La campaña del Impuesto de Sociedades arrancó este martes 1 de julio y, desde ese mismo momento, las sociedades mercantiles ya pueden acceder a uno de los servicios más útiles para preparar correctamente su declaración: la consulta de los datos fiscales que Hacienda tiene registrados sobre su actividad durante 2025.
Aunque muchos negocios asocian los datos fiscales únicamente a la campaña de la Renta, las empresas también disponen de un servicio similar para el Impuesto de Sociedades. Su finalidad es facilitar la cumplimentación del Modelo 200 y ayudar a detectar posibles diferencias entre la información que maneja la Agencia Tributaria y la contabilidad de la empresa antes de presentar la autoliquidación.
La revisión de estos datos cobra especial importancia porque buena parte de la información procede de terceros, como clientes, proveedores, registros públicos o declaraciones informativas ya presentadas por la propia empresa. Comprobarla con antelación puede evitar errores, requerimientos posteriores o incluso futuras regularizaciones por parte de Hacienda.
Las pymes ya pueden revisar toda la información que Hacienda conoce sobre su actividad
El servicio de consulta de datos fiscales del Impuesto de Sociedades está disponible exclusivamente para personas jurídicas y permite conocer la información que la Agencia Tributaria utilizará como referencia durante la campaña correspondiente al ejercicio 2025.
Según explica la propia Agencia Tributaria, esta consulta puede utilizarse con independencia del tipo de sociedad, del período impositivo o incluso de que la empresa hubiera presentado o no la declaración del ejercicio anterior.
Entre los datos que podrán consultar las pymes figuran, en primer lugar, los obtenidos a través de declaraciones informativas y otras fuentes de información remitidas por terceros. Es decir, movimientos comunicados por clientes y proveedores, información procedente del Catastro, registros públicos u otros organismos que colaboran con la Administración tributaria.
Clientes, proveedores, IVA, pagos fraccionados o datos del IAE, entre la información disponible
Esta información resulta especialmente útil para detectar posibles discrepancias antes de presentar la declaración. Si, por ejemplo, un cliente ha comunicado una operación con un importe distinto al contabilizado por la empresa, el negocio podrá revisar esa diferencia antes de que dé lugar a una comprobación posterior.

La consulta también incorpora la información que la propia empresa ha ido presentando durante el ejercicio mediante distintos modelos tributarios, como los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades (Modelo 202), las declaraciones de IVA (Modelo 303 y resumen anual Modelo 390) o las declaraciones de retenciones, como el Modelo 190.
Además, Hacienda muestra determinados importes pendientes de aplicar procedentes del Modelo 200 del ejercicio anterior. Es decir, partidas que pueden trasladarse al Impuesto de Sociedades de este año y cuya correcta incorporación resulta esencial para calcular adecuadamente la cuota tributaria.
También se pueden consultar sanciones y recargos notificados
La Agencia Tributaria advierte, no obstante, que estos importes tienen únicamente carácter informativo. Que una determinada cantidad aparezca asociada a una casilla de la cuenta de pérdidas y ganancias no significa necesariamente que ese sea el importe definitivo que deba consignar la empresa en su declaración.
Otro de los apartados recoge información relevante que puede afectar directamente al resultado del impuesto, como sanciones y recargos notificados durante el ejercicio, intereses de demora abonados por la propia Agencia Tributaria u otras administraciones, así como los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en los que figura dada de alta la sociedad, junto con el código CNAE correspondiente.
Cómo consultar los datos fiscales antes de presentar el Impuesto de Sociedades
La consulta de los datos fiscales únicamente puede realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Para acceder en nombre propio, el representante de la empresa deberá identificarse mediante certificado electrónico, DNI electrónico o cualquiera de los sistemas de identificación admitidos por la Administración.
Cuando la consulta sea realizada por un representante, Hacienda exige disponer de un apoderamiento específico denominado DFIS, destinado exclusivamente a la consulta de los datos fiscales del Impuesto de Sociedades, o bien del apoderamiento general para consulta de datos personales (GENERALDATPE). En este servicio no se admite el acceso mediante el sistema habitual de colaboración social utilizado por muchos asesores fiscales.
El acceso sólo puede realizarse mediante identificación electrónica
Una vez identificado, el usuario accede directamente a una pantalla donde puede consultar toda la información correspondiente al ejercicio 2025. La Agencia Tributaria recuerda que se trata exclusivamente de un servicio de consulta, por lo que no existe la posibilidad de descargar los datos en formato PDF ni imprimir un informe completo.
Además, Hacienda advierte de que la información mostrada corresponde siempre al año natural 2025. Por ello, las sociedades cuyo ejercicio fiscal no coincida con el año natural deberán revisar cuidadosamente qué información deben incorporar realmente al Modelo 200, ya que algunos datos podrían no coincidir exactamente con el período impositivo declarado.
Precisamente por este motivo, la Agencia Tributaria insiste en que los datos fiscales constituyen una ayuda para preparar correctamente la declaración, pero no sustituyen la contabilidad de la empresa ni eximen de revisar toda la documentación económica antes de presentar el impuesto.
Para los asesores fiscales, gestores y responsables financieros de las pequeñas empresas, esta consulta se ha convertido en una herramienta de trabajo habitual durante las primeras semanas de la campaña. Revisar la información antes de confeccionar el Modelo 200 permite detectar posibles incoherencias, corregir errores con mayor antelación y evitar incidencias posteriores con la Administración tributaria.





