreto, el Ministerio de Economía aseguró que «los plazos -para empezar a aplicar la factura electrónica- comenzarán a computar desde la publicación de la orden ministerial de Hacienda que regulará los aspectos técnicos de la solución pública», Esta solución pública consiste en un repositorio de facturas de Hacienda, que permitirán remitirlas al propio Ministerio de Economía y controlar los tiempos de pago.

Con esta información, salvo cambios que puedan producirse más adelante, el calendario de obligaciones en materia de facturación pasa a ser el siguiente:

  • Julio de 2026. 
    • ​Para el 1 de julio de 2026, se publicará, como tarde, la orden de Hacienda que regula la creación del repositorio de facturas (solución pública).
  • Enero de 2027.
    • Entra en vigor la obligación de cumplir con los requisitos de los programas de facturación para declarantes del Impuesto de Sociedades.
  • Julio de 2027.
    • Entra en vigor la factura electrónica para autónomos y empresas que hayan facturado más de 8 millones en el año anterior.
    • Entra en vigor la obligación de cumplir con los requisitos de los programas de facturación para declarantes del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF).
  • Julio de 2028.
    • Entra en vigor la factura electrónica para autónomos y empresas que hayan facturado menos de 8 millones en el año anterior.
Aprobada la factura electrónica para autónomos y empresas, que entrará en vigor en 2027
Aprobada la factura electrónica para autónomos y empresas, que entrará en vigor en 2027.

¿Cómo funcionará la factura electrónica obligatoria para autónomos y pymes?

El Real Decreto establecerá la factura electrónica como un fichero estructurado de lectura automatizada y obligará a informar sobre los estados de cada factura. En concreto, la aceptación y la fecha de pago efectiva. De esta forma, se pondrá en control de la Administración la trazabilidad completa del circuito de facturación en cada operación.

Según señaló Economía, autónomos y empresas podrán optar por dos vías para intercambiar facturas electrónicas:

  • Plataformas privadas, que se encuentran interconectadas entre sí de forma que ningún autónomo se vea obligado a pertenecer exclusivamente a la plataforma de su cliente (esto se hace con independencia del software de facturación elegido para enviar y recibir las facturas).
  • La solución pública y gratuita que desarrolla la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que podrá emplear cualquier autónomo o empresa. Consistirá en un repositorio nacional de facturas electrónicas que funciona como cualquier otro software de facturación para emitir y recibir facturas. 

En ese sentido, la factura electrónica B2B permitirá a trabajadores por cuenta propia y pymes automatizar los procesos para recibir y enviar facturas. Se podrán leer directamente en los programas contables de los negocios.

Plazo de transición hasta que la mayoría de autónomos y pymes deban usar factura electrónica

Durante los 12 meses siguientes a la publicación del RD de factura electrónica, los autónomos y las empresas con una cifra de negocio superior a 8 millones de euros pasarán por un proceso transitorio, en el que deberán acompañar sus facturas electrónicas de un documento en formato PDF. 

Este procedimiento se llevará a cabo con la finalidad de que sean legibles a los empresarios y autónomos que aún no estén dentro del plazo para cumplir con la obligación. Es decir, para aquellos que tengan volumen de negocio inferior a los 8 millones.

Esto será así a menos que el destinatario acepte voluntaria y expresamente recibirlas en su formato original. Además, este documento en PDF podrá enviarse al destinatario por cualquier medio y no será necesario enviarlo a la solución pública de facturación de la Agencia Tributaria.