Miles de autónomos están a punto de recibir la devolución de las cuotas que pagaron de más en 2024 tras la regularización anual de cotizaciones. Sin embargo, no todos cobrarán ese dinero íntegro. La Seguridad Social puede utilizar ese importe para compensar de oficio posibles deudas pendientes del trabajador por cuenta propia, utilizando un mecanismo muy similar al que aplica Hacienda con las devoluciones de la RENTA.

Este sistema permite a la Administración cruzar la devolución con las deudas del autónomo antes de efectuar el pago. Si el trabajador por cuenta propia tiene pagos pendientes con la Seguridad Social, el organismo puede descontar automáticamente esa deuda de la cantidad que iba a devolver por la regularización de cuotas. Sólo si queda dinero después de ese cruce se efectuará el ingreso al trabajador por cuenta propia.

Este año la Seguridad Social tiene previsto terminar las devoluciones antes del próximo 30 de abril, dentro del proceso de regularización de las cotizaciones correspondientes a 2024. El año pasado ya se devolvieron cientos de millones de euros a miles de trabajadores por cuenta propia que cotizaron por encima de los rendimientos reales que finalmente declararon. Sin embargo, algunos de ellos no recibieron la devolución completa precisamente por la existencia de deudas pendientes.

Seguridad Social puede usar la devolución de cuotas para compensar deudas pendientes del autónomo

La regularización de cuotas es uno de los pilares del nuevo sistema de cotización por ingresos reales que entró en vigor en 2023. Bajo este modelo, los autónomos cotizan cada mes según una previsión de ingresos y, posteriormente, la Seguridad Social revisa esos pagos cuando la Agencia Tributaria comunica los rendimientos reales declarados. 

Si el autónomo ha cotizado por encima de lo que le correspondía según sus ingresos reales, la Tesorería General de la Seguridad Social debe devolverle el exceso pagado. Por el contrario, si cotizó por debajo, deberá abonar la diferencia.

Este año se completará la segunda gran regularización del nuevo sistema, correspondiente al ejercicio 2024. Según ha explicado la propia Seguridad Social, las devoluciones se realizarán de forma automática antes del 30 de abril, sin necesidad de que el autónomo presente ninguna solicitud.

Sin embargo, antes de efectuar el pago, la Administración puede comprobar si el trabajador tiene deudas pendientes con la Seguridad Social. En caso afirmativo, puede aplicar el mecanismo de compensación para cobrarse esos importes.

El mecanismo funciona igual que con las devoluciones de la RENTA

Este sistema es muy similar al que utiliza la Agencia Tributaria con las devoluciones del IRPF. Cada año, miles de contribuyentes -entre ellos muchos autónomos- ven cómo Hacienda retiene parte o la totalidad de su devolución de la RENTA para cobrarse deudas pendientes. 

El procedimiento es sencillo. Cuando una Administración tiene que devolver dinero a un contribuyente, primero comprueba si existen deudas pendientes en fase de recaudación. Si las hay, puede descontarlas directamente del importe a devolver.

En el caso de la Agencia Tributaria, este mecanismo se utiliza para cobrar:

  • impuestos pendientes
  • sanciones fiscales
  • multas de tráfico u otras deudas con administraciones públicas

Si la devolución es mayor que la deuda, el contribuyente recibe la diferencia. Si ocurre lo contrario, la deuda se reduce pero no se extingue por completo. La Seguridad Social aplica un sistema muy parecido cuando tiene que devolver cuotas a los autónomos.

El Reglamento de la Seguridad Social prevé la compensación de deudas

El mecanismo está regulado en el artículo 51 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, que permite extinguir deudas mediante compensación con créditos reconocidos a favor del deudor.

El mecanismo de compensación está previsto en el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social. Fuente: BOE
El mecanismo de compensación está previsto en el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social. Fuente: BOE

La norma establece que:

  • las deudas con la Seguridad Social pueden extinguirse total o parcialmente por compensación
  • esta compensación puede acordarse de oficio por la propia Administración o a solicitud del interesado
  • tanto la deuda como el crédito deben estar reconocidos y liquidados previamente por la Administración

En la práctica, esto significa que si un autónomo tiene derecho a una devolución -por ejemplo, por haber pagado cuotas de más-, la Seguridad Social puede utilizar ese dinero para saldar deudas pendientes.

Además, el reglamento también establece qué ocurre tras aplicar la compensación. Si la devolución es mayor que la deuda, la Administración descontará el importe correspondiente y abonará al autónomo el dinero restante.

En cambio, si la devolución es inferior a la deuda, el crédito se utilizará para reducir la cantidad pendiente, pero el autónomo deberá seguir pagando el resto por los canales habituales de recaudación.

La compensación extingue automáticamente la deuda en la cantidad concurrente y la Seguridad Social debe entregar al interesado un justificante que acredite la cancelación parcial o total de la misma.

Plazos oficiales para recibir la devolución de cuotas por la regularización este 2026

La compensación de deudas puede afectar al importe final que reciban algunos autónomos este año por la regularización de cuotas, pero en principio no altera el calendario general previsto por la Seguridad Social.

Este proceso se realiza automáticamente una vez que la Agencia Tributaria comunica a la Seguridad Social los rendimientos reales declarados por cada trabajador por cuenta propia.

Con esos datos, la Tesorería revisa las bases de cotización utilizadas durante el año y calcula si el autónomo pagó más o menos de lo que le correspondía. Si el resultado es favorable al autónomo, se genera una devolución que se ingresa directamente en su cuenta bancaria.

¿Qué deudas pueden afectar a la devolución?

Las deudas que pueden dar lugar a una compensación son, principalmente, las relacionadas con la propia Seguridad Social.

Entre ellas pueden encontrarse:

  • cuotas de autónomos impagadas
  • impagos de las cotizaciones de los trabajadores
  • recargos o intereses por retrasos en el pago
  • deudas derivadas de inspecciones o regularizaciones anteriores

Si el autónomo tiene alguna de estas obligaciones pendientes y ya han sido liquidadas administrativamente, la Tesorería puede descontarlas directamente del importe a devolver.

Ejemplo de cómo puede afectar al autónomo

El funcionamiento de este mecanismo se entiende mejor con un ejemplo. Imaginemos un autónomo que, tras la regularización de cuotas, tiene derecho a una devolución de 1.200 euros porque cotizó por encima de sus ingresos reales durante 2024.

Sin embargo, también tiene pendiente una deuda de 500 euros por cuotas atrasadas. En ese caso, la Seguridad Social puede aplicar la compensación descontará los 500 euros de deuda y abonará al autónomo los 700 euros restantes. Si, por el contrario, la deuda fuera de 1.500 euros, la devolución de 1.200 euros se utilizaría para reducir esa deuda, pero el autónomo todavía debería pagar los 300 euros restantes.