1. La antigüedad de la deuda no limita el acceso a la Segunda Oportunidad
  2. La buena fe es el principal requisito legal, imprescindible para cancelar la deuda
  3. Qué deudas pueden cancelarse y cuáles tienen más límites
  4. Errores habituales que pueden impedir la exoneración

Muchos autónomos piensan que las deudas antiguas, incluso las arrastradas desde principios de siglo, no tienen solución a su alcance, más allá de seguir soportando embargos o limitaciones financieras.

Sin embargo, el caso de dos autónomos leridanos, padre e hijo, que han logrado que se les perdonen casi 600.000 euros tras más de una década y media en insolvencia –en concreto, tras la crisis de 2008–, demuestra que la Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar deudas sin importar su antigüedad, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Este ejemplo cambia por completo el enfoque de quienes daban por perdida cualquier posibilidad de empezar de nuevo. Pues confirma que pueden eliminarse incluso deudas generadas hace más de 15 años, si la situación de insolvencia se mantiene. “No existen límites por la antigüedad de la deuda”, explicó a este diario Marta Bergadà Minguell, letrada especializada en Derecho Concursal del bufete Bergadà Abogados, quien subraya que este mecanismo sigue siendo válido para situaciones muy antiguas.

La clave, por tanto, no está en cuándo se generó la deuda, sino en la situación actual del autónomo y en cómo ha actuado a lo largo del tiempo; en especial, en momentos críticos. De hecho, como ya publicó este diario muchos profesionales retrasan durante años la decisión de acogerse a este mecanismo, lo que termina agravando su situación económica y complicando su salida.

La antigüedad de la deuda no limita el acceso a la Segunda Oportunidad

Lejos de existir un plazo máximo, la normativa permite incluir deudas de cualquier momento, siempre que sigan siendo exigibles y el deudor continúe en situación de insolvencia. Esta realidad rompe con una creencia muy extendida entre los autónomos, que suelen pensar que, pasado cierto tiempo, ya no pueden acogerse a este tipo de soluciones.

“De hecho, el deudor emprendedor o empresario tiende a esperar mucho a declararse en insolvencia”, advirtió Marta Bergadà, describiendo un comportamiento habitual que termina agravando el problema en lugar de resolverlo. Esa espera suele ir acompañada de intentos de refinanciación que, lejos de aliviar la carga, acaban incrementando la deuda total.

Antes de dar el paso, muchos autónomos optan por avalar préstamos con bienes propios o incluso familiares, lo que amplía el impacto de la insolvencia más allá del propio negocio. “Eso no es una buena solución, sin lugar a dudas, pues en ocasiones la insolvencia se ve incrementada por intereses, costas…”, añadió la experta, alertando también del riesgo de arrastrar a terceros que han prestado garantías.

Este retraso en la toma de decisiones es uno de los factores que explica por qué existen tantos casos de deudas muy antiguas que siguen vivas y que, a día de hoy, pueden ser objeto de exoneración si se tramita correctamente el procedimiento.

La buena fe es el principal requisito legal, imprescindible para cancelar la deuda

Más allá de la antigüedad, el elemento decisivo para acceder a la Segunda Oportunidad es el cumplimiento de los requisitos legales, entre los que destaca especialmente la buena intención. “La piedra angular es la buena fe”, resumió Bergadà, en referencia al conjunto de condiciones que debe verificar el juez antes de conceder la exoneración.

Marta Bergadà Minguell es letrada especializada en Derecho Concursal de Bergadà Abogados
Marta Bergadà Minguell es letrada especializada en Derecho Concursal de Bergadà Abogados.

Entre esos requisitos se incluye no tener antecedentes penales por delitos económicos, no haber sido sancionado de forma grave en la gestión de sociedades y no haber sido declarado culpable en un concurso anterior en los últimos años. Además, el juez revisa de oficio estas condiciones, incluso aunque los acreedores no las planteen.

El comportamiento del autónomo en el momento de contraer la deuda también resulta determinante. Ya que puede influir en la valoración judicial sobre si actuó con diligencia o, por el contrario, incurrió en negligencia o temeridad. Este análisis condiciona directamente la posibilidad de acceder al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

De forma que la anticipación se convierte en un factor clave para aumentar las probabilidades de éxito y evitar que la situación se deteriore aún más. “Lo más responsable y a la vez acertado es solicitar ayuda en el momento en el que se prevé que no se podrá cumplir con las obligaciones contraídas”, señaló la letrada.

Qué deudas pueden cancelarse y cuáles tienen más límites

La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar la mayoría de las deudas, aunque establece algunas excepciones concretas que conviene conocer antes de iniciar el proceso. En general, pueden exonerarse las deudas privadas, como las contraídas con bancos o proveedores, siempre que no estén garantizadas con bienes concretos.

Sin embargo, existen límites claros en determinados casos, especialmente cuando se trata de deudas con garantía real o de determinadas obligaciones específicas. “No pueden exonerarse las deudas garantizadas con hipoteca hasta el límite del valor de la finca”, explicó Marta Bergadà. Lo que implica que estos importes mantienen un tratamiento diferente.

La Segunda Oportunidad permite a los autónomos borrar deudas de hace muchos años: qué requisitos piden los jueces.
La Segunda Oportunidad permite a los autónomos borrar deudas de hace muchos años: qué requisitos piden los jueces.

También quedan fuera de la exoneración algunas deudas, como las derivadas de pensiones de alimentos, responsabilidad civil por delito o sanciones penales, que están expresamente excluidas por la normativa concursal vigente.

El caso de las deudas públicas presenta particularidades relevantes que afectan directamente a muchos autónomos, especialmente aquellos que acumulan impagos con la Administración. “No podrán exonerarse más de 10.000 euros, por cada organismo público,

en deudas con Hacienda y Seguridad Social”, indicó la experta. Aunque introdujo un matiz importante que amplía el alcance real de la medida: “La jurisprudencia reciente permite exonerar también intereses, recargos y costas, lo que amplía el alcance real de la medida”.

Errores habituales que pueden impedir la exoneración

A pesar de la existencia de esta herramienta, muchos autónomos no consiguen beneficiarse de ella debido a errores que se repiten con frecuencia. Sobre todo, en situaciones de urgencia o presión económica. Uno de los más habituales es tomar decisiones precipitadas sin analizar adecuadamente las opciones disponibles.

“A menudo, el deudor cae en el error de contratar rápido por verse agobiado por las llamadas de sus acreedores, sin buscar referencias de profesionales”, advirtió Marta Bergadà. Lo que, según ella, puede derivar en procedimientos mal planteados o con escasas posibilidades de éxito.

La elección del asesoramiento jurídico es, como indica la experta, un factor determinante para el resultado final del proceso; ya que una mala gestión puede tener consecuencias irreversibles. “Puede llevar incluso a que el concurso sea calificado como culpable, lo que impediría acceder a la exoneración”.

Además, existe una tendencia en algunos órganos judiciales a analizar con especial rigor la conducta del deudor, lo que refuerza la importancia de haber actuado correctamente desde el inicio. “Hay una propensión de ciertos jueces a restringir el acceso a la exoneración de las deudas, basándose en la negligencia y temeridad en el momento de la contratación”, apuntó la letrada.

En los casos en los que el concurso se declara culpable, las consecuencias son especialmente graves para el autónomo: “No podría volver a solicitar la exoneración hasta el cabo de 10 años”, concluyó Marta Bergadà, insistiendo en la importancia de contar con el acompañamiento adecuado desde el primer momento.