1. Entran en vigor nuevos tipos de entre el 19% y el 23% para pymes en el Impuesto de Sociedades
  2. Los tipos en el Impuesto de Sociedades seguirán bajando hasta 2029
  3. Otras rebajas que siguen en vigor para pequeñas empresas

Las pymes y autónomos societarios ya aplican en 2026 los nuevos tipos reducidos del Impuesto de Sociedades tras la reforma fiscal aprobada por Hacienda en 2024. Este ejercicio marca un punto de inflexión: entran plenamente en vigor los tramos rebajados en los pagos fraccionados y se consolida el calendario de descensos progresivos que continuará hasta 2029.

La reforma introdujo por primera vez una distinción clara entre microempresas y pymes en función de su facturación, con reducciones más intensas para los negocios que ingresan menos de un millón de euros al año.

En la práctica, 2026 es el primer año en el que miles de pequeños negocios notarán de forma directa estas rebajas en sus adelantos trimestrales -a través de los pagos fraccionados-. Además, en julio deberán presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2025, donde ya se aplicaron ciertas rebajas.

A partir de ahora, el calendario fiscal será descendente hasta 2029, con tipos que llegarán a situarse hasta ocho puntos por debajo del general en el caso de las microempresas.

Entran en vigor nuevos tipos de entre el 19% y el 23% para pymes en el Impuesto de Sociedades

Desde el 1 de enero de 2026 están en vigor los nuevos tipos reducidos del Impuesto de Sociedades en los pagos fraccionados. La reforma aprobada a finales de 2024 diseñó un sistema transitorio que rebaja progresivamente la tributación hasta 2029, con mayor intensidad para los negocios más pequeños.

Este año ya se aplican los siguientes tipos:

Cuánto pagarán las pymes y micropymes en el IS fraccionado en 2026

En los pagos fraccionados que se presentan en abril, octubre y diciembre de 2026, los tipos son los siguientes:

Para las micropymes (facturación inferior a un millón de euros):

  • 19% por los primeros 50.000 euros de base imponible.
  • 21% por el resto de base imponible hasta el millón de euros.

Para el resto de pymes (facturación entre uno y diez millones de euros) se aplicará un tipo general reducido del 23%.

Estas cifras suponen una reducción adicional respecto a los tipos aplicados en ejercicios anteriores y consolidan el trato diferenciado a las microempresas, una categoría que hasta la reforma no existía en la normativa del Impuesto de Sociedades.

Para muchas sociedades pequeñas, especialmente las que operan con márgenes ajustados, esta rebaja puede representar un ahorro relevante en tesorería a lo largo del ejercicio, ya que los pagos fraccionados se calculan sobre beneficios acumulados.

Desde el 1 de enero de 2026 están en vigor los nuevos tipos reducidos del Impuesto de Sociedades
Desde el 1 de enero de 2026 están en vigor los nuevos tipos reducidos del Impuesto de Sociedades

Cuánto pagarán en la declaración del Impuesto de Sociedades que se presenta en julio

En julio de 2026, las sociedades presentarán la declaración correspondiente al ejercicio 2025. En ese caso, se aplicarán los tipos vigentes para ese período impositivo, que fueron los siguientes:

Micropymes (menos de un millón de euros de facturación):

  • 21% por los primeros 50.000 euros.
  • 22% por el resto de base imponible hasta el millón.

Para las pymes con entre uno y diez millones de euros de facturación se aplicará un tipo del 24%.

Es decir, la declaración que se presente este verano reflejará ya la primera fase de la rebaja, pero los pagos fraccionados de 2026 incorporan una reducción adicional.

La convivencia de distintos tipos según el ejercicio puede generar cierta complejidad en la planificación fiscal de los pequeños negocios, que deben distinguir entre el tipo aplicable al cierre anual y el que se utiliza en los adelantos trimestrales.

Los tipos en el Impuesto de Sociedades seguirán bajando hasta 2029

La reforma no se agota en 2026. El calendario aprobado prevé descensos adicionales hasta 2029, especialmente para las microempresas.

Calendario para micropymes (menos de un millón de euros de facturación)

Tras los tipos de 2026, las rebajas continuarán del siguiente modo:

2027:

  • 17% por los primeros 50.000 euros.

20% por el resto hasta el millón.

Aunque el texto normativo detalla especialmente la reducción para 2027, el esquema general contempla que las microempresas puedan llegar a acumular hasta ocho puntos de diferencia respecto al tipo general tradicional del 25%.

Este calendario coloca a las microempresas como las principales beneficiarias de la reforma, con una tributación claramente inferior a la de ejercicios anteriores.

Calendario para pymes entre uno y diez millones de euros

En el caso de las sociedades con una facturación entre uno y diez millones, la rebaja será más gradual:

  • 2027: tipo del 22%.
  • 2028: tipo del 21%.
  • 2029: tipo del 20%.

Este descenso progresivo supone una reducción de cuatro puntos respecto al tipo general histórico del 25%, aunque el impacto es menos acusado que en el caso de las microempresas.

Para los autónomos societarios y pequeñas sociedades familiares, esta senda descendente permite planificar inversiones y decisiones de reparto de dividendos con mayor previsibilidad fiscal.

Otras rebajas que siguen en vigor para pequeñas empresas

Además del calendario general de reducción, continúa vigente el tipo reducido del 15% introducido por la Ley de Startups.

Este tipo puede aplicarse:

  • A empresas de nueva creación, durante el primer ejercicio en que obtengan beneficios y los tres siguientes.
  • A empresas emergentes que cumplan los requisitos de innovación y riesgo tecnológico establecidos en la ley.

Quedan excluidos los negocios que supongan la mera continuación de otra actividad previa o aquellos en los que un socio hubiera desarrollado la misma actividad con anterioridad y mantenga una participación superior al 50%.

La normativa define como empresa emergente aquella con un claro componente innovador, orientada a mejorar productos, servicios o procesos mediante soluciones nuevas o sustancialmente mejoradas y que asuma riesgo tecnológico o industrial.