La Seguridad Social publicó recientemente en su cuenta de la red social X una notificación recordando a los autónomos societarios y colaboradores que su base mínima de cotización ha subido para este ejercicio (hasta los 1.424 euros) y que, aunque pueden mantenerla, tendrán que pagar la diferencia en la futura regularización anual de cuotas cuando llegue.

El comunicado llega cuando 1,2 millones de trabajadores por cuenta propia socios o colaboradores familiares aún están asimilando que tendrán que pagar más de 1.600 de aumento anual en sus cuotas este 2026. Frente a esto, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ya ha emprendido medidas y ha recomendando a aquellos societarios y colaboradores que no pueden hacer frente al aumento de las bases de cotización que esperen antes de cambiar su cuota. 

Su presidente, Lorenzo Amor, aseguró que la subida se parará en el Congreso mediante la iniciativa parlamentaria presentada hace unos días por Junts, que contiene varias de las demandas de la federación. Asimismo, ante la falta de un contexto certero, si ya han procedido a subirlas, siempre podrán volver a bajarlas en otro momento del año para ajustarlas de nuevo a su base, tal como permite el sistema de cotización por ingresos reales.

Esto es lo que tendrían que hacer buena parte de estos autónomos, ya que muchos graduados sociales y gestores han elevado ya las bases de sus clientes al nuevo límite para aumentar su cuota. Una medida que se ha tomado para evitar que los autónomos tengan que pagar luego una diferencia importante en la futura regularización de cuotas, como explicó a este medio Juan José Carmelo, del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Madrid.

  1. Muchos autónomos societarios y colaboradores ya han subido su base de cotización para evitar la regularización
  2. ATA asegura que parará la subida de cuotas a colaboradores y societarios
  3. La proposición de ley que incluye frenar la subida de cuotas

Muchos autónomos societarios y colaboradores ya han subido su base de cotización para evitar la regularización

De momento, los autónomos que vienen pagando sus cuotas por una base inferior pueden seguir cotizando por la misma. La TGSS no actualiza las bases de cotización de oficio, y tiene que ser la persona interesada la que haga la comunicación correspondiente de las bases por las que quiere cotizar (luego la TGSS calculará aquellas diferencias que se hayan producido).

Sin embargo, posteriormente la Tesorería revisa las cotizaciones y emite las cartas por la diferencia de las bases y cuotas que se han fijado para este ejercicio 2026, para proceder a su regularización. Con el anuncio de la subida de la base mínima a miles de colaboradores y societarios, su cuota crecería un 42% (una diferencia de 135 euros al mes) para este año. 

Ante esta situación, muchos asesores y gestores están revisando las bases de sus clientes y han aplicado el incremento. “Durante abril hemos trabajado a contrarreloj para revisar la situación de cada autónomo societario y familiar colaborador, informar de las nuevas bases/cuotas y comunicarlo a la Tesorería para aplicar la subida desde este mismo mes”, apuntó Carmelo. 

En cualquier caso, si la subida se tumba, los trabajadores por cuenta propia que ya han elevado su base para pagar más cuota podrán tanto obtener la devolución cuando la Seguridad Social les regularice, como renunciar a ésta en beneficio de sus prestaciones o proceder a modificar de nuevo su base en estos plazos:

  • Del 1 de enero al último día de febrero: el cambio se aplica desde el 1 de marzo.
  • Del 1 de marzo al 30 de abril: el nuevo tramo se aplica desde el 1 de mayo.
  • Del 1 de mayo al 30 de junio: la modificación se hace efectiva desde el 1 de julio.
  • Del 1 de julio al 31 de agosto: el cambio se aplica a partir del 1 de septiembre.
  • Del 1 de septiembre al 31 de octubre: el nuevo tramo entra en vigor el 1 de noviembre.
  • Del 1 de noviembre al 31 de diciembre: la modificación se aplica el 1 de enero del año siguiente.
ATA aconseja a autónomos colaboradores y societarios esperar si no pueden afrontar la subida de cuotas este 2026
ATA aconseja a autónomos colaboradores y societarios esperar si no pueden afrontar la subida de cuotas este 2026.

ATA asegura que parará la subida de cuotas a colaboradores y societarios

En paralelo, tanto ATA como las fuerzas políticas están trabajando ahora mismo para frenar la subida de las cotizaciones de estos trabajadores por cuenta propia. Como recordó la federación recientemente, la subida de las cuotas para estos autónomos se produjo después de que la Seguridad Social confirmara que no iba a elevar las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia (más allá de la subida del IPC).

En ese sentido, la asociación de autónomos recuerda que la subida se ha llevado a cabo sin que se revisara con los agentes sociales el funcionamiento del sistema de cotización por ingresos reales, como exige el propio texto.

El Real Decreto-ley de cotización por ingresos reales 13/2022 fijó la base mínima de 1.000 euros para societarios y colaboradores de manera provisional durante los tres primeros años (2023-2025) y una base superior posterior, adecuada a la base mínima del grupo 7 del Régimen General (actualmente en 1.424,40 euros mensuales).

Pero la norma también exige, de manera previa a este paso y antes del cierre de esos tres primeros años, proceder a una revisión y evaluación del sistema de cotización por ingresos reales con las organizaciones de autónomos y sindicales, necesaria antes de fijar un nuevo calendario con los tramos y bases a aplicar en el siguiente periodo (que comienza en 2026).

Este diálogo no llegó a producirse el año pasado ante la falta de consenso entre las partes; motivo por el que la federación reclama congelar también las cotizaciones para estos autónomos, igual que se ha hecho con el resto del colectivo.

La proposición de ley que incluye frenar la subida de cuotas 

Hay una proposición de ley para frenar la subida de cuotas a estos trabajadores por cuenta propia, registrada hace unos días por el grupo Junts per Catalunya y que incluye también otras demandas esenciales de la federación. El texto deberá ser valorado por el Gobierno en un plazo de 30 días.

En ese tiempo, el Ejecutivo tendrá que decidir si veta la medida o da su visto bueno para su toma en consideración en el Parlamento. Si, pasados esos 30 días, no se ha pronunciado, la propuesta se incluye en el orden del día para su toma en consideración en el pleno del Congreso. 

Con ello, la Cámara Baja debatirá y votará si la proposición se tramita, para lo que solo sería necesario obtener mayoría simple.