La Seguridad Social ha prorrogado para 2026 la tabla de bases de cotización de los autónomos, junto con los tipos aplicables tras la actualización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Esta decisión no solo afecta a los trabajadores por cuenta propia en activo, sino también a los autónomos que compatibilizan su negocio con la pensión de jubilación.

Aunque este colectivo cotiza bajo un régimen especial y reducido, sus cuotas también se ven condicionadas por la base que les corresponda según sus rendimientos netos. Es decir, aunque paguen menos que el resto, la prórroga de bases y la actualización de tipos impacta igualmente en lo que deberán abonar cada mes en 2026.

Desde la entrada en vigor del sistema de cotización por ingresos reales en 2023, todos los autónomos –incluidos los que están en jubilación activa– deben cotizar según sus beneficios. La diferencia es que estos últimos solo cotizan por determinadas contingencias y están sujetos a una “cuota de solidaridad”, que no genera nuevos derechos de pensión.

  1. Las bases de cotización y los tipos para autónomos en jubilación activa también se prorrogan
  2. También se mantienen los mismos tipos aplicables para 2026
  3. ¿Cuánto pagarán de cuota los autónomos en jubilación activa este 2026?

Las bases de cotización y los tipos para autónomos en jubilación activa también se prorrogan

La Ley de Seguridad Social prevé un supuesto especial de cotización para los autónomos que compatibilizan negocio y pensión. Estos trabajadores por cuenta propia tienen que pagar una «cuota de solidaridad», que son unos tipos de cotización reducidos para estos casos en los que se compatibiliza pensión e ingresos de la actividad

La prórroga de las bases para 2026 mantiene la estructura del sistema por tramos en función de los rendimientos netos del autónomo. Es decir, los trabajadores por cuenta propia en jubilación activa seguirán encuadrados en el tramo que les corresponda según sus ingresos mensuales previstos o reales.

Conviene recordar que estos autónomos no cotizan por todas las contingencias, como el resto del colectivo. La Ley General de la Seguridad Social establece que, mientras compatibilicen pensión y actividad, deberán cotizar:

  • Por Incapacidad Temporal.
  • Por contingencias profesionales.
  • Y por una cotización especial de solidaridad del 9% sobre su base por contingencias comunes.

También se mantienen los mismos tipos aplicables para 2026

En 2025, los tipos aplicables eran los siguientes:

  • Incapacidad Temporal: 1,55%.
  • Contingencias profesionales: 1,3%.
  • Cuota de solidaridad: 9%.

En total, el porcentaje resultante era del 11,85% aplicado sobre la base correspondiente al tramo de rendimientos.

Para 2026, con la prórroga de bases y la actualización general del sistema, estos tipos se mantienen en la práctica en el mismo esquema reducido para jubilación activa, aunque el resto de autónomos sí ven incrementos por la subida progresiva del MEI.

Es importante subrayar que la cuota de solidaridad no computa a efectos de prestaciones. Es decir, aunque el autónomo pague, su pensión no aumenta ni genera nuevos derechos. Su prestación queda congelada mientras permanezca en jubilación activa.

¿Cuánto pagarán de cuota los autónomos en jubilación activa este 2026?

La clave para calcular la cuota en 2026 vuelve a ser la misma: los rendimientos netos mensuales del autónomo. Al mantenerse la tabla de bases prorrogada, las cuotas seguirán moviéndose en una horquilla similar a la de 2025.

Tabla con las bases mínimas y máximas de cotización para autónomos en 2025, que se mantienen en 2026. Fuente: Seguridad Social.
Tabla con las bases mínimas y máximas de cotización para autónomos en 2025, que se mantienen en 2026 (Fuente: Seguridad Social).

Tomando como referencia los tramos vigentes, si el autónomo en jubilación activa obtiene rendimientos inferiores a 670 euros mensuales, su base mínima se sitúa en torno a 653,59 euros. Aplicando el tipo reducido del 11,85%, la cuota ronda los 77 euros mensuales.

Es decir, este sería el escenario de menor cotización dentro de la jubilación activa.

Cuotas de entre 77 y 260 euros al mes

En un supuesto intermedio, por ejemplo, un autónomo que obtenga rendimientos cercanos a 2.500 euros mensuales (30.000 euros anuales), quedaría encuadrado en un tramo con base mínima aproximada de 1.356 euros. Aplicando el 11,85%, la cuota mensual se situaría alrededor de 160 euros.

En el tramo más alto ––esto es, rendimientos superiores a 6.000 euros mensuales– la base mínima ronda los 1.928 euros. Con el mismo tipo reducido, la cuota alcanzaría aproximadamente los 228 euros mensuales.

Por tanto, en 2026 las cuotas para autónomos en jubilación activa se moverán previsiblemente entre unos 77 y 230 euros mensuales, dependiendo de los rendimientos.