1. Los jueces analizan si la quiebra tiene origen en el socio y no en la gestión del autónomo
  2. Reclamaciones contra el socio además del concurso de acreedores
  3. Errores frecuentes y cómo proteger el patrimonio personal

La exoneración de deudas por competencia desleal empieza a abrirse paso en los juzgados mercantiles, como vía real de alivio para autónomos y pymes que han caído en insolvencia por conflictos societarios ajenos a su voluntad. El Juzgado Mercantil número 11 de Barcelona ha perdonado más de un millón de euros a una autónoma tras acreditar que el pasivo acumulado fue consecuencia de la competencia desleal de su propio socio.

El caso, en el que la empresaria perdió la mayor parte de su clientela después de que su ex socio creara otra sociedad con la misma actividad, ha terminado con la exoneración del pasivo insatisfecho al amparo de la Ley de la Segunda Oportunidad.

La resolución resulta especialmente significativa para autónomos que comparten proyecto con familiares o socios capitalistas y que pueden verse desplazados del mercado sin capacidad real de reacción. Y es que, según explicó a este diario Marta Bergadà, abogada especializada en Derecho Concursal, “la competencia desleal no es solo un conflicto societario: puede ser el detonante directo de la insolvencia”.

La clave del procedimiento no estuvo únicamente en demostrar la existencia de deuda, sino en probar que el origen del colapso empresarial no fue una gestión imprudente de la afectada. “Si acreditamos que la caída del negocio fue consecuencia de una actuación externa, intencionada y desleal, estamos reforzando claramente la idea de que el deudor no provocó su propia ruina”, sostuvo la letrada.

Los jueces analizan si la quiebra tiene origen en el socio y no en la gestión del autónomo

La Ley de Segunda Oportunidad exige buena fe; pero ese requisito implica analizar el contexto en el que se generó la insolvencia, y no solo revisar si existen antecedentes o incumplimientos formales. En situaciones derivadas de competencia desleal, la reconstrucción de los hechos y la prueba documental adquieren un peso determinante ante el juzgado mercantil.

La experta subraya que no basta con alegar un conflicto interno o una ruptura societaria para obtener la exoneración. “Ahora bien, esto no se presume: hay que probarlo”, advierte, en referencia a la necesidad de aportar contratos, comunicaciones, movimientos de clientela o resoluciones previas que acrediten la conducta desleal.

Ese análisis contextual está empezando a tener mayor presencia en los tribunales mercantiles, que van más allá de examinar balances y pasivos acumulados durante años. “No se limitan a mirar números fríos. Quieren entender qué ha pasado.”, afirmó la abogada, que detecta una evolución en la forma de valorar la buena fe del deudor.

Para autónomos y pymes, esta interpretación supone que el relato empresarial importa tanto como las cifras, siempre que esté respaldado por pruebas objetivas. “La tendencia que estamos viendo es clara: los juzgados mercantiles analizan cada vez más el contexto.”, añade la letrada, que insiste en que el enfoque sigue siendo jurídico y no emocional.

Reclamaciones contra el socio además del concurso de acreedores

Más allá de la exoneración de la deuda, el conflicto societario puede abrir la puerta a reclamaciones adicionales frente al socio que actuó de forma desleal. Estas acciones pueden orientarse a exigir daños y perjuicios por la pérdida de clientela o por el vaciamiento de la actividad empresarial.

“El concurso, o la Segunda Oportunidad, no impide reclamar además contra terceros responsables”, aclaró la experta, al explicar que la defensa frente a acreedores puede desarrollarse en paralelo a la exigencia de responsabilidades civiles o mercantiles.

La Ley de Segunda Oportunidad perdona deudas si la quiebra es por competencia desleal de un antiguo socio.
La Ley de Segunda Oportunidad perdona deudas si la quiebra es por competencia desleal de un antiguo socio.

En determinados supuestos, una eventual indemnización podría tener impacto dentro del propio procedimiento concursal, ya que afectaría a la masa activa o a la posición procesal del deudor. “De hecho, en ocasiones es estratégico hacerlo, porque una eventual indemnización puede beneficiar a la masa activa o incluso reforzar la posición procesal del deudor.”, señala.

No obstante, la decisión de demandar debe analizarse con prudencia y realismo, especialmente cuando el socio carece de solvencia o la prueba es débil. “No se trata de litigar por litigar, sino de valorar viabilidad real, costes y posibilidades de cobro”, insiste la abogada, que recomienda estudiar cada caso de forma individualizada.

Errores frecuentes y cómo proteger el patrimonio personal

Uno de los problemas más habituales en estos escenarios es la reacción tardía del autónomo afectado, que intenta sostener el negocio pese a la pérdida masiva de ingresos. Esa inercia puede traducirse en nuevos avales personales, refinanciaciones o ampliaciones de crédito que incrementan la exposición patrimonial.

“El error más habitual es negar la realidad durante demasiado tiempo”, advierte Marta Bergadà, que observa cómo muchos empresarios confían en una recuperación que no llega mientras la deuda crece de forma desproporcionada.

Esa dinámica suele ir acompañada de decisiones adoptadas bajo presión y sin asesoramiento especializado, lo que complica la posterior defensa ante el juzgado. “Se confía en que la facturación se recuperará, se siguen asumiendo obligaciones, se firman pólizas personales, se avalan préstamos… y cuando se reacciona, la bola ya es enorme”, resume.

Entre las recomendaciones prácticas que formula, destaca la importancia de documentar cualquier actuación desleal desde el primer momento y de buscar apoyo jurídico antes de que la situación sea irreversible.

“Y, sobre todo, pedir ayuda especializada antes de que la deuda sea inasumible”, concluyó la socia fundadora de Bergadà Abogados, en una situación en la que la correcta estrategia procesal puede marcar la diferencia entre arrastrar durante años una deuda millonaria o lograr, como en este caso, empezar de nuevo sin esa carga financiera.