1. Fechas de junio a marcar en el calendario de los autónomos

Con junio a la vuelta de la esquina, muchos autónomos ultiman facturas y documentación para cerrar su declaración de IRPF. Este mes es clave para todos los trabajadores por cuenta propia, ya que finaliza el plazo para presentar la RENTA 2024. Y, al igual que el año pasado, todo el colectivo deberá presentar la declaración, sin excepciones.

Sin embargo, la campaña del IRPF no es el único compromiso fiscal al que tendrán que hacer frente. Ya que aquellos autónomos cuyo negocio es de comercio electrónico, los que facturan a clientes de otros países de la UE o presentan modelos mensuales también deberán cumplir con varios trámites adicionales.

Fechas de junio a marcar en el calendario de los autónomos

Según el calendario de la Agencia Tributaria, además de la RENTA, junio incluye otras fechas clave para determinados perfiles de autónomos.

Algunas de las declaraciones afectan solo a quienes realizan operaciones internacionales, tributan mensualmente o están obligados a pagar determinados impuestos especiales.

Los autónomos deben llevar su calendario fiscal al día para evitar sanciones.
Los autónomos deben llevar su calendario fiscal al día para evitar sanciones.

Desde el 2 de junio: inicio de la cita previa para la RENTA presencial

A partir del 2 de junio se puede solicitar cita previa para presentar la declaración de la RENTA de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Este servicio está disponible únicamente para los contribuyentes que tributan por módulos, ya que su régimen implica una menor complejidad. El resto de los autónomos deberá gestionar su declaración por otros medios.

Hasta el 20 de junio: presentación de modelos mensuales

Los autónomos que realicen determinadas operaciones económicas deberán presentar varios modelos antes del 20 de junio:

  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias realizadas en mayo. Deben presentarlo quienes hayan facturado más de 50.000 euros en operaciones de bienes o servicios con empresas u operadores de otros países de la UE. Si el volumen es menor, la obligación es anual.
  • Modelo 111: declaración e ingreso de las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios durante abril.
  • Modelo 115: declaración de las retenciones de IRPF sobre alquileres urbanos correspondientes a abril.
  • Modelo 592: declaración del impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables del mes de mayo.

Hasta el 25 de junio: límite para domiciliar pagos de la RENTA

Los autónomos que deseen domiciliar el pago de su declaración del IRPF deben hacerlo antes del 25 de junio. Según el caso:

  • Domiciliación del primer plazo o de ambos: podrá realizarse entre el 2 de abril y el 25 de junio. El segundo plazo se cargará automáticamente el 5 de noviembre.
  • Domiciliación solo del primer plazo: si se opta por pagar el segundo plazo manualmente, este podrá abonarse más adelante (hasta el 5 de noviembre con el modelo 102).
  • Domiciliación posterior del segundo plazo: si se desea domiciliar únicamente el segundo plazo tras haber pagado el primero, podrá hacerse hasta el 30 de septiembre.

Hasta el 30 de junio 

  • Último día para presentar la RENTA 2024: quienes no hayan domiciliado el pago deberán presentar la declaración antes del 30 de junio. Los que hayan domiciliado el pago deben haberla presentado antes del 25.
  • Domiciliar solamente el segundo plazo de la RENTA: si únicamente se domicilia el segundo pago, podrá hacerse hasta el 30 de junio de 2025.
  • Modelo 303: autoliquidación mensual de IVA correspondiente al mes de mayo. Aplicable a autónomos acogidos al régimen mensual.
  • Modelo 369: declaración del régimen especial de ventanilla única para ingresar el IVA cobrado en otros países de la UE. Obligatorio para autónomos con comercio electrónico que vendan productos o servicios a consumidores finales de otros países europeos.

En estos casos, los autónomos deben:

  • Aplicar el IVA del país de destino del cliente.

Declararlo en el modelo 369, para que Hacienda lo transfiera al país correspondiente.