- Autónomos y empresas deberán tener un buzón de denuncias específico para sus becarios
- Trabajo admite que podrían aumentar las inspecciones en negocios con becarios
- Cuándo un becario puede considerarse un falso trabajador
- Qué sanciones pueden imponerse a los negocios
- Qué deben revisar ahora los autónomos y pymes con becarios
Los autónomos y pymes que cuenten con estudiantes en prácticas deberán extremar el control sobre cómo gestionan esas becas. El lanzamiento del nuevo buzón para las personas becarias crea un canal específico y anónimo para comunicar irregularidades, lo que puede traducirse en más denuncias y, en consecuencia, en más actuaciones inspectoras.
El Instituto de la Juventud será el encargado de recibir estas comunicaciones y ponerlas a disposición de la Inspección de Trabajo para su comprobación. Según explicó la presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca, que aumenten las denuncias y por tanto las inspecciones a los negocios con personas en prácticas “sería lo esperable”.
La medida coincide con la aprobación por el Consejo de Ministros del proyecto de Ley del Estatuto del Becario, que contempla sanciones que pueden alcanzar hasta 225.018 euros en los supuestos más graves, conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. De todos modos, la norma tendrá todavía que pasar el filtro del Parlamento para entrar en vigor.
Aún así, cualquier práctica que encubra una relación laboral, sustituya empleo estructural o carezca de verdadera finalidad formativa puede convertirse en un riesgo económico y jurídico para pequeños negocios y pymes.
Autónomos y empresas deberán tener un buzón de denuncias específico para sus becarios
El Buzón de las personas becarias es un canal específico promovido por el Ministerio de Juventud e Infancia y la Inspección de Trabajo para recibir denuncias anónimas de becarios y ex becarios que detecten irregularidades en sus prácticas.
El Instituto de la Juventud recopilará la información recibida y la pondrá a disposición de la Inspección de Trabajo, que podrá realizar las investigaciones y actuaciones oportunas para comprobar el cumplimiento de la normativa laboral.
Hasta ahora ya existía la posibilidad de realizar comunicaciones anónimas ante la Inspección. Sin embargo, según explicó Ana Ercoreca, la novedad es la creación de un buzón específico dirigido únicamente a becarios, lo que podría hacerlo “más intuitivo y más fácil” para quienes detecten irregularidades.
El Ministerio de Juventud ha indicado que el objetivo es identificar posibles casos en los que las prácticas se utilicen para sustituir empleo estructural que debería ser remunerado, lo que podría dar lugar a actuaciones inspectoras.
Trabajo admite que podrían aumentar las inspecciones en negocios con becarios
La propia presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social consideró que la creación del buzón puede incrementar las denuncias y, en consecuencia, las inspecciones. “Sería lo esperable”, afirmó.
En principio, el mecanismo sería el siguiente: el becario presenta una denuncia anónima a través del buzón; el Injuve la analiza en el marco del convenio firmado con la Inspección; y, si procede, se remite para su comprobación. A partir de ahí, la Inspección puede solicitar información y realizar actuaciones para verificar si la práctica cumple con la normativa.
Ercoreca señaló que desconoce el proceso exacto interno desde que el Injuve recibe la denuncia, pero indicó que, tras el análisis, la información se trasladaría a la Inspección debido al acuerdo existente entre ambos organismos.
Este circuito formaliza un canal específico que puede facilitar la comunicación de irregularidades y, en la práctica, aumentar el volumen de casos que lleguen a conocimiento de la autoridad laboral.
Cuándo un becario puede considerarse un falso trabajador
La Inspección de Trabajo se fija en determinados indicios o patrones para valorar si una práctica encubre una relación laboral. Según explicó Ana Ercoreca, se analizan elementos como el tipo de tareas, el horario, la organización del trabajo o la ausencia de tutor.

El blog del profesor Adrián Todolí, citado por Ercoreca, recoge criterios reiterados en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y distintos Tribunales Superiores de Justicia. Entre ellos:
- Si las tareas integran los cometidos propios de una categoría profesional, la relación puede ser laboral.
- Si la finalidad no es formativa sino productiva.
- Si el becario realiza trabajo autónomo sin supervisión.
- Si tiene el mismo horario que el resto de la plantilla.
- Si amplía su jornada en picos de actividad.
- Si no existe concordancia entre las funciones y los estudios.
- Si carece de tutor.
- Si la ratio tutor-becario impide una supervisión real.
El Tribunal Supremo ha señalado que la finalidad primaria de la beca debe ser facilitar la formación y no apropiarse de los resultados del trabajo del becario. Aunque no existe una uniformidad absoluta de criterios, sí se repiten patrones cuando se declara la existencia de un falso becario.
Qué sanciones pueden imponerse a los negocios
El régimen sancionador aplicable, salvo que se establezcan infracciones específicas en el futuro texto del Estatuto, es el previsto en el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Las cuantías son las siguientes:
- Infracciones leves: de 70 a 750 euros, según el grado.
- Infracciones graves: de 751 a 7.500 euros, según el grado.
- Infracciones muy graves: de 7.501 a 225.018 euros, según el grado.
La publicación oficial del Gobierno recoge que el Estatuto del Becario contempla multas de hasta 225.000 euros, cifra que coincide con el tramo máximo previsto para las infracciones muy graves.
Además, según indicó Ercoreca, si se acredita que el becario era en realidad un trabajador por cuenta ajena sin alta en Seguridad Social, podría imponerse una sanción por falta de alta que supera los 3.000 euros, dependiendo del caso.
Si bien es cierto que, el importe final dependerá del tipo concreto de infracción que se aprecie y puede variar enormemente según el caso.
Qué deben revisar ahora los autónomos y pymes con becarios
En la Inspección de Trabajo insisten en que lo esencial es que la práctica tenga una finalidad formativa real y no suponga trabajo productivo.
Ana Ercoreca señaló que, para evitar futuros problemas, los negocios deben asegurarse de:
- Que la persona en prácticas no realice trabajo productivo.
- Que exista un tutor efectivo.
- Que se cumplan las ratios de horas y de tutorización.
- Que se respete la limitación del número de becarios en plantilla.
- Que las funciones estén relacionadas con los estudios.
- Que no se sustituya empleo estructural.
Tras la aprobación del Estatuto del Becario por el Consejo de Ministros, el pasado martes 3 de febrero, el texto deberá seguir su tramitación parlamentaria.
En este contexto, desde la Inspección de Trabajo recuerdan que los negocios con estudiantes en prácticas deberán revisar su gestión para asegurarse de que cumplen la normativa laboral vigente y evitar consecuencias negativas.





