El pasado miércoles, 6 de noviembre, el pleno del Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la norma que dice que “las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, no puedan ampliar su permiso por nacimiento y cuidado de hijo más allá de 16 semanas”. Esto quiere decir que las madres y padres solteros podrían, prácticamente, doblar su permiso de maternidad o paternidad.
Además, la nueva sentencia del Constitucional afectaría también, en un principio, a los autónomos. Según los expertos consultados, puesto que lo que se pretende es la «no discriminación» de los bebés, nacidos en una familia u otra, este permiso ampliado sería extensible tanto a las familias monoparentales masculinas, como a las madres o padres no biológicos, independientemente de si son trabajadores del sector privado, funcionarios o trabajadores por cuenta propia.. A pesar de ello, aún quedan preguntas por resolver: cómo se va aplicar y desde cuándo.
Ésta es una sentencia muy esperada, especialmente por las madres solteras, que corrige años de discriminación con los menores. Pero la aplicación de esta medida del Tribunal Constitucional, de momento, «será de difícil aplicación para los autónomos» y aún se hará esperar, ya que, “es posible que el INSS siga denegando estos permisos”, explicó a este diario el abogado laboralista Jaume Barcons, de la gestoría Barcons. Según Barcons, “para la puesta en marcha de esta decisión, hace falta modificar la norma, y hasta que no llegue ese momento, no podrá aplicarse.”
La ampliación del permiso para madres y padres sería igualmente aplicables a los autónomos
La sentencia del Tribunal Constitucional responde a la necesidad de equiparar los derechos de los nacidos en familias monoparentales que, hasta el momento, estaban recibiendo un tiempo inferior de cuidado que los nacidos en familias tradicionales. Además, según se expone en la nota publicada recientemente por este tribunal, “se producía una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que el impacto negativo y desfavorable de -la actual- regulación afecta de manera más intensa a las mujeres trabajadoras, que encabezan mayoritariamente las familias monoparentales.”
La ley actual promueve la conciliación familiar y la igualdad entre hombres y mujeres en el cuidado de sus hijos, con permisos para ambos de 16 semanas. Sin embargo, no permite que, en el caso de una familia monoparental, la persona a cargo pueda usar el permiso que le hubiera correspondido al otro progenitor si este existiera. El Constitucional critica esta falta de previsión en la ley, ya que considera que es injustificable no tener en cuenta que los niños en familias monoparentales tienen sólo a un adulto para cuidar de ellos. La ley debería contemplar esta situación, pues «es una omisión sin justificación«..
Por ello, el tribunal insta al legislador a «llevar a cabo las modificaciones pertinentes» para reparar la vulneración que se produce a los menores nacidos en familias monoparentales, que ahora mismo tienen un menor tiempo de cuidado por parte de su progenitor.
Como esta sentencia da respuesta a la discriminación previa que existía para los niños nacidos en familias con un solo progenitor o tutor, “no aplicarla a las autónomas podría suponer que estuviésemos ante otra discriminación que produce una desventaja con las demás madres trabajadoras. Por ello deberían todas las madres solicitarlo e iniciar un procedimiento contra las resoluciones que resuelvan negativamente su petición», explicó el abogado laboralista Luis San José a este diario.
Las autónomos de familias monoparentales tendrían derecho a 26 o a 32 semanas de permiso
En la normativa actual, la madre biológica tiene derecho a un permiso de 16 semanas tras el parto, mientras que el «otro progenitor» (que normalmente sería el padre o la otra madre en parejas del mismo sexo) tiene un permiso de 10 semanas, además de las primeras 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas después del parto, que siempre coinciden con las de la madre.
Por esta razón, normalmente, como ya publicó este diario, el Supremo entendió en su momento que, en estos casos, el permiso debe ampliarse de 16 a 26 semanas, y no directamente a 32 semanas. Esto es porque 6 de esas semanas se disfrutan a la vez por el padre y la madre.
Sin embargo, en la opinión de Jaume Barcons, “se tendrían que aplicar 32 semanas. Ya que a lo que el niño tiene derecho es a un cuidado del padre y la madre». En las familias tradicionales existe corresponsabilidad, la madre o el padre no están solos en el cuidado del hijo y pueden repartirse las tareas. «Por lo tanto, si no se las pudieran repartir –porque sólo hay un adulto a cargo del menor- sería lógico que les diesen también estas seis semanas, hasta sumar 32”, en la opinión del abogado laboralista Jaume Barcons.
La norma, según los expertos, tardará en aplicarse
Según Jaume Barcons, “en un momento u otro deberán cambiar la Ley” para adaptarla a la sentencia del Constitucional. Pero habrá que esperar para ver el criterio que sigue el INSSS. Barcons supone que, “probablemente la Seguridad Social seguirá denegándolo –el derecho a ampliar el permiso-. Y más adelante modificará el criterio y cambiará la norma.” En opinión de los expertos consultados, deberá llevarse a cabo una reforma legislativa del artículo 177 de la Ley General de la Seguridad Social y el 48 del estatuto de los trabajadores y “sí que afectará a los autónomos.”
La asociación de madres solteras por elección se ha hecho eco y celebra la medida. La presidenta de AMSPE, Pilar Castellanos, valoró la decisión del Constitucional como “un gran paso hacia el reconocimiento de los derechos de las familias monoparentales”. Pilar Castellanos espera que la decisión del TC de que estas familias puedan ampliar su permiso por nacimiento “se aplique de forma inmediata y que se extienda la equiparación al resto de permisos destinados al cuidado de los niños y niñas.”




