La comunidad autónoma de La Rioja ha abierto una nueva convocatoria de sus ayudas dirigidas a los trabajadores por cuenta propia, como parte de su Plan de Incentivo al Trabajo Autónomo.

Se trata de ayudas directas para aquellos nuevos autónomos que se hayan dado de alta durante 2024 y 2025, y no hayan podido resultar beneficiarios de estas subvenciones en convocatorias anteriores.

Para poner en marcha estos incentivos, el Ejecutivo regional cuenta con una partida de 3,5 millones de euros, que canalizará a través de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER). Desde su sede electrónica se podrán tramitar las ayudas hasta el 14 de mayo de 2026.

  1. Las ayudas alcanzarán hasta 2.700 euros por autónomo beneficiario
  2. Requisitos que deben cumplir los autónomos
  3. ¿Qué documentación deben presentar?

Las ayudas alcanzarán hasta 2.700 euros por autónomo beneficiario

La convocatoria de ayudas está dirigida a diferentes perfiles del colectivo: trabajadores por cuenta propia y mutualistas, autónomos colaboradores, y societarios. Estos podrán acceder a una cuantía que va desde los 2.100 a los 2.700 euros, en función de su edad, siempre que cumplan una serie de requisitos. 

En concreto, si se trata de beneficiarios que nacieron en 1964 o antes, la cuantía alcanza los 2.700 euros. Si se trata de aquellos que nacieron a partir de 1995, la cuantía también será de 2.700 euros. Y si se trata de beneficiarios que nacieron entre 1965 y 1994, la cantidad de la subvención será de 2.100 euros.

De igual forma, cualquiera de estos perfiles no se podrán beneficiar de dichos incentivos si en la declaración anual de la renta superaron los 60.000 euros de base liquidable. La subvención tampoco podrá ser percibida más de una vez.

Requisitos que deben cumplir los autónomos

La convocatoria establece también varios requisitos para poder acceder a la ayuda:

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), en cualquiera de los supuestos mencionados anteriormente. El alta se tendrá que haber mantenido ininterrumpidamente el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
  • Si el autónomo desarrolla una actividad de servicios y está dado de alta en una mutualidad, se equiparará al requisito del punto anterior. La ADER también considerará el alta ininterrumpida si el autónomo se dio de baja en la mutualidad a partir del 6 de julio de 2023 e inmediatamente después se dio de alta en el RETA. Para ello, no podrá haber días de baja entre dichos regímenes ni superar de forma conjunta el año.
  • Estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas y con domicilio fiscal en La Rioja. Este requisito no se pedirá a los autónomos colaboradores del titular de la explotación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y con la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los autónomos de La Rioja ya pueden acceder a ayudas directas a la consolidación del negocio
Los autónomos de La Rioja ya pueden acceder a ayudas directas a la consolidación del negocio.

¿Qué documentación deben presentar?

La solicitud deberá acompañarse de una autorización expresa firmada por el beneficiario. Asimismo, de la ficha de alta de terceros cumplimentada en la sede electrónica (salvo que se haya aportado previamente).

En el caso de profesionales mutualistas, para aquellos que se hayan incorporado a título de régimen alternativo a la Seguridad Social, tendrán que aportar el certificado expedido que justifica la condición. Este incluirá fecha de alta y bajas, y la acreditación de que el autónomo estaba de alta cuando se emitió el documento. 

Para aquellos mutualistas que se dieron de baja a partir del 6 de julio de 2023 y se dieron de alta seguidamente en el RETA, habrá que aportar el certificado expedido por su mutualidad con las fechas de alta y baja, y autorizar a la ADER para obtener los datos de la Seguridad Social.

Por último, autónomos, mutualistas societarios y familiares de socios también tendrán que adjuntar la escritura pública que acredite que el solicitante de la ayuda es socio de la sociedad en la que se desarrolla la actividad. También, su declaración anual del IRPF.