Ya es oficial. Desde el pasado 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria vigila los pagos que realizan y reciben los autónomos a través de Bizum y, con mayor detalle, los de sus tarjetas bancarias, gracias a la información suministrada por los bancos. 

Además, como ya avanzó este medio, desapareció también el límite de ingresos mínimo que existía para que los bancos comenzaran a reportar esta información sobre empresarios y profesionales al Fisco. Un límite que requería anteriormente que las cuantías superan los 3.000 euros, y que, desde enero, se ha eliminado. 

Ante estos cambios, los asesores fiscales han planteado para este diario una serie de recomendaciones para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante este cambio, que supone un deber más en un contexto donde las cargas administrativas e impositivas han aumentado para el colectivo.

En ese sentido, según apuntó la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) en su último Barómetro, nueve de cada diez afirmaron haber percibido un aumento de sus cargas administrativas en el último año, y el 80% de los autónomos señaló que el aumento de las cargas impositivas lastró su negocio durante 2025.

  1. Recomendaciones de los asesores fiscales con la nueva vigilancia sobre Bizum y tarjetas
  2. ¿Qué puede hacer Hacienda con la información que obtiene de Bizum y tarjetas?
  3. Las sanciones son de entre el 50% y el 150% de los ingresos no declarados

Recomendaciones de los asesores fiscales con la nueva vigilancia sobre Bizum y tarjetas

Según explicó a este medio Ángela Cal, Business Director de la asesoría Talenom en Galicia y Asturias, es importante que los trabajadores por cuenta propia tengan en cuenta la nueva medida en la gestión diaria de su negocio. Para ello, ofreció las siguientes pautas.

Emitir factura por cada cobro digital, ya sea en Bizum o tarjeta

Según señaló la asesora, realizar factura de cada uno de los cobros, para que no haya dificultades en identificar que ese cobro proviene de una prestación concreta de servicios, y lleva asociada esa factura en concreto. 

De esta forma, Hacienda podrá cruzar directamente lo que se declara en el banco con lo que se declara en el libro registro, en la contabilidad y con las liquidaciones de IVA y de IRPF. 

“Es fácil que se puedan acumular muchos cobros vía Bizum, por vía Skype, por ejemplo, así como por tarjeta, y no llevar alineada la contabilidad y la facturación con esos cobros. O que realicen un resumen anual, trimestral o mensual, quedando algunos cobros perdidos, porque, a lo mejor, el volumen de los pagos que realizan a través de la aplicación es mucho menor que el que realizan por otras vías. Para evitar estas situaciones, la recomendación es que por cada cobro que tengan hagan una factura”. 

Adicionalmente, la profesional recordó que también se debería hacer factura a particulares en estos supuestos, aunque es una tarea complicada de realizar por cada transacción en determinadas actividades donde el volumen de operaciones es muy elevado, como sucede en hostelería. 

“Pero, siempre que se pueda, la recomendación es realizarla. La trazabilidad se centra mayormente entre autónomos y empresas, también puede ser necesario facturar en el caso de particulares. Por ejemplo, en servicios profesionales, aunque sea un odontólogo, un fisioterapeuta o un abogado, que preste servicios a particulares y los cobre por estas vías, la recomendación es hacer una factura por cada cobro, aunque el cliente sea un particular”. 

Comprobar regularmente que los libros de ingresos coinciden con el banco

La contabilidad de los autónomos suele ser diferente de aquella de las pymes. Las empresas deben llevar su contabilidad y hacer la conciliación bancaria: siempre hay un asiento de apertura, se registra en los libros diariamente la contabilidad, y, ahí, se va conciliando siempre con la entidad. 

“En estos procedimientos, un cobro debe coincidir con una determinada factura. Sin embargo, en el caso de los autónomos, no se suelen hacer las conciliaciones bancarias. El autónomo lleva su libro registro de ingresos y eso no se coteja con los ingresos del banco. Por eso, algunos profesionales somos partidarios de que los autónomos lleven una contabilidad más parecida a la de las empresas, por este motivo”. 

En ese sentido, la experta recomendó que los ingresos y facturas emitidas por los autónomos se concilien con sus entidades bancarias, llevando la trazabilidad del momento en que se emite y se cobra cada factura por medio de la plataforma Bizum o cualquier otra aplicación. 

“Esto también ayuda a la gestión del autónomo a nivel interno”, explicó la experta. “Conoce con más claridad los servicios que ha prestado y si sus clientes le han pagado. Este sistema permite llevarlo con mayor detalle para trasladarlo todo luego a las liquidaciones trimestrales. Para Hacienda también hay esa trazabilidad”. 

Como recordó Cal, con la nueva vigilancia por parte de Hacienda para aflorar rentas, el control sobre los movimientos bancarios será más exhaustivo, aunque la forma de cobro sea una plataforma como Bizum o Paypal. Estas funcionan como cualquier forma o sistema de cobro por medio de un banco.

Utilizar cuentas exclusivas para la actividad profesional

Una de las recomendaciones en las que la asesora realizó mayor hincapié fue el uso de cuentas exclusivas para la actividad profesional, independientes de las de uso personal, especialmente con la proliferación de nuevas formas de cobro digital como Bizum. 

“En el momento en mezclas todo, es un caos y es muy difícil de controlar. En la práctica, evitar, por ejemplo, tener una segunda cuenta bancaria para evitar las comisiones puede generar problemas a largo plazo».

Recomendaciones de los asesores para los autónomos ante la vigilancia de Hacienda sobre Bizum y tarjetas
Recomendaciones de los asesores para los autónomos ante la vigilancia de Hacienda sobre Bizum y tarjetas.

En este supuesto en particular, podría ser que recibieran en la cuenta personal tanto ingresos de la actividad y como de un regalo para un familiar a través de Bizum. “Es muy difícil llevar el control, entonces es recomendable que una sea la cuenta profesional, con ingresos y pagos de la actividad que estén desarrollando, incluidos los de Bizum, y otra cuenta personal. Si hay que dotar la cuenta personal de dinero, se hace una transferencia de la profesional a la personal, pero que se separen bien los dos conceptos”. 

Anticiparse a la adaptación a Verifactu y a los sistemas digitales de registro

Esta recomendación de la asesora parte de conseguir que la gestión interna del negocio esté bien organizada para cuando llegue ese momento —así como para evitar prisas de última hora—, ya que el sistema digital también conlleva, justamente, una mayor trazabilidad de las operaciones, donde se incluyen las que se llevan a cabo con la aplicación.

“Tener claro quiénes son nuestros clientes, tener el sistema de facturación certificado que permite usar la Agencia Tributaria, y, ya es posible, también, comunicando en el sistema Verifactu las operaciones, permite tener mayor transparencia de cara a Hacienda”. 

Con el sistema se facilita que, si en un momento dado, hay una inspección y se tienen que aportar datos, sea posible realizar una comprobación instantánea, descargarse archivos en tipo zip que puedan enviarse al técnico de manera ágil, etcétera. “Son actos de “buena fe” y colaboración con la Administración para demostrar que se está dando un buen cumplimiento normativo, ya que aparecen todos los ingresos y por medio de facturas homologadas”. 

De esta forma, se minimizan los riesgos fiscales y se profesionaliza el negocio.

¿Qué puede hacer Hacienda con la información que obtiene de Bizum y tarjetas?

Los asesores fiscales ponen el foco en el cruce de datos que se va a poder realizar con las declaraciones de IVA e IRPF y cómo esto facilita la detección de ingresos no declarados o incoherencias contables.

Dado que el suministro de información va a ser mensual y Hacienda va a tener conocimiento “en tiempo real” de los ingresos del autónomo por medio de estos plataformas, va a poder cotejar muy rápido esta información con las declaraciones de las liquidaciones trimestrales que presenten los trabajadores por cuenta propia. 

“Inmediatamente, a raíz de la declaración, se producirá una liquidación provisional si figuran menos ingresos de los que Hacienda tiene constancia a través de la información bancaria, porque ya también se registran los pagos con Bizum. En ese caso, el trabajador por cuenta propia tendrá que abonar esa diferencia, generada por la liquidación provisional, más el correspondiente recargo. Y, a mayores, se abrirá un procedimiento sancionador que puede implicar una sanción y puede alcanzar cantidades importantes”. 

Las sanciones son de entre el 50% y el 150% de los ingresos no declarados

Según añadió Cal, ante estos cambios que introduce la norma, dado que ya hay una normativa en vigor, es importante que los autónomos la conozcan para poder dar cumplimiento, si se producen discrepancias. “Si las hay, creo que va a haber bastante inflexibilidad con los recargos, sanciones, intereses de demora y liquidaciones provisionales”.

Cabe recordar que la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), establece sanciones que van del 50% al 150% de la cantidad que se haya dejado de ingresar a Hacienda. De esta forma, como ejemplo, en el supuesto más grave, si se hubieran dejado de declarar 2.000 euros en ingresos a través de Bizum, la sanción sería de 3.000 euros, además de los 2.000 adeudados, sin tener en cuenta posibles recargos o intereses.