El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que la identidad de género de un cliente no es un dato necesario para llevar a cabo una transacción comercial. Este fallo obliga a miles de pequeños negocios y autónomos en sectores como el comercio electrónico o la hostelería a revisar y modificar sus formularios, tanto físicos como digitales, para cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Según la sentencia, solicitar información sobre el género del cliente sin una justificación clara vulnera el principio de minimización de datos del RGPD. Este principio estipula que sólo se pueden recopilar los datos estrictamente necesarios para la finalidad del tratamiento, lo que deja fuera información considerada superflua, como la identidad de género, en una compra online o la reserva de una mesa en un restaurante.
Los negocios que no se adapten a esta normativa se enfrentan a sanciones que, en casos graves, pueden alcanzar hasta 20 millones de euros o el 4% de su facturación anual. En cuanto a los sectores que pueden verse más afectados, la moda y la cosmética son parcelas comerciales que han dependido tradicionalmente de la identidad de género para segmentar productos.
Por tanto, esta decisión podría también propiciar una transición hacia productos más neutros o estrategias de marketing más inclusivas. También en el caso del comercio electrónico. Las tiendas online deberán reevaluar sus formularios para garantizar que no soliciten información innecesaria.
Los pequeños negocios ya están siendo multados por preguntar por el género de sus clientes
Incumplir los preceptos del RGPD ya ha ocasionado en España problemas diversos para los autónomos y los pequeños negocios, explicó a este diario Laura Martínez, abogada especializada en protección de datos del bufete Martínez & Galdón Abogados. Por ejemplo, cita la experta, una plataforma de juego en línea fue multada el pasado año con 8.000 euros por solicitar datos excesivos, lo que incluía el DNI, la profesión, el nivel de salario y pormenores sobre la vida laboral de un cliente, sin justificar su necesidad. “También en 2024, una compañera que actuaba como administradora de fincas recibió una multa de 2.000 euros, aún pendiente de recurso, por reutilizar documentos que contenían algunas referencias personales a terceros, dejando éstos a la vista sin su consentimiento expreso”.
El riesgo de sanciones por incumplimientos a la hora de emplear los datos personales para ciertas transacciones comerciales abarca cualquier ámbito de actividad. Así, un taller mecánico recibió una sanción de 3.000 euros, “tras añadir a más de 150 personas a un grupo de WhatsApp sin su consentimiento”, continuó la experta. “Lo que demuestran estas y otras sanciones es el amplio alcance del RGPD. A lo que se añade ahora esta nueva prohibición», destacó.
Precisamente, uno de los sectores más afectados por la reciente sentencia del TJUE es el comercio electrónico. Muchos –por no decir la mayoría– de los portales de ecommerce incluyen en sus formularios, bien sea de registro o de compra, un campo obligatorio para indicar el género del cliente. “Ahora, todas estas páginas web deberán eliminar esta solicitud, o bien arriesgarse a justificar por qué es imprescindible conocer el género para completar la transacción”, continuó Laura Martínez. Según esta experta, la sentencia tiene también implicaciones en el ámbito de la inclusión social y el respeto a la diversidad. “Solicitar el género podría percibirse como una forma de exclusión para personas no binarias o transgénero, si las opciones ofrecidas no son inclusivas”.
La decisión del TJUE afecta también a las reservas de restaurantes y servicios de hostelería
Esta decisión no sólo implica modificaciones en las plataformas digitales, sino también la necesidad de actualizar sus políticas de privacidad. “A la vista de que el incumplimiento de estas normativas podría acarrear sanciones significativas para los pequeños negocios, conviene que estos comiencen a implementar cambios rápidos y efectivos en sus sistemas de recogida de datos”.

En el caso de la hostelería, muchos restaurantes y hoteles incluyen formularios en línea para gestionar reservas, que solicitan el género del cliente como un dato obligatorio, sin el cual resulta imposible continuar con la reserva. Estos negocios deberán adaptarse, eliminando campos no esenciales y garantizando que el proceso de reserva sea igual de efectivo sin recopilar datos personales innecesarios.
Además, los formularios físicos, como los utilizados para registros en hoteles, también deberán ser revisados. La solicitud de información irrelevante, como el género, puede ser considerada una infracción del RGPD, con las mismas consecuencias legales y económicas que en el ámbito digital.
Así, según esta experta, para adaptarse a esta nueva realidad, los pequeños negocios deben realizar cambios concretos:
- Auditoría de datos. Revisar los formularios actuales, tanto digitales como físicos, para identificar y eliminar los campos que no sean necesarios.
- Actualización de políticas de privacidad. Asegurarse de que las políticas reflejen los datos que se recopilan y expliquen claramente por qué son esenciales.
- Formación del personal. Instruir a empleados y colaboradores sobre las implicaciones del RGPD y cómo implementar estos cambios en el día a día del negocio.
Los negocios también deberán cambiar la forma de segmentar a sus clientes en sus campañas de marketing
El RGPD establece un régimen sancionador estricto para quienes no cumplan con sus restricciones a la hora de recoger, almacenar y gestionar referencias personales. Pero no es solamente la posible sanción económica lo que debiera mover a los negocios a eliminar la solicitud de datos innecesarios, como la identidad de género. “Bien mirado, simplifica los procesos de compra, lo que, al final, puede redundar en una mejor experiencia para el cliente”.
De hecho, aquellos negocios que utilizan la identidad de género como una forma de segmentar sus estrategias de marketing deberán buscar alternativas menos intrusivas y más respetuosas con la intimidad. “Y veremos como habrá una transición hacia métodos de segmentación basados en intereses o comportamientos, alejándose del enfoque en características personales, como el género”, concluyó la abogada.
Una tesis que concuerda con un estudio reciente de Cisco Systems, que reveló que el 70% de los consumidores evita comprar en negocios que no garantizan la protección de sus datos. Esta encuesta destaca la creciente importancia de la privacidad como factor decisivo en las decisiones de compra de los clientes. Pues, no en vano, señala que el 30% de los consumidores en España han cambiado de proveedor en el último año debido a políticas inadecuadas de privacidad o prácticas cuestionables en el manejo de datos.





