1. Las inversiones que requieren tiempo deben decidirse antes del cierre
  2. Autónomos y sociedades acceden a incentivos fiscales diferentes
  3. Dos inversiones de 20.000 y 30.000 euros ilustran el posible efecto fiscal
  4. La amortización acelerada aplaza impuestos, pero no siempre los elimina

La vuelta de vacaciones abre para autónomos y pequeñas empresas el último tramo del ejercicio, un momento propicio para poner en práctica decisiones sobre el negocio. Ideas, mejoras, que hayan podido madurar precisamente durante el verano.

Revisar ahora las inversiones, su financiación o la puesta en funcionamiento de nuevos activos puede reducir la factura fiscal correspondiente a 2026; porque esperar hasta diciembre podría retrasar o impedir algunas deducciones y amortizaciones.

Basten un par de ejemplos: un autónomo que invierta 20.000 euros en equipos informáticos nuevos podría descontarse 1.000 euros directamente de la cuota del IRPF, siempre que cumpla los requisitos. En una pyme que compre maquinaria por 30.000 euros, la amortización acelerada podría reducir otros 207 euros su cuota de 2026 respecto a la amortización ordinaria.

El inicio del último cuatrimestre permite calcular el resultado previsible y actuar antes de que algunas alternativas dejen de estar disponibles. «Septiembre sirve para planificar; diciembre, para comprobar y documentar», resumió a este diario Francisco de las Heras, director financiero y cofundador de Quantax.

Las inversiones que requieren tiempo deben decidirse antes del cierre

Entre las opciones que conviene estudiar figuran la deducción por inversión de rendimientos, la amortización acelerada, la libertad de amortización ligada al empleo, el leasing y la reserva de nivelación. La elección dependerá de si el negocio tributa por IRPF o por el Impuesto sobre Sociedades, de su volumen de facturación y de las características de la operación.

La deducción por inversión corresponde a autónomos que tributan por IRPF, mientras que la amortización acelerada puede alcanzar a trabajadores por cuenta propia en estimación directa y a sociedades de reducida dimensión. «Siempre deben revisarse el régimen fiscal, la cifra de negocios, las características del activo y las posibles incompatibilidades», advirtió De las Heras.

La libertad de amortización por creación de empleo también puede beneficiar a autónomos en estimación directa y sociedades que reúnan las condiciones. Su exigencia más relevante es que «requiere aumentar y mantener la plantilla, por lo que debe planificarse con antelación», explicó el experto.

Autónomos y sociedades acceden a incentivos fiscales diferentes

El momento para adoptar cada medida varía, ya que algunas operaciones no pueden corregirse mediante un ajuste contable al terminar el ejercicio. «En septiembre deben decidirse las inversiones, su financiación y las medidas que requieran puesta en funcionamiento o creación de empleo», señaló el CFO de Quantax.

El leasing está disponible para autónomos y sociedades cuando el contrato cumple las condiciones fiscales, pero debe valorarse antes de firmarlo, atendiendo también a sus costes y al efecto sobre la tesorería.

Francisco de las Heras es CFO y cofundador de Quantax.
Francisco de las Heras es CFO y cofundador de Quantax.

Por su parte, la reserva de nivelación se limita a sociedades de reducida dimensión y puede concretarse al cierre, aunque conviene simular previamente su efecto sobre la base imponible.

En noviembre o diciembre todavía pueden actualizarse las previsiones y completar los justificantes pendientes. La planificación tampoco debe convertirse en una excusa para efectuar compras innecesarias porque, como recalcó De las Heras, «nunca debe invertirse solo por motivos fiscales».

Dos inversiones de 20.000 y 30.000 euros ilustran el posible efecto fiscal

En el primer ejemplo, un autónomo en estimación directa destina 20.000 euros a equipos informáticos nuevos íntegramente afectos a su actividad y aplica el porcentaje general del 5 %, con una deducción de 1.000 euros. «No se trata de reducir en 1.000 euros el beneficio declarado, sino directamente la cuota del impuesto», precisó De las Heras.

El cálculo presupone que existe cuota suficiente, que no corresponde aplicar el porcentaje reducido del 2,5 % y que los equipos se conservan durante el plazo exigido. En el caso de una máquina, el momento de utilización también resulta decisivo: «Si la maquinaria no entrase en funcionamiento hasta enero, el efecto se trasladaría al ejercicio siguiente», aclaró el experto.

Autónomos y pymes están aún a tiempo de planificar el cierre fiscal de 2026 y evitar perder deducciones
Autónomos y pymes están aún a tiempo de planificar el cierre fiscal de 2026 y evitar perder deducciones.

El segundo supuesto parte de una sociedad que facturó dos millones de euros el año anterior y pone en funcionamiento el 1 de octubre una máquina nueva de 30.000 euros. Al elevar del 12% al 24% el coeficiente máximo y prorratearlo durante tres meses, podría amortizar 1.800 euros, frente a los 900 ordinarios.

La amortización acelerada aplaza impuestos, pero no siempre los elimina

Si la sociedad tributara al 23 %, los 900 euros adicionales de amortización reducirían otros 207 euros la cuota correspondiente a 2026. Esta ventaja afecta al calendario de pago, pues «la amortización acelerada genera principalmente un diferimiento fiscal. La empresa paga menos impuesto ahora, pero dispondrá de menos amortización fiscal en ejercicios posteriores», explicó De las Heras.

La aplicación incorrecta de los incentivos puede terminar en una regularización de Hacienda, incluso cuando existe una factura. «El primer error es considerar que la factura basta por sí sola. Es el justificante prioritario, pero no demuestra automáticamente que la operación sea real ni que el gasto esté relacionado con la actividad», afirmó el experto.

También pueden surgir problemas al mezclar el uso profesional y particular de un activo, como acaba de publicar este medio. Por ejemplo, deducir como gasto una compra que debería amortizarse, combinar incentivos incompatibles o incumplir compromisos de mantenimiento o empleo.

El negocio debe guardar facturas, contratos, justificantes bancarios, albaranes, asientos contables y pruebas de utilización porque, según De las Heras, hay que documentar cada operación pensando «no solo en contabilizarla hoy, sino en poder explicarla con claridad dentro de varios años».