- Los herederos deben cerrar la actividad fiscal del autónomo y presentar los impuestos pendientes
- El negocio no siempre tiene que paralizarse el mismo día del fallecimiento
- Las facturas, las cuentas bancarias y las devoluciones también forman parte del problema
- Aceptar la herencia sin revisar las deudas puede comprometer el patrimonio familiar
El plazo para presentar la Declaración de la Renta 2025 terminó el pasado martes 30 de junio, y entre los contribuyentes obligados a cumplir con Hacienda también pueden estar los autónomos fallecidos durante el último ejercicio. En esos casos, son sus herederos quienes deben presentar la última declaración si el trabajador por cuenta propia cumplía los requisitos habituales para declarar.
Pero el IRPF es solo una parte del problema que deben resolver los familiares cuando fallece un autónomo. Además de presentar el IRPF del fallecido, pueden quedar pendientes declaraciones de IVA, retenciones, pagos fraccionados, facturas por cobrar o pagar, cuentas bancarias bloqueadas, cuotas a la Seguridad Social e incluso decisiones urgentes sobre la continuidad del negocio.
La cuestión tiene una importancia especial para pequeños negocios familiares, en los que la actividad suele depender directamente del titular y donde un fallecimiento repentino puede dejar clientes, encargos, empleados o recibos sin gestionar.
En este sentido, Valeria Hernández, responsable del Área de Autónomos de TaxDown, explicó a este diario que muchas familias “desconocen que determinadas gestiones siguen siendo obligatorias tras el fallecimiento, y que errores como utilizar el certificado digital o la Cl@ve del fallecido, que dejan de estar operativos, o no acreditar correctamente la condición de heredero,” suelen retrasar todavía más unos trámites que ya resultan especialmente delicados.
Los herederos deben cerrar la actividad fiscal del autónomo y presentar los impuestos pendientes
Cuando fallece un autónomo, sus familiares deben comunicar la defunción a la Agencia Tributaria y tramitar la baja en el censo de empresarios y profesionales, mediante el Modelo 036 o el Modelo 037. También deben gestionar la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para evitar que se sigan generando cuotas o incidencias posteriores.
Además, los herederos tienen que revisar qué obligaciones tributarias dejó pendientes el autónomo hasta la fecha del fallecimiento. Entre ellas pueden estar el Modelo 303 de IVA, las retenciones practicadas a trabajadores o arrendadores mediante los Modelos 111 y 115, o los pagos fraccionados del IRPF, a través de los Modelos 130 o 131.
A estas obligaciones se suma la última Declaración de la Renta del fallecido, que debe presentarse de forma individual y dentro del calendario general de la campaña. No puede integrarse en la declaración conjunta de la unidad familiar, salvo supuestos muy concretos anteriores al fallecimiento que conviene revisar con un asesor.
El problema, según la experta, es que muchas familias “descubren estas obligaciones cuando ya están gestionando otros trámites sucesorios, bancarios o administrativos”. Y claro, “ea acumulación de gestiones eleva el riesgo de dejar declaraciones sin presentar, perder devoluciones o recibir después requerimientos de Hacienda por una actividad que los herederos creían extinguida”.
El negocio no siempre tiene que paralizarse el mismo día del fallecimiento
Mientras la herencia todavía no ha sido aceptada ni repartida existe un periodo transitorio, conocido jurídicamente como herencia yacente, durante el que pueden adoptarse determinadas decisiones para evitar que el negocio quede completamente paralizado mientras la familia decide si continuará o no con la actividad.

Valeria Hernández explicó que, durante esa fase, «los herederos o la persona que actúe como representante de la herencia pueden seguir gestionando temporalmente la actividad para atender clientes y encargos pendientes, sin que el negocio tenga que pararse en seco el mismo día del fallecimiento”.
Esa continuidad, sin embargo, no puede prolongarse, sin regularizar la situación. Si uno de los herederos decide seguir con la actividad de forma estable, “deberá darse de alta a su propio nombre en Hacienda y en el RETA, o bien constituir una fórmula compartida, como una comunidad de bienes, cuando haya varios familiares implicados”, explicó la experta.
También conviene revisar cuanto antes la situación de los trabajadores, si los había. Según Valeria Hernández, «si el negocio continúa, los herederos se subrogan como nueva empresa y los empleados conservan sus contratos, antigüedad y condiciones; si finalmente no se continúa, los contratos se extinguen». Este punto es más delicado, si cabe, en comercios, hostelería, talleres o negocios familiares con uno o varios asalariados.
Las facturas, las cuentas bancarias y las devoluciones también forman parte del problema
Las facturas pendientes de cobro no desaparecen por el fallecimiento del autónomo. Pasan a formar parte de la herencia como un derecho de crédito. Mientras que las facturas pendientes de pago se integran como deudas que deberán ser atendidas con cargo a la herencia o por los herederos, según la forma en que acepten ésta.

Además, si el autónomo ya había emitido facturas antes de fallecer, puede haber IVA devengado que deba declararse, aunque el dinero todavía no se haya cobrado. Este punto puede generar tensiones de liquidez, sobre todo si al mismo tiempo las cuentas bancarias quedan bloqueadas hasta que la entidad comprueba quiénes son los herederos y qué documentación acredita sus derechos.
En la práctica, esa situación puede dificultar el pago de recibos, alquileres, nóminas, proveedores o impuestos, si el negocio dependía de la cuenta del autónomo fallecido. Por eso, además de los trámites fiscales, los familiares deben acudir a la entidad bancaria con el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos, y la documentación que exija el banco para desbloquear saldos o autorizar pagos.
Cuando la última Declaración de la Renta sale a devolver, los herederos pueden reclamar ese dinero mediante el Modelo H-100, previsto para solicitar el pago de devoluciones a herederos. Cuando el importe supera los 2.000 euros, el procedimiento exige además acreditar otra documentación. En ese caso, Valeria Hernández recordó que, además, “hay que acreditar que esa cantidad se ha incluido en el Impuesto sobre Sucesiones y, cuando hay varios herederos, aportar una autorización firmada por todos ellos, con copia de sus DNI, para que el importe se abone en una única cuenta”.
Aceptar la herencia sin revisar las deudas puede comprometer el patrimonio familiar
Los herederos no reciben solo derechos, saldos o facturas pendientes de cobro. También pueden recibir deudas tributarias, cuotas, recargos o intereses vinculados a obligaciones que el autónomo no llegó a regularizar antes de fallecer.
La forma de aceptar la herencia es clave para medir ese riesgo. Si los herederos aceptan pura y simplemente, pueden responder de las deudas con su propio patrimonio. “Por el contrario, si lo hacen “a beneficio de inventario”, limitan esa responsabilidad al valor de los bienes heredados”, aclaró la experta. “Una opción que puede resultar recomendable cuando todavía no se conoce con precisión la situación fiscal del negocio.
Existe además una diferencia importante entre las deudas tributarias y las sanciones, que muchos familiares desconocen. Como recordó Valeria Hernández, “según la Ley General Tributaria, las sanciones del fallecido no se transmiten a los herederos, pero sí la cuota dejada de ingresar, los recargos por presentación fuera de plazo y los intereses de demora”.
Es decir, que Hacienda no puede exigirles la multa impuesta al fallecido, pero sí la deuda tributaria pendiente y los costes añadidos por no haberla pagado a tiempo.
Por eso, antes de dejar pasar el plazo de la renta o cerrar la sucesión, los herederos deberían comprobar si el autónomo dejó declaraciones sin presentar, deudas aplazadas, facturas emitidas, IVA pendiente, trabajadores contratados, cuentas bloqueadas o devoluciones sin reclamar. Cada una de esas cuestiones puede acabar convertida en un requerimiento de Hacienda o en una pérdida económica para la familia.





