- El presupuesto de las ayudas al abandono de transportistas lleva tres años congelado
- Las ayudas alcanzan los 30.000 euros por beneficiario pero solo el 20% de los autónomos accede
- El ministerio responde a las principales dudas sobre las ayudas al abandono de la actividad
El Gobierno ha mantenido un año más las ayudas al abandono de la actividad para los transportistas autónomos. La patronal del transporte de mercancías Fetransa ya había anunciado esta medida, cuya convocatoria se ha abierto hace escasos días en la web del Ministerio de Transportes.
La puesta en marcha de los incentivos llega tras la reunión de la patronal con el ministerio la semana pasada, para realizar diversas peticiones ante la situación en la que se encuentra el sector: la subida de los carburantes por el conflicto de Irán y el envejecimiento de la profesión. La patronal sigue, además, a la espera de la prórroga de los límites en módulos, motivos por los que el colectivo demanda bonificaciones al gasóleo y otras ayudas directas.
Durante el encuentro, Transportes, que no confirmó por el momento ninguna de las medidas solicitadas por estos autónomos, sí aseguró que las ayudas al abandono de la actividad, destinadas a que los trabajadores por cuenta propia del transporte puedan retirarse antes de la edad de jubilación ordinaria, si han alcanzado los 63 años o si padecen alguna incapacidad temporal, continuarían este año.
Ahora, la convocatoria para estos incentivos acaba de abrir y recibirá solicitudes hasta el próximo 13 de abril de 2026. Sin embargo, las ayudas siguen con el mismo bajo presupuesto para este ejercicio que durante los tres años anteriores, tras una drástica reducción de sus fondos frente al año 2022. Ello está llevando a dejar fuera a la mayor parte de autónomos transportistas que las solicitan, siendo la cuestión un importante motivo de reclamación de las patronales.
El presupuesto de las ayudas al abandono de transportistas lleva tres años congelado
Los fondos que se destinan a estas ayudas llevan congelados desde 2023. Pese a que en 2022 las ayudas alcanzaron los 20 millones de euros, desde ese año el presupuesto se ha mantenido en menos de 10 millones de euros.
En ese sentido, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) expresó su preocupación por el mantenimiento de la partida dedicada a estas subvenciones por cuarto año consecutivo, con motivo de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado.
Para este año, el presupuesto total asignado se mantiene en 9,6 millones de euros, una cuantía que no permite atender cinco de cada seis solicitudes que los profesionales del sector realizan.
Las ayudas alcanzan los 30.000 euros por beneficiario pero solo el 20% de los autónomos accede
Estas ayudas están diseñadas para que los transportistas que superen los 63 años de edad o tengan una incapacidad permanente acreditada puedan retirarse de la actividad pese a no haber alcanzado la edad legal ordinaria de jubilación.
Se mantienen como una subvención al sector en un contexto en que éste busca conseguir el reconocimiento a la jubilación anticipad dada la incidencia del desgaste de las condiciones físicas para el ejercicio de esta profesión a partir de determinada, pero donde deben demostrar unas condiciones suficientes de penosidad, peligrosidad, toxicidad o insalubridad suficientes.
La cuantía de la subvención se mantiene en 30.000 euros por beneficiario, y, adicionalmente, se contemplan 5.300 euros por cada seis meses completos que le falten al beneficiario para cumplir la edad de 65 años.
Pero el número de profesionales del transporte de mercancías que consiguen acceder no llega ni al 20% de los solicitantes (321 de los 1.811 transportistas autónomos que las solicitaron para el año 2025).

El ministerio responde a las principales dudas sobre las ayudas al abandono de la actividad
Con motivo de esta última convocatoria, el ministerio también ha actualizado las respuestas a las principales cuestiones del sector sobre estas ayudas. Algunas de ellas son las siguientes.
Transmisión del vehículo
Entre ellas, por ejemplo, aclara que para aquellos solicitantes con una Resolución del Instituto Nacional de Seguridad Social con la fecha de aprobación de su pensión por incapacidad permanente (en el grado correspondiente) no es necesario que el vehículo siga en propiedad del titular a partir de dicha fecha.
Para los demás solicitantes, el vehículo debe estar adscrito a la autorización de transporte hasta que se les otorgue la ayuda de manera definitiva. Por tanto, no pueden transmitir el vehículo hasta que no la reciban, ya que la autorización caería en suspensión automática.
Autorizaciones de transporte para solicitar las ayudas
Las autorizaciones deben ser de servicio público de mercancías en vehículo pesado (MDP) o ligero (MDL) y viajeros en autobús (VD), todas de ámbito nacional.
Número máximo de autorizaciones de transporte
Los autónomos que soliciten estas ayudas deberán ser titulares de un máximo de tres copias autorizadas de servicio público de mercancías o viajeros en autobús de ámbito local, comarcal o nacional en los 10 años anteriores.
Interrupciones en la vigencia de las autorizaciones de transporte
Solo se permite una única interrupción en las autorizaciones de transporte de las que son titulares, y por tiempo inferior a tres meses dentro del período de diez años previo a la solicitud.
Si las interrupciones se deben a la falta de visado, la interrupción podrá ser superior a tres meses si se presenta la solicitud con la autorización visada afectada.
Además, las autorizaciones que den lugar a recibir la ayuda tendrán que estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención, salvo que se trate de incapacidad permanente. Entonces, tendrá que estar en vigor hasta la obtención de la resolución que reconoce esta situación.
Solicitantes como Sociedad Limitada Unipersonal
También podrán ser beneficiarios los socios únicos de la sociedad limitada unipersonal titular de la autorización de transporte. En este caso, la sociedad tendrá que haberse mantenido bajo la figura unipersonal los últimos diez años anteriores y tampoco habrá podido ser titular de más de tres autorizaciones de transporte en ese período de tiempo.
Prioridad en la concesión de la ayuda
Las bases reguladoras mantienen como criterios de valoración de las solicitudes los siguientes:
- Poseer una Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad donde figure la fecha de aprobación de la pensión por incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez para ejercer la profesión habitual de transportista. Estos solicitantes son prioritarios frente al resto.
- Edad avanzada del transportista, aumentando la preferencia cuanta más edad tiene el solicitante.





