Las ayudas económicas dentro de una familia son una práctica frecuente, cuando alguno de sus miembros decide emprender o necesita sostener su actividad como autónomo. E incluso viceversa: si le va bien con su negocio y ayuda puntualmente a sus allegados ante un posible problema económico.

Una consulta reciente de la Dirección General de Tributos ha confirmado que donar dinero a un familiar no genera tributación en el IRPF para quien lo entrega, un criterio que despeja una de las dudas más habituales cuando padres, hijos u otros parientes apoyan económicamente un negocio.

La situación es bastante común en la economía real de los autónomos. Una madre puede ayudar a su hijo o hija dejándole dinero para abrir una clínica dental, montar un taller de bicicletas o poner en marcha un estudio de fotografía. Mientras que también puede darse el caso contrario: que un profesional que ya tiene su negocio por cuenta propia en funcionamiento transfiera cierta cantidad a sus padres para ayudarles a afrontar la reforma de su vivienda o cubrir un gasto importante imprevisto.

“Cuando el objeto donado es dinero en efectivo no hay ganancia ni pérdida patrimonial a integrar en el IRPF del donante, toda vez que no hay una diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión del bien donado”, explicó a este diario Sandra Caballero Martínez, letrada senior del Área Fiscal de Augusta Abogados.

  1. Los familires no tienen que pagar IRPF por prestar dinero a los autónomos
  2. El receptor sí que debe declarar la donación, y antes de 30 días
  3. Donación, préstamo familiar o aportación al negocio
  4. La importancia de documentar las transferencias de dinero
  5. Cómo acreditar una donación ante Hacienda

Los familiares no tienen que pagar IRPF por prestar dinera a los autónomos

“A diferencia de otros bienes como acciones, un inmueble o incluso criptomonedas, el dinero no tiene un valor distinto entre el momento en que se adquirió y el momento en que se dona”, señaló la abogada. Esta particularidad del dinero es la que explica por qué el criterio fiscal es diferente cuando lo que se transmite son bienes cuyo valor puede haber aumentado con el tiempo.

El matiz resulta especialmente relevante cuando la ayuda económica familiar no se materializa en efectivo, sino en activos que pueden haberse revalorizado. En esos casos, el impacto fiscal para quien dona el bien puede ser muy distinto, ya que la operación puede generar obligaciones en la declaración de la renta.

“La neutralidad en el IRPF no es una cuestión de parentesco, sino del tipo de bien que se dona. Si lo que se dona es dinero, el tratamiento es exactamente el mismo tanto si se realiza a favor de un hijo como de un amigo”, explicó Caballero Martínez.

En la práctica, esto significa que el criterio fiscal no cambia si la transferencia se produce entre familiares o entre otras personas (amigos, conocidos…), aunque en la realidad económica de muchos pequeños negocios el apoyo financiero suele proceder de padres, hijos o parientes cercanos, que quieren facilitar el inicio o la continuidad de una actividad.

El receptor sí que debe declarar la donación, y antes de 30 días

“Quien recibe el dinero debe presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Donaciones dentro del plazo de 30 días hábiles desde el día siguiente a la entrega”, indicó la experta. Una obligación que sí que recae sobre el beneficiario de la transferencia y debe cumplirse ante la Administración autonómica competente.

Sandra Caballero es letrada senior del Área Fiscal de Augusta Abogados
Sandra Caballero es letrada senior del Área Fiscal de Augusta Abogados.

El coste fiscal de esta operación no es igual en todo el país. “Para determinar la tributación en el Impuesto sobre Donaciones, el grado de parentesco influye directamente en el coste fiscal, y cada Comunidad Autónoma aplica sus propias reducciones y bonificaciones”, recuerda la letrada.

Por esa razón, una misma transferencia de dinero puede tener consecuencias fiscales muy distintas dependiendo del lugar de residencia del receptor. En algunas regiones la carga tributaria puede ser prácticamente inexistente, mientras que en otras el impacto económico puede ser mucho más elevado.

Donación, préstamo familiar o aportación al negocio

“Si el dinero se entrega a título puramente gratuito, sin intención real de que sea devuelto, estamos ante una donación”, explica Caballero Martínez. Esa calificación es la que determina qué impuesto se aplica a la operación.

En el ámbito de los autónomos, esta distinción resulta especialmente importante porque muchas transferencias de dinero se producen dentro del entorno familiar para sostener una actividad económica. En función de cómo se configure la operación, el tratamiento fiscal puede variar de forma significativa.

Cuando el dinero se entrega con la expectativa de devolución, la situación cambia. En ese caso la operación se encuadra dentro de la figura del préstamo familiar, que tiene implicaciones jurídicas y fiscales diferentes a las de una donación.

Hacienda confirma que dar dinero a hijos o padres no obliga a pagar impuestos al familiar que lo entrega.
Hacienda confirma que dar dinero a hijos o padres no obliga a pagar impuestos al familiar que lo entrega.

“El riesgo de no formalizar correctamente estas operaciones es que la Administración podría considerar que se está realizando una donación encubierta o incluso una ganancia patrimonial no justificada”, advirtió la experta.

La importancia de documentar las transferencias de dinero

“El mayor riesgo para el autónomo es recibir ingresos en cuentas personales o de actividad sin un soporte documental claro”, señaló Caballero Martínez. La ausencia de justificación puede provocar que la Administración interprete esos movimientos como ingresos no declarados.

Esta situación puede darse, por ejemplo, cuando un familiar transfiere dinero para apoyar el negocio sin dejar constancia escrita del motivo de la operación o sin que el receptor cumpla con las obligaciones fiscales correspondientes. “Para evitar problemas en una comprobación o inspección es fundamental dejar bien documentada la donación desde el primer momento”, explica la abogada.

La documentación adecuada permite acreditar la naturaleza de la operación y evitar interpretaciones fiscales desfavorables. En el ámbito de los autónomos, esta precaución cobra especial relevancia porque muchos movimientos de dinero se realizan entre cuentas personales y cuentas vinculadas a la actividad económica.

Cómo acreditar una donación ante Hacienda

“Lo ideal es formalizar la donación por escrito y conservar siempre el justificante bancario de la transferencia, que es la prueba clave de que el dinero ha pasado de una persona a otra”, concluyó la letrada senior del Área Fiscal de Augusta Abogados.

Además de ese documento, el receptor debe conservar la documentación relacionada con la presentación del impuesto correspondiente cuando la normativa autonómica así lo exija, ya que esa autoliquidación es la que acredita ante la Administración la naturaleza jurídica de la operación.