Una vez comenzada la primera regularización de cuotas de los autónomos, muchos se preguntan qué ocurrirá en sus declaraciones de RENTA si el resultado del ajuste muestra diferencias de cotización a lo largo del año. Una cuestión que podría afectar a miles de trabajadores por cuenta propia en los próximos meses, y sobre la que los abogados fiscalistas consultados por este diario aún presentan dudas.

Hace unos meses, la Dirección General de Tributos (DGT) respondió en una consulta vinculante que, a diferencia de lo que ocurre cuando los autónomos tienen que modificar sus declaraciones de la RENTA para incluir o sacar algunos gastos deducibles, en el caso de las cuotas deberán hacerlo en la declaración siguiente. Es decir, sumar o restar a las cuotas que paguen durante el ejercicio de la liquidación el resultado de su regularización.

Sin embargo, los expertos tributarios consideraron que este criterio no se corresponde con el establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que muchos autónomos -y los gestores que realizan la declaración en su nombre- podrían presentar una autoliquidación rectificativa para modificar las cantidades que dedujeron en concepto de cuotas a la Seguridad Social.

Este hecho, sumado a que Hacienda está obligada a acatar el criterio de Tributos, podría provocar “una oleada de declaraciones paralelas” por parte de la Agencia Tributaria que, según los abogados, aumentará de forma considerable la litigiosidad de los autónomos con el Fisco en los próximos meses.

Tributos estableció que los autónomos deben modificar las deducciones por sus cuotas en las siguientes declaraciones de la RENTA

Hace unos meses, la Dirección General de Tributos respondió una consulta vinculante en la que estableció que los autónomos que presenten diferencias de cotización -tanto si son a su favor como en el de Seguridad Social- deberán añadir este resultado a las deducciones por sus cuotas en la siguiente declaración de la RENTA, en lugar de presentar una autoliquidación rectificativa para modificar los datos anteriores.

A priori, esto permitiría a los autónomos no tener que presentar autoliquidaciones rectificativas sobre su RENTA en cada ejercicio, por lo que el sistema sería más cómodo para sus intereses, en un momento donde la mayoría del colectivo ha presentado quejas sobre la excesiva burocracia y obligaciones que deben cumplir por desarrollar una actividad por cuenta propia.

Sin embargo, también existen otras implicaciones que, según los abogados consultados por este diario, podrían ser perjudiciales para los autónomos que presenten diferencias de cotización en su regularización. Pablo G. Vázquez, abogado fiscalista y experto tributario de AGV Asesores, explicó que se trata de dos fallos, “uno teórico y otro práctico”.

En el primer caso, “todo el Derecho Fiscal está previsto de manera que un gasto debe incluirse en la declaración del periodo correspondiente al que se devenga. En el caso de las cuotas, si se trata de una mayor cotización que se tenía que haber pagado, lo que debe hacerse, según la ley, es modificar la declaración de RENTA anterior.”

Por otro lado, en la práctica “se trata de gastos o ingresos que se corresponden con un año concreto. Al incluirlos en la declaración del año siguiente, puede cambiar la escala y muchos autónomos podrían cambiar de tramo de ingresos y, por tanto, tener que pagar más en la declaración de la RENTA.”

Por ello, en opinión del abogado fiscalista esta cuestión no corresponde a la intención de reducir las trabas de los autónomos, sino a impedir “que los autónomos que hayan pagado una cuota superior a lo que les corresponde según sus ingresos, puedan aumentar su gasto deducible en el futuro y reclamar intereses de demora a Hacienda al corregir la declaración de RENTA”.

Los abogados prevén un aumento de los juicios de los autónomos con Hacienda

En opinión de Pablo G. Vázquez, la cuestión podría haberse solucionado “modificando la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) para establecer como especialidad este supuesto. Lo que genera dudas es que este criterio se ha establecido mediante una consulta.”

Por ello, el abogado aseguró a este diario que “muchos autónomos seguirán el criterio de Tributos, pero muchos otros seguirán el criterio que marca la ley”. En estos casos, y “al estar la Agencia Tributaria obligada a asumir lo que marca la DGT, lo más probable es que se produzca una oleada de declaraciones paralelas por parte del Fisco, lo que a su vez provocará una litigiosidad brutal que seguramente terminará acabando en el Tribunal Supremo tarde o temprano”, explicó.

Asimismo, diferentes fuentes especializadas en Derecho Fiscal reconocieron que todavía quedan algunos interrogantes por responder acerca de la tributación de los ingresos o gastos que los autónomos tendrán que realizar con la Seguridad Social tras la regularización de sus cuotas, dependiendo del resultado.

Por ejemplo, lo que pasará si, acogiéndose al criterio de Tributos, un autónomo cierra su negocio y en la regularización de sus cuotas del año anterior Seguridad Social le pide que abone más cotizaciones. “En principio, al año siguiente no podría añadir la deducción de esas cuotas, puesto que ya no está afiliado al RETA, lo que también generará muchísima litigiosidad”, concluyó a este diario Pablo G. Vázquez.