La Agencia Tributaria (AEAT) ha iniciado recientemente una campaña para informar a los autónomos y sus apoderados, como asesores y gestores, sobre la revocación en abril de estos apoderamientos, que les permiten realizar diversos trámites de los trabajadores por cuenta propia en su Sede Electrónica.

Este procedimiento proviene de la entrada en vigor el 2 de abril de 2021 de la Ley 30/2015, que limita la vigencia de los poderes que se inscriben en el Registro de Apoderamientos de la Agencia Tributaria a un máximo de cinco años, según apuntó a este medio la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España. 

En ese sentido, tras el plazo de cinco años, pueden ser prorrogados sucesivamente, pero deberán llevar a cabo el procedimiento para ello en los dos meses previos a la finalización de ese plazo. Por este motivo, la AEAT ha comunicado a los profesionales contables y tributarios la necesidad de renovar las prórrogas con una nueva campaña, a fin de que puedan continuar realizando los trámites de los autónomos y las empresas con las que trabajan sin mayores obstáculos.

  1. Miles de autónomos tendrán que renovar sus apoderamientos antes del 2 de abril
  2. Los autónomos que no renueven tendrán que solicitar nuevos apoderamientos

Miles de autónomos tendrán que renovar sus apoderamientos antes del 2 de abril

Los poderes inscritos en el registro desde la entrada en vigor de la norma alcanzan ahora, en 2026, el límite máximo para llevar a cabo la prórroga.

Es decir, siguiendo los plazos establecidos desde entonces en la norma, los poderes otorgados o recibidos antes del 2 de abril de 2021 pierden su efectividad el próximo 2 de abril de 2026.

Para facilitar el proceso, la AEAT ha puesto a disposición de los poderdantes diferentes opciones para prorrogar antes de esa fecha los apoderamientos (por otro período de hasta cinco años), previa autenticación, por los cauces ordinarios a través de la Sede Electrónica > Colaborar con la Agencia Tributaria > Registro de apoderamientos > Consulta, prórroga y revocación de apoderamientos otorgados. O a través del apartado Mis Expedientes/Mis alertas.  

Mediante esta alternativa se encuentra disponible una opción para realizar simultáneamente la prórroga de todos los poderes que vayan a perder su efectividad próximamente. Asimismo, pueden prorrogarse por el poderdante de forma presencial en las correspondientes delegaciones y administraciones, y mediante la presentación de documento público o documento privado con firma notarial ante la AEAT.

Miles de autónomos tendrán que prorrogar sus apoderamientos antes del 2 de abril
Miles de autónomos tendrán que prorrogar sus apoderamientos antes del 2 de abril.

“Todos los poderes inscritos en el registro pueden ser prorrogados en los dos meses previos al momento en que caducan. Eso quiere decir que hasta el 1 de abril de 2026 pueden prorrogarse aquellos otorgados o recibidos antes del 2 de abril de 2021”, señalaron fuentes de la AEAT.De esta forma, si el apoderamiento lleva “vivo” más de cinco años, tendrán que prorrogarlo ahora para que no pierda efecto. En cambio, si lleva un año y medio, aún le quedarían tres años y medio para su renovación. “Ahora, en abril, caducan los que llevan, en todo caso, más de cinco años. Por eso es más masivo”.

Los autónomos que no renueven tendrán que solicitar nuevos apoderamientos

En caso de los trabajadores por cuenta propia que no lleven a cabo la prórroga antes del 2 de abril de 2026, será necesario volver a gestionar e inscribir nuevos apoderamientos en el registro. 

También es posible emplear los apoderamientos que tenga en vigor en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado y sean válidos para actuar ante la AEAT, si los hay.