La Seguridad Social ya ha aclarado cuánto de más abonarán por intereses los autónomos que se retrasen en pagar las diferencias por sus cotizaciones de 2024, una vez que hayan sido regularizados.

En concreto, los autónomos que tengan que pagar cuotas a favor de la Tesorería tras el procedimiento de la regularización, iniciado esta semana, se enfrentarán a diferentes recargos en función del momento de ingreso, pasado el plazo original de pago.

Según explican desde la Tesorería, los autónomos podrán realizar inicialmente el ingreso de las cuantías adeudadas hasta el último día del mes siguiente a la notificación. Una vez pasado ese tiempo, se les cobrarán recargos. Además, el plazo para leer la comunicación con el resultado que les envíe la Tesorería será de 10 días naturales. 

  1. Los autónomos tendrán un recargo menor si abonan las cuotas en el primer mes de retraso
  2. Los autónomos tendrán un mínimo de 30 días para ingresar las cuotas 
  3. Las deudas a la Seguridad Social son aplazables 
  4. La regularización de cuotas se realizará en tres fases

La Seguridad Social rebaja el recargo para los autónomos que paguen su cuota con un mes de retraso

Como informó la Seguridad Social a través de su guía actualizada para la regularización, los trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado por debajo de sus ingresos reales tendrán que abonar las cantidades reclamadas por medio de una plataforma de pago online. 

Según detalla, el ingreso se podrá realizar a través del Servicio de regularización anual de cuotas de Trabajo Autónomo. Desde ahí, también podrán descargar directamente el documento de pago junto con la resolución, y proceder a abonar las cuantías adeudadas.

La información sobre el plazo disponible para ingresar las diferencias vendrá especificado en la propia resolución que recibirán de la Seguridad Social. Una vez que haya pasado este primer período fijado por la Tesorería, podrán incurrir en recargos y en intereses de demora. En particular, se aplicarán los siguientes recargos:

  • Durante el primer mes de retraso, tendrán un recargo inferior. Si se realiza dentro del mes natural siguiente al término del plazo de pago inicial, tendrán que abonar un recargo del 10%.
  • Si pagan la cuantía una vez finalizado el plazo anterior, el recargo alcanzará entonces el 20%.

Como ejemplo, si un trabajador por cuenta propia tiene que pagar una diferencia total de 380 euros a la Tesorería, o 31,67 euros más al mes en cotizaciones, tendría que abonar, además, 76 euros de recargo, por lo que terminaría pagando por sus cuotas 456 euros. 

Si, por otro lado, debe un total 900 euros a la Seguridad Social, porque debió haber abonado 75 euros más de cuota al mes, tendrá que hacer frente a 180 euros más de recargo, teniendo que pagar 1.080 euros de cuotas finalmente. 

Los autónomos tendrán un mínimo de 30 días para ingresar las cuotas 

Como se ha mencionado, el plazo inicialmente establecido para poder abonar las cantidades a favor de la Tesorería una vez que el autónomo ha sido regularizado es hasta el último día del mes siguiente al de la notificación. 

De esta forma, tanto si el trabajador por cuenta propia recibiera la notificación el próximo 12 de enero de 2026, como si la recibiera el 31 de enero de 2026, en ambos supuestos tendría hasta el 28 de febrero de 2026 para pagar. Por tanto, como mínimo, tendrán 30 días para ponerse al corriente de pago, antes de incurrir en posibles recargos.

Recargos que aplicará la Seguridad Social a los autónomos si ingresan tarde las diferencias de su regularización
Recargos que aplicará la Seguridad Social a los autónomos si ingresan tarde las diferencias de su regularización.

Las deudas a la Seguridad Social son aplazables 

Las deudas generadas con la Seguridad Social, incluidas aquellas que se generan con motivo de la regularización, es posible aplazar o fraccionar los pagos en determinados casos. 

En concreto, si el trabajador por cuenta propia acredita la dificultad para hacer frente al pago, la Seguridad Social podrá determinar si le concede un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, fijando el plazo (número de meses) y la cantidad a pagar en cada uno de ellos. 

Las condiciones son las mismas para cualquier aplazamiento o fraccionamiento, por lo que, si el autónomo consigue que le sea concedido, se le aplicará con intereses de demora, actualmente en el 4,06% de la deuda. 

La regularización de cuotas se realizará en tres fases

Como ya avanzó este medio, la regularización de cuotas se dividirá principalmente en tres fases. La primera de ellas, programada hasta mediados de febrero, ya ha comenzado con el envío de las primeras notificaciones a través de NOTESS.

Sin embargo, será en la segunda fase, una vez cerrada la primera en febrero, cuando la Tesorería comunicará las diferencias de cotización y las cuantías a abonar a los autónomos que cotizaron por debajo de sus rendimientos y a aquellos que no declararon ingresos en la renta, o no la presentaron, quienes podrían tener cuantías que adeudar.  

Para ello, en la notificación electrónica que recibirán incluirá diferentes estados, a fin de que puedan seguir el procedimiento y consultar y firmar el recibo correspondiente.

Así, si aún no se ha generado la resolución con el resultado de la regularización, en el servicio de notificaciones aparecerá como Pendiente de emisión. En cambio, una vez que la comunicación en cuestión se encuentre disponible para su consulta, aparecerá Pendiente de lectura. Una vez que se haya leído, o haya pasado el plazo de 10 naturales para su apertura y lectura, los autónomos podrán consultar el detalle de su regularización en la sede electrónica de la Seguridad Social.