La Comunidad de Madrid ha aprobado tres millones de euros en ayudas dirigidas a incentivar el inicio de la actividad por cuenta propia de los nuevos autónomos de la región.
La iniciativa de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo servirá para cubrir determinados costes del inicio de la actividad, a fin de favorecer la puesta en marcha de negocios.
En concreto, la ayuda estará dirigida a aquellas personas en paro que se den de alta como autónomos para emprender una actividad en el 2026. Tendrán que haber permanecido como desempleadas, al menos un día, en los 15 días naturales anteriores a la fecha de alta en la actividad.
- Las ayudas cubrirán gastos de notaría, seguros, suministros u otras inversiones
- Las subvenciones están dirigidas a las personas en paro que se den de alta en el RETA
- Los autónomos tienen tres meses desde el alta para solicitar la ayuda
Las ayudas cubrirán gastos de notaría, seguros, suministros u otras inversiones
Según informó la comunidad, la medida fue aprobada a través del último Consejo de Gobierno, con el objetivo de cubrir diferentes costes derivados parcialmente del comienzo de la actividad por cuenta propia. Así sucede con los gastos de notaría, registro, o gestoría; la inversión en publicidad, investigación y desarrollo o el pago de seguros.
También, los costes generados por los ingenieros técnicos o letrados, las cuotas de colegios profesionales, los gastos asociados al local donde se desarrolle la actividad (suministros de agua, gas, electricidad o internet), la adquisición de software y licencias informáticas, el diseño de una página web, los gastos de gestoría o los registros de patentes y marcas.
En el último acuerdo del Consejo de Gobierno del 26 de marzo de 2025, el importe inicial de estas ayudas se fijó en el 80% de los gastos subvencionables justificados por el nuevo autónomo, siendo la ayuda máxima de 2.000 euros, salvo determinados supuestos que permiten incrementar esta cuantía.
Durante 2024, 844 trabajadores por cuenta propia recibieron estas ayudas, por una cuantía media de unos 2.900 euros. La subvención se complementa con otros incentivos regionales dirigidos a los autónomos al comienzo de su actividad, como la llamada Tarifa Cero.
Subvenciones dirigidas a las personas en paro que se den de alta en el RETA
Podrán acceder a estos incentivos las ayudas las personas desempleadas que se den de alta como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia (RETA) o la mutualidad del correspondiente colegio profesional.
También aquellas que se conviertan en socios de sociedades mercantiles; socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales; o miembros de sociedades civiles o comunidades de bienes, cuando se den de alta en el RETA.

Otros requisitos que también será necesario cumplir para beneficiarse de la ayuda son los siguientes:
- Mantener la actividad por un mínimo de dos años.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Estar en desempleo y figurar como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, como mínimo, un día en los 15 días naturales anteriores a la fecha de inicio de la actividad. Como fecha de inicio se consideran:
- Fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Fecha de alta en el RETA o mutualidad, o la de pertenencia como miembro o socio en los supuestos descritos antes.
- No haber realizado la misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el IAE.
- Haber elaborado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- No haber recibido subvenciones superiores a los 300.000 euros en total durante tres ejercicios fiscales. Si son para operaciones de transporte de mercancías por carretera, no haber superado la cuantía de 100.000 euros.
Además, será necesario presentar la solicitud de inicio de la actividad por cuenta propia:
- Cuando ya se hayan efectuado los gastos y los pagos derivados del inicio de su actividad.
- Declarando en la solicitud de forma responsable:
- Si se han solicitado otras ayudas para la misma actividad hasta el momento de presentar la solicitud y se han obtenido o no.
- Si se han recibido ayudas de minimis en los tres años anteriores.
- Que comunicará cuantas solicitudes de subvenciones, relacionadas con la actividad, desde el momento de la solicitud de esta ayuda.
Los autónomos tienen tres meses desde el alta para solicitar la ayuda
El plazo para poder solicitar estas subvenciones es de tres meses desde el inicio de la actividad por cuenta propia, tomando como referencia el alta en el IAE.
Según la comunidad, la convocatoria es de carácter indefinido, por lo que puede solicitarse “en cualquier momento del año” por medio de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.





