La Agencia Tributaria ha publicado el proyecto de la orden que introduce cambios en el modelo 202 para llevar a cabo los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto de Sociedades. En él ya se incluiyen los nuevos tipos impositivos reducidos para pymes y microempresas aprobados hace unos meses por el Gobierno.

Fuentes de la Agencia Tributaria explicaron a este medio que el pago fraccionado sigue establecido en el 18% para los negocios que los calculan por cuota íntegra o método basado en el año anterior, y no sufrirá ninguna modificación en este caso.

Sin embargo, los negocios que calculen sus pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades por la base imponible o método basado en el año en curso van a percibir la bajada de tipos que ya se hace efectiva en este ejercicio, reduciendo lo que tributan en el pago fraccionado.

“Si optan por el sistema de cálculo por cuota, para los pagos fraccionados no influye el cambio. Si optan por el sistema de cálculo por la base, sí que percibirán el cambio. Pero es posible que les siga compensando ir por cuota. Si ya iban por base el año pasado y este también, lo notarán de un año a otro. Si el año pasado fueron por cuota y este quieren ir por la base, habría que analizar cada caso en particular”, explicaron desde la Agencia Tributaria. 

La recomendación de los expertos fiscalistas y de Hacienda es que los negocios hagan los cálculos pertinentes, ya que podría seguir siendo más beneficioso para los autónomos seguir aplicando el método por la modalidad de cuota íntegra. Cabe recordar que, en ambos casos, la fecha para seleccionar el método finaliza este 28 de febrero. En el caso del primer pago fraccionado, para el que se prevé que ya surta efecto este modelo, será durante los veinte primeros días naturales de abril. 

Las pymes y microempresas podrán aplicar los nuevos tipos reducidos de Sociedades en sus pagos fraccionados

Este nuevo proyecto de orden modificará la  orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, para establecer el nuevo Modelo 202 con el que se llevarán a cabo los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades. 

Si bien aún puede sufrir modificaciones respecto al texto que se publique de manera definitiva, lo que sí contendrá el modelo serán los nuevos gravámenes para las pymes en el Impuesto de Sociedades introducidos por la Ley 7/2022, del pasado 20 de diciembre, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2025. 

Con estos cambios, aquellos negocios que opten hacer los pagos fraccionados a partir del método de la base imponible -de opción voluntaria para aquellos con una cifra neta de negocios inferior a seis millones de euros-, podrán aplicar estos cambios en su tributación desde el primer pago fraccionado.

En este último caso, al momento de rellenar el modelo, se les aplicarán los cambios según vayan seleccionando al momento de su cumplimentación telemática. 

Cambios en el Modelo 202 del Impuesto de Sociedades que entrarán en vigor en abril

Si los negocios calculan sus pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades por el sistema de cuota íntegra, el cambio será indiferente, ya que se opera aplicando un 18% a la cuota íntegra del último Impuesto de sociedades.  Es decir, se aplica un porcentaje fijo a una cantidad que ya figura en la declaración del último ejercicio. 

A esta cuota se le quitan las deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta correspondientes, y, sobre ese resultado, se aplica un 18% para obtener la cantidad a ingresar, un porcentaje que está regulado por ley y que no depende del propio gravamen final del impuesto en el IS, como explicó Raquel Jurado, secretaria técnica del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). 

Sin embargo, como recordó la asesora, en caso de que el negocio utilice el método de la base imponible, el pago fraccionado será a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día anterior al inicio de cada uno de los períodos de pago. Es decir, que para calcularlo se tiene en cuenta la base imponible del negocio existente justo antes de cada pago fraccionado -abril, octubre y diciembre-.

En esta modalidad, con carácter general, la cuantía del pago fraccionado es el resultado de aplicar a la base imponible del impuesto el porcentaje que resulte de multiplicar por cinco séptimos (5/7) el tipo de gravamen del impuesto, que, para este ejercicio, se ha reducido para los pequeños negocios y las pymes. 

Debido a que el pago sobre la base es una fracción del tipo que le toca a cada negocio o empresa en Sociedades, si este tipo se reduce de un año a otro, como sucede en este caso, supondrá también una bajada del pago fraccionado -siempre que se mantengan el resto de condicionantes, como reducciones, deducciones, actividad de la empresa, etc.-.

En cualquier caso, los fiscalistas recomiendan hacer los cálculos y asesorarse para saber qué fórmula podría ser más interesante para cada negocio, especialmente si el año pasado realizaron los pagos fraccionados a través del método de cuota íntegra y este año se plantean realizarlo a través de la base. 

“Se trata de hacer números. Con carácter general, la cuota es menor que la base. Pero hay que valorar cada caso en particular”, añadió Jurado. La fecha para que los negocios decidan cuál de los dos métodos aplicarán termina este 28 de febrero. 

Nuevos tipos impositivos en Sociedades para las pymes y las microempresas en 2025

Como ya avanzó este diario, estos cambios de la reforma fiscal han traído tipos reducidos específicos para los negocios considerados micropymes, así como disminuyendo el gravamen que se aplica a las pymes menos de diez millones de euros al año. 

En el primer caso, los negocios que facturan menos de un millón de euros al año pagarán impuestos con una rebaja significativa que se aplicará desde este ejercicio -al presentar el IS en 2026-. Estas empresas ya tributaban con un tipo inferior al general, del 23%, pero se ha reducido aún más:

  • Por los primeros 50.000 euros, pagarán un 21%. 
  • Entre esa cuantía y el millón de euros, pagarán un 22%. 

En el segundo caso, las pymes, con facturación entre uno y diez millones de euros, también mejorarán su tributación, pasando del tipo general del 25% a uno del 24%, con efectos también desde este ejercicio.