La Agencia Tributaria publicó este viernes, como cada año, su famosa «lista de morosos». En la que incluye los nombres de los autónomos, particulares o empresas que tienen mayores deudas con Hacienda. Recientemente, la ley antifraude redujo la cuantía para formar parta de este documento, por lo que cada vez se incluye a más personas.

Como cada año, Hacienda publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), un listado de morosos que tienen deudas por impuestos y sanciones que gestiona la Agencia Tributaria. Este documento se publicada cada ejercicio, a finales de junio, e incluye a todas las personas físicas y empresas que mantenían a 31 de diciembre del año anterior obligaciones fiscales por importe superior a 600.000 euros. 

Si bien la cifra parece muy elevada, en realidad no lo es tanto teniendo en cuenta que es acumulativa y se puede acceder a ella al cabo de varios años de impagos al Fisco. También es cierto que el famoso listado de la Agencia Tributaria lleva publicándose ya 10 años, pero en los últimos ejercicios ha habido cambios legislativos que han modificado las condiciones para que un autónomo, empresario o particular entre a formar parte de esta lista.

  1. En 2025, casi 6.000 autónomos, empresas y particulares tienen deudas con Hacienda
  2. Condiciones para que un autónomo o empresa figure en la lista de morosos de Hacienda
  3. Dos formas para que autónomos o empresas con grandes deudas eviten entrar en la lista
  4. Otras listas de morosos que afectan todavía más a los autónomos

En 2025, casi 6.000 autónomos, empresas y particulares tienen deudas con Hacienda

De hecho, este año, el listado ha incluido nada menos que a 5.997 grandes deudores –tanto autónomos, como particulares o entidades jurídicas– con Hacienda. Los cuales, a cierre de 2024 seguían debiendo grandes importes a Hacienda por sus impuestos.

Aunque el número de personas que han formado parte de la lista este año supone un ligero descenso respecto a los datos publicados en junio del año pasado (un 1,4% menos), el importe de sus deudas ha aumentado considerablemente. En este ejercicio la cuantía global adeudada por estos nombres alcanzó los 16.138 millones de euros, un 5,9% más que en 2024.

En 2021, con la entrada en vigor de la ley antifraude se redujo el límite para entrar en la lista de Hacienda de un millón de euros a 600.000 euros. Con este cambio, al año siguiente, en 2022, la lista de morosos pasó de incluir a unos pocos cientos de contribuyentes a nombrar a casi 7.000 autónomos, empresas y particulares.

Más de 1.000 son personas físicas y cerca de 5.000 son empresas

Este año, sin embargo, la cifra se ha reducido a 5.997 deudores que figuran en el último listado. De ellos,1.077 son personas físicas por importe de 1.579 millones de euros (en la lista anterior eran 1.052 por importe de 1.500 millones de euros) y 4.920 son personas jurídicas por importe de 14.558 millones (frente a los 5.032 del año anterior y 13.737 millones).

Según los expertos, la bajada se debe a algunas sentencias del Tribunal Supremo emitidas en 2023 y que sentaron jurisprudencia al impedir que Hacienda considere morosos a los autónomos cuyas deudas no sean firmes. A partir de ahora, no se podrán incluir en el listado a los contribuyentes que deban dinero a causa de procesos que están todavía por resolver.

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Listado de deudores de Hacienda (Fuente: BOE).

Condiciones para que un autónomo o empresa figure en la lista de morosos de Hacienda

El corte para que Hacienda conozca los contribuyentes que están por encima del umbral actual de 600.000 euros se realiza a mediados de año. Una vez hecho este corte, antes de publicar el listado, se comunica a los deudores que van a aparecer en esta lista a finales de año y se les da un plazo de diez días para pagar la deuda o formular alegaciones para no aparecer en ella.

El fichero de morosos de Hacienda es una estrategia de presión a los contribuyentes con deudas más abultadas para que paguen los impuestos o sanciones que deben a la Administración. Ahora bien, para aparecer en esta lista, la ley marca un determinado procedimiento y condiciones que se deben cumplir.

Tras las últimas actualizaciones de la normativa a través de la ley antifraude publicada en 2021 y de las sentencias del Tribunal Supremo que impiden a Hacienda considerar morosos a los autónomos cuyas deudas no sean firmes, las condiciones para ser incluido en este listado han quedado así: 

  • Que el importe total (incluidos los recargos, sanciones tributarias e impuestos) superen los 600.000 euros.
  • Que la deuda no haya sido abonada transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario.
  • Que la deuda se encuentre pendiente de pago a 31 de diciembre de 2023, y no se regularice en los 10 días que da Hacienda tras el aviso al contribuyente.
  • Que la deuda sea firme y no esté en proceso de resolución.
  • Que la deuda no esté suspendida o aplazada.

Dos formas para que autónomos o empresas con grandes deudas eviten entrar en la lista

Aún debiendo una gran cantidad de dinero a la Agencia Tributaria los autónomos pueden evitar ser incluidos en su listado de morosos. El Fisco prepara esta lista con las deudas actualizadas a 31 de diciembre. Fecha en la que empieza a comunicar a los contribuyentes que están incluidos en ella, para darles un plazo de 10 días en los que pueden, o bien realizar el pago o bien presentar alegaciones por un error que haya podido cometer la Agencia Tributaria.

Así, cada año, las empresas y autónomos pueden evitar entrar en esta lista de dos formas:

  • Abonar la diferencia de la deuda y el umbral actual establecido. Por ejemplo, si la deuda es de 720.000 euros, dado que ahora el umbral es de 600.000, bastaría con ingresar en el plazo de esos diez días 121.000 euros para estar por debajo del límite y Hacienda no lo incluya en su listado.
  • Presentar una alegación contra la Administración amparándose en un error material o aritmético. Como puede ser que el Fisco se haya confundido en la cuantía y la deuda no alcance su límite, o que haya incluido en su lista el nombre de un contribuyente al corriente de pago por error.

Las deudas por las que se incluyen los nombres de los contribuyentes en la lista de morosos son obligatoriamente en las que ha transcurrido el periodo voluntario de pago.

Es decir, si se tiene una deuda de 620.000 -que ya estaría por encima del umbral actual-, pero a fecha de 31 de diciembre el deudor está aún dentro de su periodo voluntario de pago, no se le incluiría en el listado. «En el documento de Hacienda sólo aparecen personas con deudas que han sobrepasado ese periodo y no han solicitado los aplazamientos, o se los han denegado«, apuntó Mollinedo.

La lista de morosos de la Agencia Tributaria sale a los tres meses, es decir en el mes de marzo. «Desde el último día de diciembre, los técnicos tienen que confeccionar una elaborada lista comprobando deuda por deuda y, posteriormente, notificar a cada contribuyente y darle a cada uno esos diez días de plazo para tratar de evitar aparecer en el fichero»

Otras listas de morosos que afectan todavía más a los autónomos

Los autónomos y pequeños negocios tienen razones de sobra para temer aparecer en un fichero de morosos. En la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) advirtieron que la inclusión en una lista de morosos o de solvencia patrimonial es una práctica habitual como medida de presión para reclamar una deuda y no sólo por parte de Hacienda.

«Denegarte una tarjeta bancaria, no poder contratar un seguro o dar de alta luz, teléfono y gas pueden ser algunas de las consecuencias de figurar en uno de ellos». Además, es muy común que las empresas y entidades financieras pidan datos sobre personas físicas y/o jurídicas a estos ficheros.

Los datos de un moroso (nombre, DNI y deuda) puede estar un máximo de seis años en estas listas. Y para saber si un autónomo está incluido en una lista de morosos, tan sólo hay que consultar las más conocidas, ya que es muy probable que en el momento en el que se aparezca en una, el nombre esté en muchas otras. Los ficheros más conocidos son:

  • Asnef-Equifax-Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito S.L.
  • Badexcug, entidad gestionada por Experian Bureau de Crédito S.A.
  • Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), exclusivo para personas jurídicas.
  • Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), el primero que funciona en España para inquilinos que no pagan el alquiler.
  • El Banco de España dispone de su propio registro, denominado Centro de Información de Riesgos (CIRBE), que recoge datos de las entidades financieras sobre los riesgos que presenta un cliente.
  • La web Informa D&B permite a los autónomos y pymes que sean clientes consultar la lista Infodeuda para que se informen de posibles morosos.  
  • El fichero Icired cuenta con un registro online de morosidad y ofrece, entre otras cosas, la posibilidad de reclamar impagos comerciales. Está abierto y accesible a cualquier persona física o jurídica. Además, la misma empresa colaboró en la creación del RIJ ( Registro de Impagados Judiciales) junto al Consejo General de la Abogacía Española, un fichero de morosidad judicial  para recoger información y reclamar deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas mediante una resolución judicial firme.