1. El consentimiento para usar las fotos de clientes tiene límites y fecha de caducidad
  2. Las autorizaciones genéricas no valen para todos los negocios y conviene revisarlas
  3. Condiciones para usar las fotos de clientes en un negocio tras la última resolución
  4. Revisar las imágenes evita riesgos y aporta seguridad a las pymes

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a un pequeño negocio por seguir utilizando la imagen de una menor en distintas publicaciones en sus perfiles de redes sociales, mucho después del periodo autorizado. Esto ha reabierto el debate sobre cómo deben gestionar los autónomos las fotografías de clientes en sus negocios.

La resolución aclara que el consentimiento no puede interpretarse como ilimitado y que emplear una foto más allá de la finalidad pactada puede considerarse un uso indebido.

Este caso afecta directamente a miles de autónomos con comercios o pequeños negocios, que publican imágenes de clientes en redes para mostrar su trabajo cotidiano o dar visibilidad a su actividad. La decisión obliga a revisar cómo se solicita el permiso y a entender con claridad qué autoriza y qué no autoriza realmente una imagen compartida.

La AEPD no detalla la cuantía económica con la que ha multado a este autónomo, aunque recuerda que las infracciones con menores (se trataba de una niña, cuyo consentimiento era paterno) se consideran especialmente sensibles y pueden implicar consecuencias más severas según la normativa. La agencia insiste además en que” el consentimiento debe especificar finalidad, duración y contexto de uso. De modo que una autorización genérica puede no servir para campañas posteriores”.

El consentimiento para usar las fotos de clientes tiene límites y fecha de caducidad

Muchos autónomos con pequeños negocios creen que un permiso inicial sirve para todas las publicaciones futuras, pero la resolución señala lo contrario con rotundidad. Fuentes de la AEPD insisten en que “cada uso distinto requiere precisión, lo que impide reciclar una foto antigua en una campaña nueva sin valorar si el permiso sigue siendo válido”.

Este malentendido es habitual en comercios que publican escenas cotidianas para mostrar cercanía, como entregas de productos, resultados de un servicio o participación en actividades. El uso prolongado de imágenes, o su empleo en nuevos contextos, puede quedar fuera del consentimiento inicial y generar conflictos difíciles de resolver si el cliente plantea una objeción.

La propietaria de Óptica Luz, Marta Gil, explicó a este diario que suele publicar fotos de algunos clientes “cuando recogen sus gafas nuevas o participan en promociones”. Señala que son imágenes naturales, “realizadas en la propia tienda, que ayudan a mostrar estilos y modelos actuales. Pero nunca obligamos a nadie a aparecer”.

Esta comerciante gaditana reconoce que hasta ahora les bastaba con una autorización verbal o una hoja sencilla firmada en el momento. “Interpretábamos que ese acuerdo permitía mantener la foto sin límite en nuestro Instagram; algo que parece que la resolución nos obliga a revisar con más detalle”.

Las autorizaciones genéricas no valen para todos los negocios y conviene revisarlas

La AEPD insiste en que un consentimiento válido debe ser específico en todos sus elementos. Lo cual, “obliga a indicar con claridad la finalidad concreta, el tipo de publicación y el tiempo durante el cual podrá mantenerse la imagen en los perfiles, para evitar interpretaciones ambiguas”.

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Los autónomos del comercio que usan fotos de clientes en sus redes olvidan que el permiso tiene caducidad.

Las autorizaciones demasiado genéricas pueden no amparar la forma real en que se usa la imagen y dejar al negocio en una situación vulnerable. Marta Gil admitió que nunca habían “considerado la necesidad de renovar el permiso o de explicar de forma explícita para qué se usaría cada fotografía”.

En el comercio de prendas y material deportivo algo parecido. Daniel Romero, propietario de Bici&Go, contó a este diario que publican “fotos de clientes que se llevan una bicicleta nueva o que participan en rutas organizadas, lo que ayuda a mostrar comunidad y afición en torno a nuestra tienda” .

Romero señala que el permiso suele pedirse de palabra o mediante mensaje directo, siempre con buena fe, “pero sin entrar en detalles legales específicos sobre la duración o la posible reutilización de la imagen en publicaciones futuras”.

Condiciones para usar las fotos de clientes en un negocio tras la última resolución

La resolución no pretende dificultar el día a día de los autónomos, pero sí exigir un mínimo de orden documental. La clave es solicitar un consentimiento claro que indique la publicación concreta, el tiempo de permanencia y las plataformas donde aparecerá para reducir dudas posteriores.

Este cambio no implica dejar de usar imágenes, sino aplicarlas con mayor claridad en la información facilitada al cliente. Marta Gil afirmó que revisarán sus formularios actuales y explicarán mejor para qué se usan las fotos, durante cuánto tiempo estarán en redes y con qué alcance se muestran para ofrecer mayor transparencia.

Y Daniel Romero también prevé modificaciones y asegura que empezarán “a pedir autorizaciones escritas para cada caso”. Que incluirán el destino de la imagen, la red donde se publicará y si podrá mantenerse en el perfil con el paso del tiempo, “para evitar malentendidos que antes no contemplaban”.

El objetivo es que se sepa exactamente qué imágenes sí que se pueden utilizar, bajo qué condiciones y durante cuánto tiempo. “Esto permite”, recuerdan en la AEPD, “mantener la cercanía con los clientes sin exponerse a sanciones imprevistas o reclamaciones que pueden evitarse con unas pautas mínimas.

Revisar las imágenes evita riesgos y aporta seguridad a las pymes

Muchos autónomos desconocen que publicar una fotografía implica tratar datos personales, y que esa acción tiene requisitos concretos. La resolución recuerda que usar imágenes de forma correcta no es complicado, pero exige especificar la finalidad, limitar la duración y conservar pruebas del consentimiento para garantizar un uso adecuado.

Revisar las imágenes antiguas es otra medida importante; porque una foto utilizada en años anteriores puede no estar cubierta por la autorización inicial si se reutiliza en otro contexto. Esto permite anticipar problemas y actuar antes de que surjan situaciones conflictivas con clientes que no desean seguir apareciendo.

Los testimonios de ambos comerciantes muestran que la mayoría de negocios utiliza fotos con intención positiva y sin ánimo comercial agresivo. Sin embargo, la normativa vigente obliga a ser más precisos para que esa buena intención no derive en problemas legales evitables en el futuro.

El criterio de la AEPD ofrece pues una oportunidad para revisar la práctica habitual y establecer permisos claros. Con ello, los autónomos pueden mantener la visibilidad que aportan sus redes sin renunciar a seguridad jurídica suficiente en cada imagen que comparten.