La Seguridad Social comunicó recientemente que se encuentra revisando posibles incongruencias en la Tesorería General, entre los datos enviados por los autónomos con empleados a su cargo y las bases de cotizaciones de estos.

En concreto, la Tesorería ha solicitado a autónomos con trabajadores y empresas que analicen las bases de cotización y los Conceptos Retributivos Abonados (CRA), informados a través de las vías de comunicación con la propia TGSS.

Según explicó a este medio Luis Manias, responsable del Área Laboral de Sincro, “quieren justificar, por ejemplo, si hay un concepto salarial que no está cotizando y a qué puede deberse, si es por concepto de dietas y kilometraje o por una indemnización por despido”. 

  1. Los autónomos con empleados deben cotejar las bases de cotización con los Conceptos Retributivos Abonados 
  2. Incumplir con la correcta cotización de cada concepto pueden acarrear sanción

Los autónomos con empleados deben cotejar las bases de cotización con los Conceptos Retributivos Abonados 

Como detalló Manias, los CRA son ficheros obligatorios que contienen datos sobre los distintos conceptos retributivos abonados a las personas trabajadoras. En ellos, se incluye un desglose por empleado y mes de percepciones salariales y extrasalariales, y debe enviarse hasta el penúltimo día natural del mes del plazo reglamentario de ingreso, que es el mes siguiente al devengo de las cuotas. “Sirve para dar trazabilidad a la TGSS de los conceptos abonados dando una mayor transparencia y para controlar las cotizaciones reales de las personas trabajadoras”. 

Así, debido a incongruencias en la propia Tesorería entre estos datos remitidos por las empresas y las bases de cotizaciones declaradas, la Seguridad Social está realizando un control sobre estos conceptos. 

Si hay un concepto salarial que no está cotizando, es necesario que autónomos con empleados o sus apoderados indiquen expresamente que ese concepto no debe cotizar porque está justificado y esto se informa según una asignación que la propia TGSS realiza a cada concepto de nómina. En concreto, la Tesorería recordó que cada concepto de CRA esté identificado según la tabla siguiente.

Extracto de la tabla de concetos retributivos de la TGSS
Extracto de la tabla de conceptos retributivos de la TGSS.

También es posible que haya conceptos salariales que, efectivamente, no coticen. Así suele suceder con las dietas en especie por manutención o kilometraje, asignaciones por gastos de locomoción, salario en el extranjero en el caso de desplazamientos, dietas por manutención o estancia, prestaciones de Incapacidad Temporal abonadas directamente por la Seguridad Social, o indemnizaciones.

Asimismo, según añadió el responsable del área laboral de Sincro, este procedimiento se realiza con independencia de los cobros en cuenta de las cuotas que la Seguridad Social realiza, ya que la finalidad es que la Tesorería pueda revisar que las bases de cotizaciones enviadas por las empresas y los autónomos con empleados a cargo coinciden con las retribuciones reales. “Que de esta forma, pueda tener la certeza de que cada concepto enviado esté cotizando correctamente”. 

Incumplir con la correcta cotización de cada concepto pueden acarrear sanción

Si las empresas y autónomos con trabajadores que han generado una deuda con la TGSS por no haber cotizado correctamente por los conceptos salariales, la primera implicación es que pueden recibir una sanción con recargo del 20%.

En ese sentido, hay que diferenciar cómo proceder al respecto según el caso. Como apuntó Manias, si está justificado que el concepto salarial no esté cotizando, hay que volver a enviar el fichero CRA solventando el posible error. 

Si hay urgencia por parte del autónomo, ante las posibles demoras en el procedimiento, el experto recomienda abonar, primero, la cuantía adeudada a la Tesorería y solicitar, después, la correspondiente devolución de ingresos indebidos. 

“En este caso, el autorizado RED tiene que abrir un Casia a la TGSS para que eliminen la deuda, pero es posible que la petición se solvente rápido o no. Si a estas empresas o autónomos les corre prisa, primero deberán pagar la deuda y después solicitar una devolución de ingresos indebidos”. 

Si, por el contrario, no está justificado que el concepto salarial no esté cotizando, será necesario pagar la deuda, cobrada con el recargo sobre la cuantía total. 

“En el caso de no estar justificado y tratarse de un error en el envío del fichero del mes requerido habrá que pagar la deuda con el recargo del 20% para que lo eliminen del sistema”. 

Como añadió Manias, en este proceso es muy importante tener bien parametrizados los conceptos de nómina en el programa a fin de evitar complicaciones o errores mayores.

Puede haber CRA incluidos y excluidos de la base de cotización al mismo tiempo

Según señala el manual de CRA de la Seguridad Social, puede suceder que haya retribuciones abonadas a los trabajadores por conceptos retributivos en los que la remuneración queda parcialmente excluida de su integración en la base de cotización, y de forma simultánea, parcialmente integrada en la base de cotización. En estos supuestos, “deben ser comunicadas en su integridad”.