1. Las sociedades cuentan este 2026 con tipos menores y mayores incentivos
  2. Las pequeñas empresas aún pagaran un tipo medio efectivo mayor que las grandes empresas
  3. Consejos de los economistas para esta campaña

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), perteneciente al Consejo General de Economistas de España (CGE), acaba de presentar su informe sobre la Declaración de Sociedades 2025. Un documento con las principales incentivos fiscales que podrán aplicar las pymes en esta campaña y diferentes recomendaciones para los negocios de cara a presentar el impuesto a partir del 1 de julio.

Entre 2021 y 2025, la recaudación del Impuesto sobre Sociedades se elevó un 58,7%, según los datos de la Agencia Tributaria. Al analizar la recaudación en función de la dimensión de las empresas, el tipo efectivo que pagan las grandes compañías es del 20,87%. Mientras que las microempresas pagan un tipo del 22,37% y las pequeñas empresas del 22,97%, según analizaron los economistas, poniendo de relieve un mayor peso fiscal sobre los negocios de menor tamaño.

Estos tipos no se equipararán por el momento, dado que pese a la rebaja fiscal progresiva que se ha puesto en marcha para las pequeñas empresas, el tipo mínimo que podrán aplicar este año será del 21% (salvo que se trate de empresas de reciente creación). 

Durante la presentación del informe, los expertos también pidieron cambios para mejorar el cumplimiento de las obligaciones administrativas y fiscales: que los contribuyentes puedan disponer antes de sus datos fiscales, que conozcan con mayor margen de tiempo el Modelo 200 con el que van a presentar el Impuesto de Sociedades y que se unifique su presentación con la de las cuentas anuales.

Asimismo, recomendaron planificar las operaciones de las sociedades para optimizar su factura fiscal, valorando la posibilidad de diferir ingresos a otros ejercicios o anticipar inversiones y gastos, cuando sea posible.

Las sociedades cuentan este 2026 con tipos menores y mayores incentivos

Entre las novedades de las que podrán beneficiarse las empresas en esta campaña se encuentran las siguientes.

Incremento de la reducción para las pymes que reinviertan sus beneficios

Durante el año 2025, se vuelve a favorecer la autofinanciación de las empresas. Vuelve a mejorar la reducción por la reserva de capitalización, es decir, para aquellas empresas que no reparten sus beneficios entre sus socios, sino que los reinvierten en la propia sociedad. 

El año pasado, este incremento de los fondos propios ya se benefició de una reducción en la tributación que pasó del 10% al 15%. Para esta campaña, sube al 20% la reducción sobre este aumento de fondos propios que se reinvierte en el propio negocio, convirtiéndose en el incentivo fiscal más importante que pueden aplicar las pymes este 2026, como apuntaron desde el REAF.

Además, la reducción puede elevarse si la empresa también aumenta su número de trabajadores. Si hizo crecer el empleo durante el año pasado entre un 2% y un 5%, la reducción pasa a ser del 23%; si aumentó la plantilla entre un 5% y un 10%, el incentivo se incrementa hasta el 26,50% y si amplió el equipo de trabajo por encima del 10%, la reducción alcanza el 30%, si el aumento se mantiene por tres años.

Ahora bien, la reducción máxima a aplicar sobre la base imponible será del 20% (antes el 10%), y del 25% para aquellas empresas que facturan menos de un millón de euros, como sucede con muchas microempresas. Esto contribuye a mejorar la autofinanciación de las empresas y, principalmente, de los pequeños negocios.

Rebaja de los tipos fiscales en el impuesto

En esta campaña del impuesto de Sociedades también se aplicará la mejora de los tipos de gravamen anunciada por el Gobierno en 2024. Estos tipos se irán reduciendo progresivamente en los próximos años, de manera temporal hasta el año 2029.

Los tipos bajan para los negocios de menor tamaño. En concreto, el gravamen se reduce en función de la base imponible que resulte en la declaración a presentar por el negocio: 

  • Así, hasta los primeros 50.000 euros, se pagará el 21% en impuestos en esta campaña (bajan dos puntos hasta el año 2027).
  • Por el exceso:
    • Las empresas de reducida dimensión que facturen hasta un millón, pagarán un 22% (bajan un punto hasta el año 2027).
    • Para el resto de empresas de reducida dimensión, que facturan hasta un máximo de 10 millones de euros, el tipo será del 24% (bajan un punto hasta el año 2029).
Evolución de los tipos reducidos para pymes de reducida dimensión hasta 2029
Evolución de los tipos reducidos para pymes de reducida dimensión hasta 2029 (Fuente: REAF)

Como destacaron los economistas asesores fiscales, es un buen momento para planificar; adelantar gastos e inversiones a tipos mayores y retrasar la declaración de ingresos y beneficios (diferir) a ejercicios futuros con menores tipos impositivos.

Libertad de amortización en determinados vehículos

Se prorrogan las medidas para incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y de puntos de recarga. 

Así, para las pymes que adquieran vehículos eléctricos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV y nuevas infraestructuras de recarga será posible aplicar libertad de amortización (deducir su pérdida de valor) en esta campaña. Es decir, “toda la inversión es gasto fiscal deducible”, aclararon.

Libertad de amortización por invertir en instalaciones de autoconsumo

También se prorroga la libertad de amortización por las instalaciones de placas solares que realicen las empresas u otras instalaciones para uso térmico de consumo propio que empleen energías renovables, cuando sustituyan a otras con energía no procedente de fuentes renovables.

Para ello, tendrán que cumplir requisitos de mantenimiento de la plantilla. La cuantía máxima de inversión que se podrá deducir mediante la libertad de amortización será de 500.000 euros.

Novedades para que las pymes paguen menos impuestos en el Impuesto de Sociedades este 2026
Novedades para que las pymes paguen menos impuestos en el Impuesto de Sociedades este 2026.

Las pequeñas empresas aún pagarán un tipo medio efectivo mayor que las grandes empresas

Como expusieron los expertos durante la presentación, sobre la base imponible de la empresa, la cuota tributaria se calcula multiplicando base por el tipo, siendo para los economistas el cálculo que mejor refleja los impuestos reales que pagan las pymes en España.

Este tipo efectivo revela (según los últimos datos, de 2023) que las grandes empresas asumen un tipo efectivo del 20,80%, mientras que las microempresas y las pequeñas empresas asumen tipos efectivos mayores, del 22,37% y del 22,97%, respectivamente, siendo estas últimas las que más pagan por tamaño. 

Además, las sociedades sin asalariados pagan un tipo del 21,20%. Esto significa que un autónomo sociedad unipersonal o con menos de diez empleados paga más impuestos reales que una gran empresa. 

Este año, con las rebajas fiscales, el tipo para estos negocios de menor tamaño se reducirá al 21%, aún por encima del tipo medio efectivo de las grandes compañías.

Consejos de los economistas para esta campaña

Como cada año, los expertos también ofrecieron una serie de recomendaciones para favorecer el resultado de la factura fiscal de las empresas. Entre ellas:

  • Revisar las declaraciones de períodos anteriores para tener en cuenta las bases imponibles negativas y los saldos de deducciones pendientes de compensar.
  • Es interesante que las sociedades comprueben si compensa no repartir dividendos y aplicar la reserva de capitalización.
  • Si la empresa facturó menos de 10 millones de euros el año anterior, no será posible aplicar el régimen para empresas de reducida dimensión si la entidad tiene la consideración de entidad patrimonial.​
  • Si la sociedad ha estado inactiva, hay que presentar la declaración para evitar sanciones. Es obligatorio hasta que se produzca la baja en el Registro Mercantil.
  • Si la empresa ha realizado una ampliación de capital, los gastos de la operación son fiscalmente deducibles.​
  • Si este es el primer o segundo año en el que la empresa obtiene beneficios desde que inició una actividad económica,
  • También es posible compensar las bases imponibles negativas aunque presente la declaración fuera del plazo voluntario, según ha fijado el Tribunal Supremo.
  • Si la empresa adquirió nuevos bienes materiales y afectos a la actividad, por un importe inferior a los 300 euros por unidad, podrá amortizarlos libremente hasta un máximo de 25.000 euros anuales. 
  • Si el negocio tiene pendientes de aplicar deducciones empresariales, “podría ser conveniente aplicar las más antiguas en primer lugar para no perderlas”. El plazo de aplicación es de 15 o 18 años, según el caso.