- Más de 150.000 autónomos a la espera de que también se prorroguen los límites de módulos
- Sectores, reducción del 5% y plazos para la renuncia
El Ministerio de Hacienda aprobó este jueves la nueva orden de módulos para 2026, que ya está publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que permite ampliar un año más este sistema y sus beneficios fiscales para los autónomos.
El problema, como ya avanzó este diario, es que faltan apenas dos semanas para que termine el año y Hacienda todavía no ha aclarado si prorrogará también los límites de facturación que han estado en vigor hasta la fecha y que permiten a miles de autónomos tributar por el sistema. Para ampliar estos umbrales no basta con la orden, sino que es necesario aprobar un Real Decreto aparte que los extienda.
De lo contrario, según estiman desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), los límites de facturación se reducirían automáticamente a la mitad y entorno al 65% de los autónomos que están tributando por módulos ahora mismo pasarían automáticamente a estimación directa. Para algunos sectores, como por ejemplo los transportistas, esto podría costarles miles de euros extra en impuestos y podría desembocar en el cierre de sus negocios.
La patronal de transporte Fetransa aseguró que, desde el Ministerio de Hacienda, se les había prometido realizar dos prórrogas más, hasta 2027, para evitar la incertidumbre del colectivo. Los transportistas reclaman mayor seguridad jurídica puesto que, de no ampliarse estos límites, los trabajadores por cuenta propia que podrían llegar a pagar hasta 16.000 euros más al año al pasar a estimación directa.
Más de 150.000 autónomos a la espera de que también se prorroguen los límites de módulos
Ahora mismo, según estimaciones de ATA, habría más de 150.000 autónomos que podrían quedar automáticamente expulsados del sistema si no se prorrogan los límites. El problema se remonta a 2016. Ese año se aprobó un cambio normativo que reducía de 250.000 a 125.000 euros o de 125.000 a 75.000 euros -dependiendo de si se factura a empresas o a cliente final- el límite de ingresos para poder tributar en módulos.
Desde ese momento, la propia Federación ha ido reclamando que se prorroguen estos límites año a año para que los autónomos puedan seguir tributando en módulos si no superan los 250.000 o 125.000 euros de facturación. En 2025, por ejemplo, esto se consiguió in extremis a través del famoso decreto omnibus. Pero esta vez, a dos semanas de que termine el año, Hacienda ni si quiera ha aclarado si extenderá o no estos umbrales.
El año pasado los autónomos se vieron en una situación similar hasta marzo, puesto que los límites sí se prorrogaron a través del decreto omnibus, pero esta norma no logró pasar el filtro del Parlamento.
Con ello, parecía que se había tumbado la extensión de los límites del régimen de módulos, entre otras medidas de calado para el colectivo.
Sin embargo, a mediados de marzo, la Dirección General de Tributos emitió una consulta vinculante que determinaba que no era necesario cambiar la ley para continuar con los límites de facturación que había hasta 2024.
Este año sí hará falta un Real Decreto para extender los límites de módulos
Según explicó Ferrero, en caso de no prorrogar los límites mediante una norma con rango de ley, no habría ninguna otra alternativa, dado que el ejercicio pasado ya se realizó, de manera excepcional, la prórroga de los límites mediante una nota aclaratoria emitida en marzo por la Dirección General de Tributos (DGT).
La consulta de tributos entendía que para cambiar los límites excluyentes del sistema con seguridad jurídica era necesario que la Ley que los estaba modificando estuviera en vigor desde el 1 de enero. Y como el decreto omnibus no entró en vigor hasta el día 22 de enero, Tributos entendía que los límites de ingresos ya se daban por prorrogados sin necesidad de aprobar ninguna normativa extra.
De hecho, en la prórroga de este año, sería necesario también corregir la ausencia de prórroga de 2025, puesto que ese año no se extendieron los límites con una Ley de rango igual a la orden, si no con la aclaración de Hacienda. “Si sacan un Real Decreto-ley, lo correcto sería que, además, incluyeran la extensión de 2025”, añadió Celia Ferrero.

Para ATA, los autónomos que tributan dentro del sistema de estimación objetiva necesitan mayor seguridad jurídica, dado que la diferencia en términos de planificación empresarial y de pago de impuestos es «enorme» en función del régimen en el que se sitúen.
Sectores, reducción del 5% y plazos para la renuncia
Al margen de los límites, el documento incluye tanto los sectores que pueden aplicar el régimen, como la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos, aplicable por todos los contribuyentes que declaren los ingresos de la actividad económica por medio del método de estimación objetiva.
La orden también incluye el plazo máximo para poder renunciar al régimen en caso de que no querer seguir tributando por módulos o no cumplir los requisitos para mantenerse en el sistema.
Por el momento, la fecha máxima para poder salir del régimen es el 31 de diciembre de 2025 mediante la presentación de la declaración censal, con el modelo 036.
También se dará por solicitada la renuncia cuando se presente en plazo reglamentario la declaración del primer pago fraccionado de 2026 por el método de estimación directa.
Igualmente, la renuncia al régimen simplificado de IVA se entenderá efectuada con la presentación en plazo reglamentario de la declaración-liquidación del primer trimestre por el régimen general de IVA, o mediante la declaración censal hasta el 31 de diciembre.




