La Tesorería General de la Seguridad Social ha comenzado ya a notificar a miles de autónomos que deberán pagar una diferencia de cuotas tras la regularización correspondiente al ejercicio 2024. Aunque estas comunicaciones estaban previstas inicialmente para mediados de febrero, este diario ha tenido constancia de que desde principios de mes ya se están enviando cartas a trabajadores por cuenta propia con resultado a ingresar.
Estas notificaciones se suman a las que ya estaban recibiendo otros autónomos con derecho a devolución o con un resultado neutro, es decir, aquellos que cotizaron correctamente según sus rendimientos netos. En este nuevo grupo se encuentran los profesionales que cotizaron por debajo del tramo que les correspondía y que, por tanto, deberán abonar ahora la diferencia.
La regularización de cuotas forma parte del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, que obliga a ajustar las cuotas una vez se conocen los rendimientos definitivos declarados en el IRPF. Un proceso que debía haberse resuelto a lo largo de 2025, pero que se está ejecutando de forma escalonada. Además, desde ATA ya advirtieron de que persisten errores de la regularización anterior, especialmente en colectivos como los autónomos en pluriactividad o los colaboradores familiares, que aún no se han corregido del todo.
- Miles de autónomos ya están recibiendo cartas para pagar la diferencia de cotización de 2024
- Un mes desde que los autónomos reciben la carta para pagar las cuotas pendientes
- ATA avisa de algunos errores de la pasada regularización que aún no se han solucionado
Miles de autónomos ya están recibiendo cartas para pagar la diferencia de cotización de 2024
Las cartas que está enviando la Seguridad Social corresponden a autónomos que, tras cruzar los datos fiscales de 2024 con las bases por las que cotizaron ese año, resultan deudores. Es decir, pagaron menos cuota de la que les habría correspondido según sus rendimientos netos definitivos.
En estas comunicaciones, la Tesorería informa al autónomo de que, una vez finalizado el proceso de regularización, “la base de cotización provisional no se ajusta a los rendimientos netos declarados”, y detalla el importe exacto que debe abonar, así como el periodo al que corresponde la diferencia.

Además, carta especifica la cuota mensual correcta, el número de meses regularizados y la cantidad total pendiente de pago, aclarando que el ajuste se produce conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley que regula el nuevo sistema de cotización. En muchos casos, se trata de importes que pueden superar fácilmente los 1.000 o 2.000 euros, dependiendo del desfase entre la base elegida y los ingresos reales.

Además, la notificación recuerda que este resultado se produce porque el autónomo no modificó su base de cotización durante el ejercicio, a pesar de haber obtenido ingresos superiores, o porque sus rendimientos finales fueron mayores de lo inicialmente previsto.
Desde la Seguridad Social insisten en que se trata de un ajuste automático y obligatorio, derivado del nuevo modelo, y que no responde a una inspección ni a una sanción, sino a la aplicación estricta del sistema de cotización por tramos.

Un mes desde que los autónomos reciben la carta para pagar las cuotas pendientes
Una vez recibida la notificación, el autónomo dispone de un plazo concreto para abonar la deuda. Con carácter general, la Tesorería concede hasta el último día del mes siguiente a la recepción de la carta para realizar el pago voluntario sin recargos.
Si el autónomo no paga dentro de ese plazo, la deuda pasará a vía ejecutiva, con los correspondientes recargos e intereses de demora. Por ello, los expertos recomiendan no dejar pasar la notificación y revisar de inmediato el importe comunicado.
En cualquier caso, la Seguridad Social permite solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, algo especialmente relevante para autónomos con problemas de liquidez. Esta solicitud puede realizarse a través de la sede electrónica, y suele concederse siempre que se cumplan los requisitos habituales y se esté al corriente del resto de obligaciones.
En caso de aplazamiento, el autónomo deberá abonar un interés pero evita el impacto inmediato del pago único. Los expertos recuerdan que la regularización no se puede recurrir en bloque, ya que deriva directamente de los datos fiscales declarados. Sólo cabría alegación si existen errores materiales, como rendimientos mal imputados, periodos incorrectos o situaciones especiales no contempladas correctamente.
ATA avisa de algunos errores de la pasada regularización que aún no se han solucionado
Precisamente, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) recordaron recientemente de que los problemas detectados en la anterior regularización todavía se han corregido, lo que puede generar situaciones similares en este nuevo proceso.
Uno de los colectivos más afectados sigue siendo el de los autónomos en pluriactividad. En la regularización previa, muchos de ellos tuvieron que pagar más cuotas pese a que, sumando sus ingresos como asalariados y autónomos, ya cotizaban por encima de lo exigido. ATA denunció que no se tuvo en cuenta correctamente el conjunto de cotizaciones, provocando ajustes desproporcionados.
Otro foco de conflicto son los autónomos colaboradores familiares, especialmente mujeres. En muchos casos, al no declarar rendimientos propios, la Seguridad Social les asignó automáticamente una base mínima, reduciendo su cotización respecto a años anteriores, cuando cotizaban por la base del titular. Esto supuso una merma en su protección futura, algo que la federación considera un error estructural del sistema.
ATA ha reclamado a la Seguridad Social que revise estos supuestos cuanto antes, para evitar repetir los mismos errores en esta regularización. Según la organización, aplicar el sistema sin corregir estos fallos puede generar desconfianza y un impacto económico innecesario en miles de pequeños negocios.
Desde la federación insisten en que el nuevo modelo necesita ajustes técnicos y mayor flexibilidad, especialmente en colectivos con situaciones laborales mixtas, dependientes del titular del negocio e incluso autónomos societarios.





