El programa Kit Digital cerró definitivamente sus últimas convocatorias en octubre de 2025, tras casi cuatro años de ayudas a la digitalización. Sin embargo, el final administrativo del programa no implica que desaparezcan sus efectos fiscales. De hecho, casi medio millón de autónomos y pequeñas empresas que cobraron estas ayudas a lo largo de 2025 deberán declararlas ante Hacienda en 2026, tanto en el IRPF o Impuesto sobre Sociedades como, en ciertos casos, en la declaración de IVA a presentar en enero.
Los últimos balances presentado por Red, la entidad gestora del programa, confirman la magnitud de estas ayudas: a finales de 2024 había algo más de 310.000 beneficiarios de Kit Digital, mientras que al cierre de 2025, la cifra ya rozaba los 880.000 autónomos y pymes. Esto implica que en un solo año alrededor de medio millón de negocios percibieron un bono digital y, por tanto, tendrán que cumplir ciertas obligaciones fiscales en 2026.
Como ya ocurrió el año pasado, estas ayudas no están exentas de impuestos. El Kit Digital tributa como cualquier otra subvención pública regulada por la Ley General de Subvenciones. La clave, una vez más, está en declararlo correctamente para que el impacto fiscal sea neutro.
- Las ayudas de Kit Digital no están exentas de tributar: hay que declararlas en Renta o en Sociedades
- Medio millón de beneficiarios tendrá que incluir el Kit Digital en su Renta 2026
- Muchas pymes tendrán que declarar también el Kit Consulting
- El Kit Digital no tiene ningún coste fiscal si se declara correctamente
- Algunos autónomos también tendrán que declarar el Kit Digital en IVA
- ¿Qué deben hacer los autónomos y pymes que cobraron el Kit Digital en 2025?
Las ayudas de Kit Digital no están exentas de tributar: hay que declararlas en Renta o en Sociedades
Los autónomos persona física que hayan cobrado el Kit Digital durante 2025 tendrán que incluirlo en la declaración de la RENTA que se presentará en 2026. En el caso de las sociedades, el tratamiento se realiza a través del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025.
El motivo es sencillo: aunque el dinero no llega directamente al bolsillo del autónomo, la ayuda constituye un ingreso de la actividad económica. El bono se concede al beneficiario y se destina al pago de una solución digital, pero fiscalmente se considera una subvención percibida.
José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), ya explicó a este diario en campañas anteriores que “el Kit Digital debe declararse como ingreso, pero también como gasto, lo que hace que su efecto final sea fiscalmente inocuo, si se refleja bien”.
Es decir, el autónomo tiene que incluir el importe del bono como ingreso de su actividad, pero también puede deducir exactamente la misma cantidad como gasto, ya que se ha destinado al pago del servicio prestado por el agente digitalizador.
Medio millón de beneficiarios tendrá que incluir el Kit Digital en su Renta 2026
Este año, el salto en el número de obligados a declarar estas ayudas es notable. En la campaña anterior, fueron unos 160.000 autónomos y empresas los que tuvieron que reflejar el Kit Digital en su declaración. Ahora, con el crecimiento del programa en 2025, la cifra se multiplica por tres.
Muchos de estos beneficiarios pertenecen al segmento de autónomos y micropymes de menos de tres empleados, que han percibido bonos de 2.000 o 3.000 euros. Otros, especialmente pymes de mayor tamaño, han recibido ayudas de hasta 12.000 euros. Incluso 25.000, en el caso de las medianas empresas.
En todos los casos, el criterio fiscal es el mismo: declarar el importe recibido como ingreso y el gasto asociado a la implantación de la solución digital como gasto deducible.
Muchas pymes tendrán que declarar también el Kit Consulting
Además, miles de empresas también cobraron hasta febrero de 2025 las ayudas de Kit Consulting. Estas subvenciones consistían igualmente en bonos para que las empresas puedan recibir asesoramiento digital por parte de otros negocios.
En este caso, según el último balance publicado por Red.es, a finales de febrero eran 16.600 empresas las que habían recibido una de las ayudas de Kit Consulting para digitalizar su actividad.
El funcionamiento de este programa es el mismo que el de Kit Digital: las ayudas deben tributar como ingresos en el Impuesto de Sociedades y a la vez deducirse como gasto, por lo que su coste fiscal vuelve a ser inocuo.
El Kit Digital no tiene ningún coste fiscal si se declara correctamente
Las ayudas de Kit Digital -y también las de Kit Consulting- no generan como tal ningún sobrecoste fiscal si se gestionan correctamente. El beneficiario recibe la concesión del bono y lo “canjea” con un agente digitalizador. Este implanta la solución –una web, un programa de facturación, ciberseguridad, redes sociales– y emite una factura.
Esa factura tiene dos componentes: la base imponible del servicio, que se cubre con el bono, y el IVA, que debe pagar el autónomo o la empresa beneficiaria.
Desde el punto de vista del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades, el importe del bono es un ingreso, pero también un gasto, ya que se ha utilizado íntegramente para pagar el servicio. El resultado final es neutro.

Algunos autónomos también tendrán que declarar el Kit Digital en IVA
Donde sí ha habido un impacto directo, aunque temporal, es en el IVA. El IVA no forma parte de la ayuda subvencionable y debe ser abonado por el beneficiario al agente digitalizador.
Si un autónomo recibió el Kit Digital a finales de 2025 y el servicio se implantó en ese mismo periodo, habrá pagado el IVA correspondiente en los últimos meses del año. Ese IVA deberá deducirse en la autoliquidación del cuarto trimestre de 2025, que se presenta entre el 1 y el 30 de enero de 2026.
Por ejemplo, un autónomo que haya utilizado un bono de 3.000 euros para crear una página web y cuyo agente digitalizador facture exactamente ese importe, debió pagar 630 euros de IVA (el 21%). Ese importe podrá deducírselo en su declaración trimestral de IVA, pero antes habrá tenido que adelantarlo.
¿Qué deben hacer los autónomos y pymes que cobraron el Kit Digital en 2025?
Los pasos básicos para que los autónomos y pequeñas empresas que cobraron el Kit Digital en 2025 cumplan con Hacienda este año son claros:
- Como con cualquier gasto, deben guardar todas las facturas emitidas por el agente digitalizador.
- Deben declarar el IVA soportado en el trimestre correspondiente. Si se emitió la factura a partir de octubre, tendrán que deducírselo este mes de enero.
- Incluir el importe del bono como ingreso de la actividad en la Renta o en el Impuesto sobre Sociedades de 2025.
- Reflejar ese mismo importe también como gasto deducible.
En caso de duda, es recomendable revisar la documentación con la asesoría, ya que un error en la imputación puede provocar requerimientos de Hacienda.





