El uso de criptomonedas en el ámbito laboral ya no es una hipótesis futurista, pues en varios países de Latinoamérica son muchas las pymes tecnológicas que han empezado a pagar parte de los salarios de sus trabajadores en activos digitales. Especialmente en startups con equipos trabajado de forma remota y perfiles altamente cualificados.
Según OneSafe, este modelo empieza a generar interés también en España. Y es que un número creciente de pymes tecnológicas españolas estudian fórmulas para incorporar criptomonedas en la retribución salarial, especialmente tras comprobar su funcionamiento en filiales de otros países.
No obstante, el marco legal español es rotundo al respecto. A día de hoy se imponen límites muy concretos que las empresas deben conocer antes de plantear cualquier cambio en su sistema de nóminas, con novedades muy recientes sobre Hacienda y su vigilancia al respecto del uso de las criptomonedas.
¿Es posible pagar las nóminas de los empleados en criptomonedas?
En Latinoamérica, el uso de criptomonedas como forma de pago a trabajadores ha mostrado un crecimiento notable en los últimos años. De hecho, en 2024, el porcentaje de trabajadores que recibieron parte o la totalidad de su salario en este tipo de activos subió del 2% al 5%, según un informe de mercado elaborado por la compañía Bloomberg.
Argentina es el país que más destaca en este escenario: casi la mitad de los pagos salariales que las empresas procesan a través de plataformas especializadas en cripto van a profesionales argentinos, en concreto el 48%, y el 75% de ellos elige stablecoins como medio de cobro, ya que son más estables que otros criptoactivos, según el mismo informe de Bloomberg.
Así, empresas tecnológicas con actividad en Latinoamérica, pero también en Europa, como puede ser Ripio o Bitso, observan esta experiencia como un banco de pruebas, con el objetivo, obviamente, de evaluar la viabilidad de esta posibilidad en España en el medio plazo.
En la misma línea, OneSafe asegura que cada vez más pymes tecnológicas españolas preguntan por este tipo de soluciones. En especial, aquellas que tienen equipos de trabajo distribuidos por diferentes puntos geográficos o filiales en el extranjero.
El interés, dice la plataforma de pagos digitales, no responde únicamente a una cuestión tecnológica, sino que se vincula a la necesidad de competir por talento internacional, reducir fricciones en pagos transfronterizos o agilizar la operativa con los trabajadores en remoto, que han crecido considerablemente.
Sin embargo, el contexto legal español actual es muy diferente al argentino o al mexicano, y es ahí donde surgen las principales limitaciones.

Esto es lo que dice la legislación española sobre pagar salarios en criptomonedas
En nuestro país, la ley es clara con respecto a este tipo de pagos digitales. Y es que el Estatuto de los Trabajadores establece que el salario debe abonarse siempre en moneda de curso legal, es decir, en euros. Y esta exigencia afecta tanto al salario base como a los complementos salariales.
El ordenamiento jurídico, eso sí, permite el pago del salario en divisas extranjeras, pero siempre que exista conversión y referencia clara al euro, según el despacho de abogados especializado en derecho laboral Gómez-Acebo&Pombo. Así las cosas, las criptomonedas no tienen la consideración de moneda en curso legal en España, ni tampoco en el resto de la Unión Europea.
Existe, no obstante, una vía parcialmente abierta. Según otro despacho especializado en el ámbito laboral, Ceca Magán Abogados, la normativa laboral permite que una parte de la retribución se articule como salario en especie, eso sí, con un límite máximo del 30% del salario total. Por ello, dentro de ese margen, y siempre con aceptación expresa del trabajador, podría plantearse el pago en criptoactivos.
Pero existe otro problema. Y es que más allá de la legalidad laboral, el principal escollo para la nómina cripto en España es el ámbito fiscal. Porque cualquier retribución, ya sea en dinero o en especie, debe tributarse en el IRPF y cotizarse a la Seguridad Social. En el caso de las criptomonedas, esto obligaría a las pymes a valorar el activo en euros en el momento exacto del pago, algo que es especialmente difícil en activos volátiles, según aseguran desde Ceca Magán Abogados.
Además, desde 2026, el control fiscal sobre los criptoactivos se ha intensificado de forma notable. La entrada en vigor del marco internacional de intercambio de información sobre criptoactivos y su adaptación al derecho europeo ha eliminado, en la práctica, cualquier atisbo de anonimato.
Y así, las plataformas que intermedian en pagos con criptomonedas, como OneSafe, estarán obligadas a identificar a los usuarios, reportar operaciones y comunicar saldos y movimientos a las autoridades fiscales de nuestro país. Esto, evidentemente, incluye pagos por servicios, nóminas y transferencias a monederos externos.
En ese contexto, una pyme tecnológica que decidiese pagar parte del salario de los trabajadores en criptomonedas debería garantizar la correcta retención de IRPF, la cotización íntegra a la Seguridad Social, el cumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales y la trazabilidad completa de las operaciones, lo que aumentaría, todavía más, los costes administrativos a la pyme, uno de los grandes problemas que enfrentan la mayoría de las pequeñas y medianas empresas de nuestro país.




