- Los autónomos pueden subir o bajar su cuota a partir de marzo para evitar futuros pagos
- Periodos para cambiar la base de cotización
- ¿Qué cuota deberían tener los autónomos según sus rendimientos netos en 2026?
La Tesorería General de la Seguridad Social sigue avanzando en el proceso de revisión de las cotizaciones de los autónomos según sus ingresos reales. Durante los primeros meses de 2026, muchos profesionales ya han recibido comunicaciones oficiales en las que se detalla si su base de cotización se ajustó correctamente a sus rendimientos en el ejercicio 2024.
Estas notificaciones permiten comprobar si la cuota abonada fue adecuada o si, por el contrario, se produjo una diferencia entre lo cotizado y lo que correspondía según los ingresos obtenidos. En algunos casos, el resultado confirma que la base elegida fue correcta, mientras que en otros se detectan diferencias que obligan a abonar cantidades adicionales o que dan derecho a devoluciones.
Este contexto hace especialmente relevante revisar la cotización durante el año en curso. El sistema actual permite modificar la base de cotización varias veces a lo largo del ejercicio, lo que facilita adaptarla a la evolución real de los ingresos y evitar diferencias significativas en futuras regularizaciones.
En este sentido, los trabajadores por cuenta propia pueden ajustar su cuota en cualquier momento dentro de los periodos habilitados. Si deciden hacerlo en los primeros meses del año, el cambio se aplicará en el siguiente periodo previsto, lo que permite adaptar con rapidez la cotización a la situación económica actual.
Los autónomos pueden subir o bajar su cuota a partir de marzo para evitar futuros pagos
Al inicio del ejercicio, resulta recomendable analizar la evolución reciente de la actividad y comparar los ingresos actuales con los de ejercicios anteriores. Este análisis permite estimar con mayor precisión los rendimientos previstos para el resto del año y, en consecuencia, seleccionar una base de cotización más acorde a esa previsión.
Quienes decidan modificar su base dentro del primer plazo habilitado, que se extiende hasta finales de febrero, verán reflejado el cambio en su cuota a partir del 1 de marzo. Esta posibilidad permite ajustar la cotización tanto al alza como a la baja, en función de si se prevé un incremento o una reducción de los ingresos.
Este mecanismo tiene un impacto directo en la planificación financiera. Reducir la base puede aliviar la carga mensual en momentos de menor facturación, mientras que aumentarla permite mejorar la protección social y las prestaciones futuras. Además, ajustar la cotización durante el ejercicio contribuye a minimizar las diferencias cuando la Seguridad Social realice la revisión definitiva de los rendimientos.
Periodos para cambiar la base de cotización
El sistema actual permite a los trabajadores por cuenta propia modificar su base de cotización hasta seis veces al año, coincidiendo con distintos periodos a lo largo del ejercicio. Cada solicitud presentada dentro de un determinado plazo produce efectos en la fecha establecida para ese periodo.
Los periodos disponibles son los siguientes:
- Del 1 de enero al último día de febrero: el cambio se aplica desde el 1 de marzo.
- Del 1 de marzo al 30 de abril: el nuevo tramo entra en vigor el 1 de mayo.
- Del 1 de mayo al 30 de junio: la modificación tiene efecto desde el 1 de julio.
- Del 1 de julio al 31 de agosto: el cambio se aplica a partir del 1 de septiembre.
- Del 1 de septiembre al 31 de octubre: el nuevo tramo entra en vigor el 1 de noviembre.
- Del 1 de noviembre al 31 de diciembre: la modificación se hace efectiva el 1 de enero del año siguiente.
Para realizar este trámite, los profesionales deben acceder a su área personal en la sede electrónica de la Seguridad Social. Desde el apartado correspondiente a altas, bajas y modificaciones, es posible seleccionar un nuevo tramo de cotización. El acceso se puede realizar mediante Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico o mediante identificación por SMS.
¿Qué cuota deberían tener los autónomos según sus rendimientos netos en 2026?
El sistema de cotización por ingresos reales sigue determinando las bases mínimas y máximas aplicables a los trabajadores por cuenta propia en función de sus rendimientos. Estas bases son el elemento clave para calcular la cuota mensual que deben abonar a la Seguridad Social.
Para determinar la cuota correspondiente, se aplica el tipo de cotización vigente sobre la base elegida dentro del tramo que corresponda según los rendimientos previstos. Así, a medida que aumenta la base de cotización, también lo hace la cuota mensual, mientras que una base inferior implica una cotización más reducida.
Este 2026 se mantienen las mismas bases para cada tramo de ingresos que el año pasado. En la tabla a continuación, se indican las cuotas mínimas que debería estar pagando este año un autónomo según los rendimientos netos que prevea.
Así, por ejemplo, si estima unos beneficios mensuales durante 2026 de entre 900 y 1.166 euros, no debería tener una cuota inferior a 266 euros. Mientras que si sus beneficios rondan los 1.500 euros mensuales, debería pagar, al menos 300 euros de cuota.

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales permite ajustar hasta seis veces al año las cuotas que paga el autónomo. Por este motivo, resulta especialmente importante revisar la previsión de rendimientos durante el año y ajustar la base cuando sea necesario. Esta práctica permite mantener la cotización alineada con la actividad económica real y reducir el riesgo de ajustes posteriores por parte de la Seguridad Social.





