La Audiencia Nacional ha puesto límites a una de las líneas de actuación más controvertidas de Hacienda en materia laboral y fiscal: la revisión unilateral de indemnizaciones por despido de trabajadores mayores de 50 años. El fallo obliga ahora a la administración tributaria a demostrar con pruebas reales que existe un acuerdo previo entre autónomo y empleado antes de exigir que esa indemnización tribute en el IRPF. Lo que, en la práctica, reduce el riesgo de regularizaciones automáticas que el fisco venía practicando en muchos negocios.
Hasta ahora, Hacienda consideraba sospechosos algunos despidos de trabajadores cercanos a la jubilación, sobre todo cuando aceptaban indemnizaciones inferiores a las legales o alcanzaban acuerdos rápidos en conciliación. El criterio que introduce la sentencia cambia el escenario, ya que no basta con esos indicios y obliga a justificar de forma sólida que hubo un acuerdo anticipado para extinguir la relación laboral.
Aunque el principal efecto de esta sentencia recae sobre los trabajadores despedidos -ya que son quienes podrían verse obligados a tributar en el IRPF por una indemnización que Hacienda considere pactada-, el fallo también afecta indirectamente a autónomos y pymes. En la práctica, reduce el margen de actuación de la inspección para cuestionar despidos basándose sólo en sospechas y aporta mayor seguridad jurídica a los negocios, aunque también les exigirá documentar con más rigor las causas del cese y acreditar que la decisión fue realmente unilateral.
“La carga de la prueba recae de forma inequívoca sobre la administración tributaria”, explicó a este diario César de la Puente Sanz, portavoz de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget). El experto subrayó que Hacienda “debe demostrar ahora, con pruebas reales y sólidas, la existencia de un pacto o acuerdo previo si quiere hacer tributar la indemnización”.
- Hacienda deberá probar el pacto y no basarse solo en meros indicios
- Los indicios seguirán existiendo, pero ya no bastan por sí solos
- Cómo deben actuar autónomos y pymes para evitar problemas
- La documentación será clave para defender la exención fiscal
- Los errores más frecuentes que pueden acabar en sanción
Hacienda deberá probar el pacto y no basarse solo en meros indicios
El cambio no implica que todas las indemnizaciones queden automáticamente protegidas, pero sí eleva el nivel de exigencia para la inspección tributaria. Como detalló De la Puente Sanz, ya no es suficiente “basarse en un conjunto de indicios para presumir un acuerdo”, sino que debe acreditarse que la causa real del cese no fue un despido, sino un acuerdo entre las partes.
Esto obliga a Hacienda a ir más allá de elementos como la edad del trabajador o el contexto de la salida; pautas que habían sido utilizados hasta ahora como argumentos para cuestionar la exención fiscal. Hacienda “debe probar que la voluntad extintiva no fue unilateral de la empresa, sino bilateral y preconcebida”, añadió De la Puente Sanz, marcando así la diferencia clave que introduce la sentencia.
En la práctica, esto supone que la Administración tendrá que aportar pruebas documentales o testimoniales que evidencien un acuerdo anticipado, como correos electrónicos o acuerdos internos, y no podrá apoyarse únicamente en interpretaciones o patrones habituales en este tipo de despidos.
Los indicios seguirán existiendo, pero ya no bastan por sí solos
A pesar de este giro, los indicios que venía utilizando Hacienda no desaparecen y seguirán actuando como señales de alerta en las inspecciones. Entre ellos, la edad cercana a la jubilación continúa siendo uno de los factores más relevantes, ya que puede sugerir que el despido sirve para cubrir el periodo hasta la pensión.

También pueden levantar sospechas las indemnizaciones inferiores a la máxima legal en despidos improcedentes, los acuerdos rápidos en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o la falta de una causa de despido bien definida. Según el portavoz de Asefiget, estos elementos “seguirán actuando como indicios importantes para iniciar una inspección”. Pero nada más.
En este sentido, el experto advierte de que el quid de la cuestión no es evitar estos escenarios, sino saber gestionarlos correctamente. “La clave es que el despido sea real y la causa esté sólidamente justificada”, señaló, al insistir en que el autónomo debe poder acreditar que la decisión se tomó de forma unilateral y responde a motivos económicos, organizativos o disciplinarios.
Cómo deben actuar autónomos y pymes para evitar problemas
El nuevo criterio obliga a los autónomos con empleados a ser más rigurosos en la forma en la que ejecutan y documentan los despidos de empleados. En especial, cuando afectan a los trabajadores de más edad. La sentencia refuerza la idea de que no basta con hacer las cosas bien, sino que hay que poder demostrarlo ante una posible inspección.
Uno de los puntos clave es la negociación en el SMAC, un paso habitual en muchos despidos. “La nueva sentencia refuerza que un acuerdo ante este organismo no invalida la exención”, explicó De la Puente Sanz, siempre que se trate de una forma de evitar un litigio y no de la formalización de un pacto previo.
Además, cuando se acuerde una indemnización inferior a la máxima legal, conviene dejar constancia de que ese ajuste responde a concesiones mutuas para evitar un juicio. Esta matización puede ser determinante para evitar que Hacienda interprete la situación como un acuerdo encubierto.
La documentación será clave para defender la exención fiscal
El experto insiste en la necesidad de construir un expediente completo que respalde la decisión adoptada. “Es fundamental conservar un expediente completo y coherente que demuestre la unilateralidad y la causalidad del despido,” señaló, lo que incluye desde la carta de despido hasta los informes económicos o disciplinarios que justifiquen la medida.

En los despidos objetivos, por ejemplo, será necesario aportar balances, cuentas de resultados o informes que acrediten las dificultades económicas o los cambios organizativos.
En tanto que, en los disciplinarios, deberán existir pruebas concretas del incumplimiento del trabajador, como comunicaciones internas o registros de incidencias.
Los errores más frecuentes que pueden acabar en sanción
Uno de los principales riesgos para autónomos y pymes no está tanto en el despido en sí, sino en cómo se gestiona el proceso previo. La falta de formalidad y de documentación sigue siendo la equivocación más corriente, según De la Puente Sanz. «La falta de formalidad y de documentación sigue siendo el error más habitual”, sobre todo en negocios de menor tamaño.
“No redactar una carta de despido adecuada o hacerlo con motivos genéricos es el error más grave”, advirtió el experto. Quien señala que la ausencia de pruebas facilita enormemente la decisión de la inspección de entrar más a fondo en el caso.
Otro fallo frecuente es dejar rastro de un pacto previo en correos electrónicos o mensajes; algo que puede convertirse en una prueba directa en contra de la empresa. “Y de hecho, es uno de los elementos que más fácilmente puede utilizar Hacienda para anular la exención”.
También pueden generar problemas las recontrataciones posteriores a través de otras sociedades o como autónomo, ya que pueden cuestionar la desvinculación real del trabajador. En todo caso, como resumió el portavoz de Asefiget, “esta sentencia es valiosa para defenderse de la actuación de Hacienda, pero exige a las empresas ser más rigurosas y metódicas que nunca a la hora de documentar y ejecutar un despido”.





