La Seguridad Social ha endurecido el tratamiento de los accidentes laborales de los becarios. Y obligará a autónomos y pymes a asumir a partir de ahora recargos de entre el 30% y el 50% sobre las prestaciones si se demuestra que hubo fallos en prevención de riesgos laborales. El nuevo criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), comunicado el pasado 11 de mayo, elimina en la práctica cualquier diferencia entre trabajadores y alumnos en prácticas a efectos de este tipo de responsabilidades económicas.
El cambio afecta tanto a becarios universitarios como de Formación Profesional y alcanza incluso a muchas prácticas no remuneradas. Una fórmula habitual en pequeños negocios de hostelería, comercio, talleres o despachos profesionales. “Muchos pequeños empleadores asumían que el becario era una figura ‘de bajo riesgo’ en materia sancionadora. Sin embargo, el nuevo criterio del INSS elimina esa percepción”, explicó a este diario Ignacio Hidalgo Espinosa, socio del Área Laboral de RSM Spain.
El impacto preocupa y no poco a autónomos y pequeñas empresas, porque estos recargos no pueden asegurarse y recaen directamente sobre el negocio cuando existe negligencia preventiva. Marcos Óscar Martínez Álvarez, graduado social y vicepresidente segundo del Consejo General de Graduados Sociales de España, advirtió a AyE de que muchas pequeñas empresas “siguen gestionando las prácticas de manera demasiado informal”, pese a que “la pyme puede asumir responsabilidades similares a las de cualquier accidente laboral”.
- Las pymes no podrán tratar ya las prácticas como un trámite informal
- El riesgo alcanza también a becarios no remunerados
- La inspección valorará especialmente la documentación preventiva
- Los expertos recomiendan dejar constancia escrita de toda la formación
Las pymes no podrán tratar ya las prácticas como un trámite informal
El criterio de la Seguridad Social no crea realmente una obligación nueva de prevención de riesgos para los becarios, puesto que las empresas ya debían protegerles anteriormente. Pero sí endurece de forma notable las consecuencias económicas derivadas de un accidente. Hasta ahora existían dudas sobre si el recargo previsto en el Artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social podía aplicarse también cuando el accidentado era un alumno en prácticas.
“No existirá ninguna exclusión respecto al tipo de trabajador accidentado”, señaló Ignacio Hidalgo. Quien recordó que los becarios están incluidos en la Seguridad Social como “asimilados a trabajadores por cuenta ajena”. Eso implica que, si sufren un accidente durante sus prácticas y se detectan deficiencias preventivas, la empresa deberá afrontar el mismo tipo de responsabilidades que tendría con cualquier empleado.
En muchos casos, el riesgo económico puede ser particularmente elevado para pequeños negocios con escasa estructura preventiva o que recurren con cierta asiduidad a estudiantes como apoyo a su actividad diaria. “Como son precisamente los autónomos y las pymes los que, con mayor frecuencia, incorporan becarios como apoyo a su actividad ordinaria, el riesgo de que sean sancionados en caso de accidente se incrementa bastante”, añadió el socio de RSM Spain.
El riesgo alcanza también a becarios no remunerados
Una de las cuestiones que más dudas genera entre autónomos y pequeños negocios es si este nuevo criterio afecta también a alumnos que realizan prácticas sin cobrar. Según explicó Ignacio Hidalgo, desde enero de 2024 existe obligación de cotizar por muchos becarios no remunerados y, aunque estos alumnos quedan excluidos de algunas coberturas como desempleo o Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), eso no impide que puedan activarse recargos por accidentes laborales.

“Puede aplicarse el recargo anunciado también a becarios no remunerados siempre que exista prestación económica derivada de contingencia profesional”, afirmó el experto laboralista. El problema para muchos negocios es que seguían considerando este tipo de prácticas como una relación meramente académica y no como una actividad sometida plenamente a obligaciones preventivas.
Marcos Óscar Martínez insistió precisamente en ello: “Ya no vale pensar que el alumno ‘solo acompaña’”. Según explicó, si el becario “utiliza herramientas, maquinaria o participa en tareas del negocio, debe integrarse en el sistema preventivo igual que cualquier trabajador”.
Los expertos consideran que algunos sectores tendrán una exposición más elevada que el resto a este tipo de recargos, por la propia naturaleza de las tareas que desarrollan los alumnos en prácticas. Hostelería, talleres mecánicos, logística, almacenes, comercio o pequeños negocios industriales aparecen entre las actividades con mayor riesgo de sufrir accidentes vinculados a fallos de seguridad.
La inspección valorará especialmente la documentación preventiva
El endurecimiento del criterio también puede incrementar la presión de la Inspección de Trabajo sobre pequeños negocios que hasta ahora no habían adaptado correctamente sus protocolos preventivos a la presencia de becarios. “El riesgo aparece cuando se trabaja ‘a ojo’: falta de formación, ausencia de supervisión o medidas preventivas que existen en papel, pero no en la práctica”, aseguró Marcos Óscar Martínez.

El vicepresidente segundo del Consejo General de Graduados Sociales de España advirtió además de que uno de los problemas más habituales en las micropymes es “la ausencia de pruebas documentales sobre la formación o supervisión del alumno. Y ya se sabe que lo que no está documentado suele considerarse inexistente”, señaló.
Entre las medidas que deberían revisar desde ahora mismo autónomos y pequeñas empresas,ambos expertos destacan la necesidad de incluir expresamente a los becarios en los planes de prevención de riesgos laborales. Así como actualizar la evaluación de riesgos de los puestos donde realizarán prácticas y acreditar documentalmente la formación preventiva recibida antes de incorporarse a la actividad.
Ignacio Hidalgo explicó además que el negocio debe designar un tutor real para supervisar las prácticas y entregar instrucciones de seguridad por escrito. También recordó que la responsabilidad “del pago del recargo recaerá directamente sobre el empresario infractor, y no podrá ser objeto de seguro alguno”. Lo que puede multiplicar el impacto financiero de un accidente para muchos pequeños negocios.
Los expertos recomiendan dejar constancia escrita de toda la formación
Otro de los riesgos que observan los expertos aparece cuando las prácticas terminan funcionando realidad como un puesto de trabajo ordinario. “Si las prácticas encubren un puesto de trabajo real, la relación puede ser declarada laboral en cualquier momento”, advirtió Ignacio Hidalgo. Quien recordó que eso podría generar además reclamaciones de cotizaciones o salarios pendientes.
El nuevo criterio afecta incluso a autónomos sin empleados, pero que trabajen con becarios, ya que pasan a ser considerados empresarios a efectos de prevención y Seguridad Social. En estos casos, los especialistas recomiendan contratar un servicio de prevención ajeno, revisar las evaluaciones de riesgos y dejar constancia escrita de toda la formación y entrega de equipos de protección que reciba el alumno durante sus prácticas.





