El próximo viernes 3 de abril –en plena semana de Pascua– entra oficialmente en vigor una norma que supone un punto de inflexión para miles de restaurantes, hoteles, supermercados… Negocios que deberán empezar a cumplir de forma obligatoria con la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. Lo cual obligará a muchos autónomos a reorganizar su día a día: revisar cómo gestionan el stock, decidir con antelación qué hacer con los productos que no se vendan y documentar cada decisión para poder justificarla ante una posible inspección.
La norma introduce exigencias concretas como contar con un plan de prevención, priorizar la donación de excedentes y revisar contratos que puedan impedirla, con un régimen sancionador que prevé multas que pueden partir de unos 2.000 euros en los casos leves y escalar según la gravedad del incumplimiento. “Esas tres cuestiones clave son las que establecimientos hosteleros y comercios alimentarios deberían empezar a preparar desde ya para evitar incumplimientos”, advirtió a esta diario Alejandro Andreu Vilá, responsable para España de Phenix, una multinacional especializada en la gestión de excedentes.
La entrada en vigor de esta norma no será simbólica, sino exigible desde el primer día para una gran parte del sector, muchos de cuyos negocios están aún en fase de adaptación a estas nuevas exigencias. Aunque no todos estarán afectados por igual. “Las microempresas quedan excluidas de estas obligaciones”, explica Andreu Vilá, lo que introduce un primer filtro relevante, aunque no elimina la necesidad de analizar cada caso para evitar errores que puedan derivar en sanciones económicas.
- Las pymes tendrán que elaborar un plan de prevención de desperdicios, bajo pena de multa
- La donación de alimentos implicará mantener responsabilidades legales
- Los contratos con proveedores no podrán impedir la donación de excedentes
- Qué negocios están obligados y cuáles pueden quedar fuera
Las pymes tendrán que elaborar un plan de prevención de desperdicios, bajo pena de multa
Para cumplir la ley desde el próximo 3 de abril, una de las principales obligaciones será la elaboración de un plan de prevención del desperdicio alimentario. Un documento que deberá recoger cómo se gestionan los excedentes y qué medidas se aplican para reducirlos. Este plan no será un mero trámite administrativo, ya que su ausencia puede considerarse infracción grave, con multas que pueden alcanzar decenas de miles de euros.
“Las empresas obligadas deben disponer de un plan de prevención que contemple medidas concretas para evitar la generación de excedentes y establecer cómo se gestionan cuando se producen”, señala el responsable de Phenix en España, que subraya que no bastará con declaraciones genéricas.
Además, la ley establece una jerarquía clara sobre el destino de los alimentos que no se venden, priorizando siempre el consumo humano frente a otras alternativas. Incumplir este orden o no poder justificarlo podría suponer sanciones, incluso cuando el negocio opte por otras vías como la destrucción o el uso alternativo.
“La norma fija un orden de prioridades que obliga a destinar los alimentos en primer lugar a la donación para el consumo de personas, antes de plantear otras opciones”, explica Andreu Vilá, lo que implica cambios directos en la gestión diaria del producto.
Esta obligación no será opcional, ya que los negocios deberán justificar por qué no donan si optan por otras vías. En caso contrario, podrían enfrentarse a infracciones leves o graves, con multas que van desde unos pocos miles de euros hasta cifras mucho más elevadas en función de la conducta.
La donación de alimentos implicará mantener responsabilidades legales
Uno de los aspectos que más dudas genera entre autónomos y pequeños negocios es el alcance de la responsabilidad cuando se donan alimentos. En especial, en caso de incidencias sanitarias. “Donar alimentos no elimina las obligaciones legales”, advierte Andreu Vilá, quien insiste en que los establecimientos siguen siendo responsables de que los productos sean seguros en el momento de la entrega.

En esta misma línea, el experto aclara que la donación no supone una salida fuera del circuito económico que exima de controles. “La donación se considera una forma de puesta en el mercado”, señaló Andreu Vilá. Lo que implica que deben cumplirse las mismas exigencias sanitarias y de trazabilidad que en una venta convencional.
Esto obliga a los negocios a extremar los protocolos internos y a documentar correctamente cada entrega. Una gestión inadecuada en este punto podría derivar en sanciones si se detectan incumplimientos en materia de seguridad alimentaria o trazabilidad.
Los contratos con proveedores no podrán impedir la donación de excedentes
Otro de los cambios relevantes que introduce la norma afecta directamente a los contratos con proveedores, distribuidores o franquicias, que en algunos casos limitaban qué hacer con el producto no vendido. A partir de la entrada en vigor de la ley, estas restricciones perderán validez. “Ninguna cláusula contractual puede impedir la donación de alimentos”, afirma Andreu Vilá, en referencia a acuerdos que obligaban a destruir excedentes o prohibían su cesión a terceros.
La norma va un paso más allá al invalidar este tipo de prácticas, lo que obligará a revisar muchos contratos vigentes y podría generar conflictos en relaciones comerciales ya consolidadas. No adaptar estos acuerdos también podría suponer incumplimientos indirectos de la ley.

“Cualquier estipulación que prohíba donar excedentes o que exija a destruirlos se considera nula de pleno derecho”, añade, lo que abre la puerta a cambios en la relación entre pequeños negocios y grandes proveedores.
Este punto puede tener un impacto especialmente relevante en enseñas de franquicia o cadenas con protocolos cerrados, en las que los autónomos deberán asegurarse de que sus obligaciones legales prevalecen sobre las condiciones contractuales.
Qué negocios están obligados y cuáles pueden quedar fuera
No todos los establecimientos estarán sujetos a las mismas exigencias, ya que la ley introduce excepciones en función del tamaño y la actividad. Este matiz es clave para evitar interpretaciones erróneas entre los autónomos.
“Las micropymes quedan excluidas de estas obligaciones”, recuerda Andreu Vilá, lo que puede aliviar la carga para los negocios más pequeños, aunque no elimina otras responsabilidades generales en materia de seguridad alimentaria.
Aun así, la delimitación no siempre será sencilla, ya que dependerá de criterios concretos que cada negocio deberá analizar con detalle. Una interpretación incorrecta podría hacer que un establecimiento incumpla sin ser consciente y acabe expuesto a sanciones. “De ahí la importancia de evaluar, cada uno su caso concreto, para determinar si está dentro o fuera del ámbito de aplicación de la norma”, concluyó el experto. Lo que sugiere la necesidad de asesoramiento en algunos supuestos.
En cualquier caso, incluso los negocios no obligados pueden verse afectados indirectamente por cambios en la cadena de suministro, o por nuevas prácticas del sector, ya que la presión normativa se trasladará a proveedores y clientes.





