La Seguridad Social comenzará a partir de enero la regularización de cuotas de los autónomos correspondiente a 2024 y, con ella, revisará también quiénes cobraron indebidamente el segundo año de Tarifa Plana.
Como ya avanzó este diario, la Tarifa Plana que se puso en marcha hace tres años, con la entrada en vigor del sistema de cotización por ingresos reales ofrecía un primer año general de bonificación de las cotizaciones a todos los nuevos autónomos, que pagarían 80 euros. Además, la Seguridad Social da la posibilidad a los trabajadores por cuenta propia de seguir pagando esa cuota reducida también durante el segundo año, siempre y cuando no superaran durante ese ejercicio el Salario Mínimo Interporfesional (SMI) vigente.
Ese año, el SMI era de 15.876 euros anuales, lo que equivale a 1.323 euros al mes. Por lo tanto, para conservar la Tarifa Plana, los autónomos no debieron superar los 1.323 euros al mes de media durante 2024.
Esta revisión afectará a miles de autónomos que se dieron de alta en los últimos años y prorrogaron la Tarifa Plana durante su segundo año de actividad, confiando en mantener el beneficio. Sin embargo, la normativa es clara: solo pueden seguir disfrutando de la cuota reducida quienes tengan rendimientos netos anuales inferiores al SMI.
Según ha advertido el propio organismo, la comprobación se realizará con los datos fiscales remitidos por las Administraciones Tributarias, y dará lugar a resoluciones individualizadas en las que se notificará a cada autónomo si pierde el beneficio y cuánto deberá devolver.
- La Seguridad Social podría reclamar miles de euros a los autónomos que superaron el SMI
- Seguridad Social revisará ahora qué autónomos en Tarifa Plana superaron el SMI en 2024
- Seguridad Social podría reclamar hasta 5.400 euros a los autónomos que extiendan su Tarifa Plana
- Los autónomos afectados recibirán una notificación oficial en los próximos meses
La Seguridad Social podría reclamar miles de euros a los autónomos que superaron el SMI
La Tarifa Plana está regulada en el artículo 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, que establece un sistema de reducciones en la cotización para quienes inician una actividad por cuenta propia.
Con carácter general, todos los nuevos autónomos pueden acceder a una cuota reducida durante los primeros 12 meses, sin necesidad de cumplir ningún requisito de ingresos. Durante este periodo inicial, el trabajador queda además exento de cotizar por cese de actividad y formación profesional.
El problema llega en el segundo año. La ley permite prorrogar la Tarifa Plana otros 12 meses y seguir pagando 80 euros, pero sólo si los rendimientos económicos netos anuales son inferiores al SMI vigente. Y este requisito no es opcional: debe cumplirse estrictamente y se revisa a posteriori.
De hecho, al iniciarse la regularización de 2024, este va a ser el primer año en el que la Seguridad Social comience a revisar si los autónomos cumplieron los requisitos de ingresos en su segundo año de Tarifa Plana, y se espera que una parte importante de los emprendedores tengan que devolver sus cotizaciones correspondientes a ese año por no haber cumplido las condiciones.
Regularizaciones mínimas de 1.700 euros en adelante
Por ejemplo, un autónomo que inició su actividad en enero de 2023 y prorrogó la Tarifa Plana durante 2024 debía cumplir el requisito de que sus rendimientos netos anuales no superasen el SMI vigente en 2024, fijado en 15.876 euros. Si al cierre del ejercicio obtuvo 18.500 euros, eso supone unos 1.542 euros mensuales, por lo que quedó encuadrado en el tramo de rendimientos entre 1.500 y 1.700 euros al mes.
En 2024, ese tramo implica una cuota aproximada de 294 euros mensuales, es decir, unos 3.528 euros al año. Sin embargo, al haber aplicado indebidamente la Tarifa Plana, solo habría pagado 80 euros al mes, un total de 960 euros en todo el ejercicio. La Seguridad Social podría exigirle ahora la devolución de la diferencia, que rondaría los 2.568 euros (3.528 euros que debía haber cotizado menos los 960 euros ya abonados).
En el segundo supuesto, un autónomo que se dio de alta en julio de 2024 disfrutó de la Tarifa Plana durante sus primeros 12 meses sin requisitos de ingresos, y solicitó la prórroga para 2025. En este caso, la regularización no afecta a todo el periodo, sino únicamente a los meses en los que se superó el umbral del SMI, calculándose de forma proporcional. Así, en 2024 no podía superar 7.938 euros entre julio y diciembre. Si en ese periodo obtuvo 9.000 euros, incumplió el requisito solo en esos seis meses. Con esos ingresos, su rendimiento medio mensual fue de 1.500 euros, lo que implica una cuota aproximada de 294 euros al mes.
Si durante ese semestre cotizó a 80 euros mensuales (480 euros en total), cuando le habría correspondido pagar unos 1.764 euros (294 euros × 6 meses), la Seguridad Social podría reclamarle una regularización de unos 1.284 euros, sin que ello afecte al resto del periodo en el que sí cumplió las condiciones de la Tarifa Plana.
Seguridad Social revisará ahora qué autónomos en Tarifa Plana superaron el SMI en 2024
Tal y como recoge la normativa y ha confirmado la Seguridad Social, la cuota reducida del segundo año sí es regularizable. Es decir, no queda consolidada automáticamente, como ocurre con el primer año de Tarifa Plana.
En concreto, el organismo ha señalado que a los autónomos que solicitaron la prórroga en 2024 y obtuvieron rendimientos netos iguales o superiores al SMI anual, se les reclamarán las cuotas que dejaron de pagar por haber aplicado indebidamente la reducción.
Qué cuotas reclamará la Seguridad Social y cómo se calcularán
En los casos en los que proceda la regularización, la Seguridad Social recalculará la base de cotización provisional del autónomo y, en consecuencia, la cuota correcta que debería haber pagado durante esos meses.
La diferencia entre lo ingresado con Tarifa Plana y lo que correspondía pagar sin el beneficio será la cantidad que deberá devolverse.
Este ajuste se realizará una vez la Seguridad Social cruce los datos fiscales, y se comunicará mediante una resolución administrativa expresa, creada específicamente para estos casos bajo nuevos modelos identificativos.
Seguridad Social podría reclamar hasta 5.400 euros a los autónomos que extiendan su Tarifa Plana
Según explicaron distintos expertos a este diario, la pérdida de la Tarifa Plana durante el segundo año conllevaría tener que ponerse al día con la Seguridad Social, pagando la diferencia con las cuotas que tendría que haber abonado de no disfrutar de la bonificación.
Esto se calcula en basa a la tabla de cotización por ingresos reales, que es la que determina cuánto debería haber pagado el autónomo según sus rendimientos netos, al margen de la Tarifa Plana.

Esto podría suponer que la Tesorería les reclame cantidades que irían desde los 1.700euros -realizando el cálculo anterior- hasta los 6.000 euros, si el autónomo que extiende su Tarifa Plana finalmente ingresara más de 6.000 euros mensuales durante su segundo año de actividad.
La pérdida de la Tarifa Plana no afecta a años posteriores
En cualquier caso, según aclaró la Seguridad Social, la pérdida de la Tarifa Plana sólo afecta al periodo regularizado. Es decir, si el segundo año de cuota reducida se extiende parcialmente a 2025, la comprobación de los ingresos de ese año se hará más adelante, cuando se disponga de los datos fiscales correspondientes.
Por tanto, no se pierde automáticamente la Tarifa Plana futura, sino únicamente el tramo en el que se haya incumplido el requisito del SMI.
Los autónomos afectados recibirán una notificación oficial en los próximos meses
La Seguridad Social ha confirmado que todos los autónomos afectados serán informados expresamente mediante la resolución de regularización que se les notificará por vía administrativa.
Según la información publicada el pasado 22 de diciembre por la Tesorería en Noticias RED, el procedimiento no se realizará de forma simultánea para todos los trabajadores por cuenta propia, sino que se organizará en distintas fases, en las que se irá incluyendo a colectivos con situaciones similares entre sí.
De este modo, a lo largo de los primeros meses de 2026, la Tesorería General de la Seguridad Social irá enviando notificaciones progresivas para comunicar el resultado de la regularización, los plazos para ejercer determinadas opciones y, en su caso, los importes a devolver o a ingresar.
En esa comunicación se detallará:
- Que se ha perdido el derecho a la Tarifa Plana en el periodo revisado
- El motivo concreto (superación del SMI)
- El importe de las cuotas a regularizar
- El nuevo cálculo de la base y de la cotización
A partir de ese momento, el autónomo podrá abonar la deuda o, en su caso, presentar alegaciones, dentro de los plazos administrativos correspondientes





