- Prestación de cese para los autónomos que hayan perdido más de la mitad de sus ingresos
- ERTE por fuerza mayor para las pymes
- Aplazamientos de cuotas
- Incentivos a la contratación
El Real Decreto-ley 22/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 1 de septiembre contiene las medidas extraordinarias del Gobierno en materia de Seguridad Social para autónomos, pymes y trabajadores de Ceuta ante la crisis migratoria.
Según comunicó la Seguridad Social, las medidas permiten el reconocimiento del cese de actividad para los autónomos conjuntamente con una exoneración de cuotas. Además, se establecen aplazamientos de las cuotas con interés reducido para los autónomos y empresas con actividad en la ciudad.
En cuanto a los autónomos y las pymes que tengan empleados, se pueden acoger a una exención del 100% de las cotizaciones empresariales en ERTE por fuerza mayor y se incrementan las bonificaciones por mantenimiento y creación del empleo.
Además, estas medidas se han puesto en marcha con otras de carácter tributario, que incluyen ayudas directas y deducciones. Sin embargo, no se han incluido otras medidas solicitadas por la Confederación de Empresarios de Ceuta (Cece), que incluían facilidades para la reestructuración y refinanciación de deuda o medidas de simplificación administrativa.
Prestación de cese para los autónomos que hayan perdido más de la mitad de sus ingresos
Para los autónomos que hayan visto reducidos sus ingresos en más de un 50% con respecto al ejercicio anterior, se proporciona el acceso a una prestación por cese de actividad extraordinaria, que podrá ser total o parcial.
Será necesario acreditar unos rendimientos netos durante esos meses de todas las actividades económicas o profesionales con cuantía inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o la de la base por la que viniera cotizando (si fuera menor que el salario mínimo).
Para el reconocimiento de la prestación, no tendrán que acreditar periodo de carencia y la prestación será del 70% de la base reguladora para el cálculo de la prestación, siendo su cotización al RETA asumida por las mutuas colaboradoras.
Además, el tiempo que consuman de esta prestación no se reducirá de la duración del derecho que hubiesen generado a efectos del acceso a la prestación ordinaria de cese de actividad.
El reconocimiento, con carácter provisional, tendrá efectos económicos desde el 1 de agosto o desde la fecha en que se produjo el cese de actividad por una duración máxima de 4 meses, a contar desde el mes de septiembre.
A su vez, los autónomos que mantengan su actividad tendrán derecho a una bonificación del 75% de la cuota por contingencias comunes correspondientes a la base de cotización provisional o definitiva, que resulte de aplicación.

ERTE por fuerza mayor para las pymes
En el caso de las pymes afectadas, si han visto impedido o limitado el desarrollo de su actividad normalizada, podrán acceder a un ERTE por causa de fuerza mayor. Este permite una exención del 100% de la aportación empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, profesionales y conceptos de recaudación conjunta, para las cuotas devengadas en los meses de septiembre a diciembre de 2026 por los empleados.
Aplazamientos de cuotas
Asimismo, tanto las empresas con CCC en Ceuta como los autónomos con domicilio de residencia o actividad en la ciudad autónoma, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, podrán solicitar aplazamientos de sus cotizaciones por un período de 4 meses, a un tipo de interés reducido del 0,5%.
Podrán solicitar estos aplazamientos cuando se encuentren al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y no tengan otro aplazamiento o moratoria de pago en vigor.
Incentivos a la contratación
Por último, las medidas anteriores se ponen en marcha con incentivos para favorecer el mantenimiento y la creación de empleo.
Para ello, autónomos y empresas podrán acceder a bonificaciones del 75% (hasta ahora del 50%) de la aportación empresarial por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) durante la vigencia de los contratos.
Estas se aplicarán en contratos existentes y contratos nuevos, tanto en Ceuta como en Melilla.





